Estimación informativa. Verificá régimen, CFDI, acumulados, acreditamientos y obligaciones con un contador antes de presentar una declaración.
Del ingreso facturado al dinero que realmente te queda.
Compará regímenes, calculá retenciones y entendé el pago mensual de ISR antes de emitir la factura o recibir el depósito.
Todos los caminos del ISR, separados.
Elegí tu caso. La cuenta muestra ingreso, IVA, gastos, impuesto, retenciones y neto sin mezclar conceptos.
RESICO y general no cobran sobre lo mismo.
Tasa baja sobre ingresos
No resta gastos. Suele ser fuerte para servicios con márgenes altos y pocos costos deducibles.
Tarifa sobre utilidad fiscal
Resta gastos indispensables con CFDI. Puede convenir cuando el negocio tiene costos elevados.
Son pagos a cuenta
Lo que retiene una empresa o plataforma se acredita en la declaración; no es un impuesto adicional.
Cuatro pasos para no perder el control.
Separá el IVA
No lo confundas con ingreso disponible.
Guardá CFDI y pagos
Un gasto sin requisitos puede no ser deducible.
Conciliá retenciones
Compará constancias contra depósitos y facturas.
Fecha de referencia
Los pagos mensuales suelen vencer el día 17 siguiente.
Lo que más se confunde
RESICO o general: decidilo con tu margen real.
La tasa baja de RESICO no descuenta gastos. Esta ruta separa elegibilidad, pago mensual y comparación para que no elijas mirando sólo el porcentaje.
- 1Paso 1Proyectá ingresos cobrados
- 2Paso 2Chequeá requisitos RESICO
- 3Paso 3Compará contra tus deducciones
Cómo se calcula
RESICO: ingreso efectivamente cobrado × tasa del tramo. No descuenta gastos.
Régimen general: ingresos cobrados menos deducciones autorizadas; sobre esa utilidad se aplica la tarifa progresiva y se restan pagos y retenciones acreditables.
Honorarios y plataformas: el resultado separa ISR, IVA y retenciones porque no todos esos importes son un costo definitivo.
Respuesta comprobable
La respuesta, sin rodeos
De una factura a persona moral cobras el subtotal más IVA, menos el 10% de ISR y dos tercios del IVA retenidos.
Con el mismo ingreso, la diferencia entre RESICO y el régimen general puede ser de varios miles de pesos al mes. Depende de cuánto puedas deducir y de quién sea tu cliente. Elige tu caso y compara.
Qué incluye
- IVA trasladado que le cobras al cliente sobre el subtotal
- Retención de ISR del 10% y retención de IVA de dos tercios, cuando el cliente es persona moral
- Total facturado y neto que efectivamente te depositan
- Qué parte de lo retenido recuperas después como pago a cuenta
Qué puede cambiarla
- Estimación informativa basada en los parámetros indicados. Las normas y escalas pueden cambiar; verifica el organismo fiscal aplicable y consulta a un contador para una liquidación definitiva.
- Una persona física no te retiene nada: cobras el subtotal más el IVA completo, y ese IVA lo enteras tú
- Las retenciones no son un costo perdido: son anticipo de tus impuestos y se acreditan en tu declaración
- Si estás en RESICO, la retención de ISR de una persona moral es del 1,25% sobre el subtotal, no del 10%
Plazo o próximo paso: el IVA se causa cuando cobras, no cuando facturas: pide el complemento de pago para documentar la fecha real.
Fuentes principales: Cámara de Diputados · Cámara de Diputados
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