Estimación informativa. Las normas, escalas, canasta y tasas pueden cambiar; verificá el SRI y consultá a un contador antes de declarar.
Tu impuesto no es un porcentaje suelto.
Calculá la tabla progresiva, aplicá correctamente la rebaja por gastos personales y descontá lo que ya te retuvieron.
La misma tabla, cuatro cuentas distintas.
Mostramos siempre todos los casos. Elegí uno para cambiar los datos y el resultado sin perder el contexto.
No mezcles base, rebaja y retención.
Son tres pasos diferentes y alterarlos cambia el resultado.
Base imponible
En dependencia se resta el aporte personal IESS. En honorarios entran los gastos propios de la actividad.
Tabla progresiva
Cada tramo suma un impuesto fijo y un porcentaje sólo sobre el excedente.
Rebaja personal
Es 18% del gasto admitido, con tope por canastas. Se resta después de calcular el impuesto.
Retenciones
Son pagos adelantados: si superan el impuesto, queda saldo a favor.
Lo que suele cambiar la cuenta
Respuesta comprobable
La respuesta, sin rodeos
En dependencia el aporte personal al IESS sí baja la base imponible, y el empleador te retiene el impuesto proyectado repartido mes a mes.
La tabla del SRI no funciona con porcentajes sueltos: cada tramo tiene una fracción básica, un impuesto fijo sobre esa fracción y un porcentaje que solo grava el excedente. Encima va la rebaja por gastos personales, que no baja la base sino que se resta del impuesto ya calculado. Elige tu caso y la cuenta se arma sola.
Qué incluye
- El aporte personal al IESS (9,45%) se resta de la base imponible
- El décimo tercero, el décimo cuarto y los fondos de reserva están exentos: no entran en la base
- Si la base imponible no supera la fracción básica desgravada ($12.208,00) el impuesto es cero
- El empleador retiene el impuesto proyectado del año dividido en los meses que quedan del ejercicio
Qué puede cambiarla
- Estimación informativa basada en los parámetros indicados. Las normas y escalas pueden cambiar; verificá el organismo fiscal aplicable y consultá a un contador para una liquidación definitiva.
- Para que te descuenten la rebaja por gastos personales tienes que entregar el formulario de proyección de gastos a tu empleador al inicio del ejercicio; si no lo entregas, te retienen sin rebaja y recién la recuperas declarando
- Si tuviste más de un empleador en el año, ninguno vio el ingreso total: es muy probable que te falte pagar y tengas que presentar la declaración
Plazo o próximo paso: la declaración de personas naturales se presenta en marzo, según el noveno dígito de la cédula o del RUC.
Fuentes principales: Servicio de Rentas Internas · Servicio de Rentas Internas
Transparencia editorial
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