Prestaciones sociales
El mayor entre la garantía trimestral y 30 días por año al último salario integral.
Calculá tu liquidación concepto por concepto y compará los dos métodos de prestaciones que exige la LOTTT.
Usá el salario que realmente tiene carácter salarial.
Aunque un rubro dé cero, tiene que quedar claro por qué no aplica.
El mayor entre la garantía trimestral y 30 días por año al último salario integral.
Se pagan en proporción al período trabajado y aumentan con la antigüedad.
La fracción del ejercicio se calcula según los días que reconozca la empresa.
En despido injustificado equivale al monto de las prestaciones sociales.
Una base salarial incompleta cambia todos los conceptos posteriores. Empezá por los recibos y después compará cada rubro.
Respuesta comprobable
Renunciando cobrás prestaciones y todo lo fraccionado, pero no la indemnización del Art. 92.
Una sola cuenta con todos los conceptos del cierre. Con tu salario y tu antigüedad se arma el salario integral diario, se comparan los dos sistemas de prestaciones del Art. 142, se fraccionan vacaciones, bono y utilidades del período en curso y se suma —solo si corresponde— la indemnización del Art. 92.
Plazo o próximo paso: la ley manda pagar las prestaciones dentro de los 5 días hábiles siguientes al fin de la relación; pasado ese plazo corren intereses de mora.
Fuentes principales: INCES / Gaceta Oficial 6.076 Extraordinario · ley.com.ve
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Consulta principal:Liquidación en Venezuela (LOTTT)
Tu próximo paso
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