Sumar/restar días a fecha🇦🇷 Actualizado mayo de 2026
Calcular una fecha futura o pasada parece simple hasta que aparecen los fines de semana, los feriados puente y las diferencias entre días hábiles administrativos, judiciales y corridos. Un error de un solo día en un plazo legal puede derivar en multas, pérdida de recursos o derechos declarados extemporáneos. En Argentina, esa complejidad se amplifica: tenemos feriados nacionales fijos regulados por la Ley 27.399, feriados móviles, puentes decretados año a año por el Poder Ejecutivo, feria judicial de enero y julio, y regímenes distintos según si el plazo es del Código Civil y Comercial (Ley 26.994), de la Ley de Contrato de Trabajo 20.744, de la Ley de Procedimiento Tributario 11.683 o de normativa procesal. Esta calculadora resuelve ese problema con precisión: ingresás una fecha de inicio, la cantidad de días y elegís si querés trabajar con días corridos o hábiles. El sistema descuenta automáticamente sábados, domingos y feriados nacionales del calendario oficial argentino actualizado, y te devuelve la fecha exacta resultante. No necesitás abrir un almanaque ni contar casilleros en el calendario. ¿Cuándo la vas a necesitar? Cuando te llega una resolución de ARCA (ex AFIP) y tenés 15 días hábiles para responder una vista. Cuando firmás un pagaré a 180 días y necesitás el vencimiento exacto para el escribano. Cuando tu empleado entra en preaviso y tenés que saber el último día de la relación laboral según el artículo 231 de la LCT. Cuando una factura de crédito vence a 60 días corridos y querés programar la cobranza sin margen de error. Cuando tu abogado te dice que el recurso vence en 5 días hábiles judiciales y necesitás saber si la feria de enero lo extiende. El cálculo base es simple: Fecha Resultado = Fecha Inicial ± N días. Pero ejecutarlo correctamente —con el calendario real de Argentina, año a año— es lo que diferencia esta herramienta de hacerlo a mano. Usala para planificar, para auditar plazos ya corridos y para evitar sorpresas en trámites donde el tiempo es determinante.
Cuándo usar esta calculadora
- Vencimiento de factura de crédito a 60 días corridos — Una pyme emite una factura de crédito el 10/03/2026 con plazo neto a 60 días corridos. Ingresando esa fecha y sumando 60 días corridos, la calculadora arroja el 09/05/2026 como fecha exacta de vencimiento. Esto permite programar el débito, emitir el recordatorio al cliente con 5 días de anticipación y registrar el documento correctamente en el sistema contable sin errores manuales.
- Plazo para responder una vista de ARCA (ex AFIP) — Un contribuyente recibe notificación de una vista de ARCA el 05/05/2026. Según los artículos 76 y 77 de la Ley 11.683, el plazo para contestar es de 15 días hábiles contados desde el día siguiente a la notificación. Ingresando el 06/05/2026 como fecha de inicio y sumando 15 días hábiles (con feriados del 25 de mayo descontados), la calculadora determina que el vencimiento real es el 27/05/2026, no el 21/05/2026 que daría un conteo simple.
- Preaviso laboral por renuncia o despido según LCT — Un trabajador con 6 años de antigüedad es notificado de su despido el 01/04/2026. Según el artículo 231 de la Ley de Contrato de Trabajo 20.744, le corresponden 60 días de preaviso en días corridos. Sumando 60 días corridos al 01/04/2026, el último día de la relación laboral es el 31/05/2026. Este dato es clave para calcular la liquidación final, el SAC proporcional y la indemnización correctamente.
- Vencimiento de pagaré para inscripción ante escribano — Una empresa emite un pagaré el 15/01/2026 a 180 días corridos. Necesita informar la fecha de vencimiento exacta al escribano para la inscripción registral. Sumando 180 días corridos al 15/01/2026, la calculadora indica que el vencimiento es el 14/07/2026. Sin la herramienta, el conteo manual de meses con distinta cantidad de días (enero 31, febrero 28, etc.) es fuente frecuente de errores.
- Reintegro laboral tras licencia médica de ANSES — Una trabajadora con licencia por maternidad de 90 días corridos inicia su licencia el 10/02/2026. Sumando 90 días corridos, la calculadora determina que su reintegro es el 11/05/2026. Este dato es necesario tanto para el empleador (planificación de reemplazos) como para la trabajadora (conocer sus derechos y el momento exacto en que ANSES deja de abonar la prestación).
- Plazo para recurso contencioso administrativo — Una empresa recibe una resolución desfavorable de un organismo público el 20/03/2026 y tiene 30 días hábiles para interponer recurso contencioso administrativo. Ingresando el 23/03/2026 (primer día hábil siguiente) y sumando 30 días hábiles, con el feriado del 2 de abril descontado, la fecha límite real es el 05/05/2026. Conocer esta fecha con precisión evita la pérdida del derecho a recurrir por presentación extemporánea.
- Contrato de locación con vencimiento trimestral — Un contrato de alquiler firmado el 01/02/2026 establece revisiones cada 90 días corridos. La primera revisión cae el 02/05/2026, la segunda el 31/07/2026 y la tercera el 29/10/2026. Usar la calculadora para proyectar todas las fechas de revisión desde el inicio evita confusiones entre las partes y permite al locador y locatario planificar los ajustes de precio con tiempo suficiente según la Ley 27.551 de alquileres.
- Verificar plazo de prescripción de deuda comercial — Una empresa analiza si una deuda comercial de un proveedor ya prescribió. La última gestión de cobro fehaciente se realizó el 15/06/2021. Según el Código Civil y Comercial (Ley 26.994), el plazo general de prescripción es de 5 años. Sumando 1826 días corridos (5 años incluyendo un año bisiesto, 2024), la calculadora indica que la prescripción operó el 15/06/2026, dato crítico para decidir si iniciar o no una acción judicial.
Ejemplo de cálculo
- Fecha ejemplo
- Resultado
Cómo funciona
4 min de lecturaCómo se calcula
La operación central es una suma o resta algebraica sobre el calendario gregoriano. Hay dos modalidades bien diferenciadas:
Días corridos (también llamados días calendario o naturales): se cuentan absolutamente todos los días, incluyendo sábados, domingos y feriados.
Fecha Resultado = Fecha Inicial + N días corridos
Ejemplo: 15/01/2026 + 30 días = 14/02/2026Días hábiles: se excluyen sábados, domingos y los feriados nacionales establecidos por ley en Argentina (Ley 27.399 y decretos anuales del Poder Ejecutivo). El algoritmo itera día a día sumando solo los que califican como hábiles:
Fecha Resultado = primer día tal que:
contar(días hábiles entre Fecha Inicial y ese día) = N
donde día hábil: lunes a viernes + no es feriado nacional
Ejemplo: 15/01/2026 + 15 días hábiles ≈ 05/02/2026
(saltando 4 fines de semana = 8 días + feriados que caigan)Relación aproximada entre días hábiles y corridos:
Días corridos ≈ Días hábiles × (7/5) = Días hábiles × 1,4
Días hábiles ≈ Días corridos × (5/7) = Días corridos × 0,714---
Tabla de referencia
| Días hábiles | Días corridos aprox. | Semanas aprox. | Uso típico |
|---|---|---|---|
| 5 | 7 | 1 semana | Plazo corto administrativo |
| 10 | 14 | 2 semanas | Respuesta a intimación laboral |
| 15 | 21 | 3 semanas | Recurso ante AFIP / ANSES |
| 20 | 28 | 4 semanas | Período de prueba corto |
| 30 | 42 | 6 semanas | Preaviso LCT (hasta 5 años) |
| 45 | 63 | 9 semanas | Preaviso LCT (+5 años) |
| 60 | 84 | 12 semanas | Licencia por maternidad parcial |
| 90 | 126 | 18 semanas | Contrato a plazo fijo típico |
| 180 | 252 | 36 semanas | Pagaré semestral |
Los días corridos son aproximados; la cifra exacta depende de cuántos feriados caen en el período.
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Casos típicos
Caso 1 — Recurso ante AFIP (15 días hábiles)
Un contribuyente recibe una resolución de AFIP el 02/03/2026 (lunes). Tiene 15 días hábiles para recurrir. Contando de martes 03/03 en adelante: del 03/03 al 06/03 (4 días), semana 09/03–13/03 (5 días = 9 acumulados), semana 16/03–20/03 (5 días = 14 acumulados), el día 15 cae el 23/03/2026 (lunes). Resultado: vence el 23/03/2026.
Caso 2 — Vencimiento de factura a 60 días corridos
Factura emitida el 01/04/2026. Sumando 60 días corridos: abril tiene 30 días (quedan 30), mayo completo suma 31 días (total 61 días → el día 60 es el 30/05/2026). Resultado: vence el 31/05/2026 (01/04 + 60 = 31/05).
Caso 3 — Preaviso laboral (LCT Art. 231)
Trabajador con 3 años de antigüedad notificado el 15/06/2026 (lunes). El preaviso es de 30 días corridos (menos de 5 años de antigüedad). Sumando 30 días: 15/06 + 30 = 15/07/2026. Si el 15/07 es hábil, ese es el último día de relación laboral efectiva. Resultado: relación cesa el 15/07/2026.
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Errores comunes
1. Confundir si el día de inicio se cuenta o no: En plazos procesales y administrativos argentinos, el día de notificación generalmente NO se cuenta; el plazo arranca el día hábil siguiente. No incorporar esta regla lleva a calcular un día de más o de menos.
2. Ignorar los feriados puente (asuetos): El Poder Ejecutivo puede decretar asuetos o feriados puente que no figuran en la ley fija (Ley 27.399). Usar un calendario desactualizado hace que se cuenten como hábiles días que en realidad no lo son.
3. Tratar los días hábiles como días corridos multiplicados por 5/7 sin verificar: La fórmula de conversión es una aproximación. En períodos con muchos feriados (enero, julio, diciembre) el desvío puede ser de 2 a 4 días, lo que invalida el cálculo en contextos legales.
4. No distinguir "días hábiles administrativos" de "días hábiles judiciales": Los tribunales argentinos tienen sus propios calendarios de receso (enero y julio, principalmente). Un plazo procesal judicial no corre igual que uno administrativo; mezclarlos puede hacer que un recurso sea considerado extemporáneo.
5. Olvidar el año bisiesto: El año 2024 fue bisiesto (febrero tuvo 29 días). El próximo año bisiesto es 2028. Calcular plazos que cruzan febrero sin tener en cuenta si el año es o no bisiesto genera errores de 1 día.
6. Asumir que el resultado es el mismo en todos los años: Un plazo de 90 días corridos que empieza el 01/11/2025 vence el 29/01/2026; el mismo plazo iniciado el 01/11/2026 también vence el 29/01/2027, pero si en ese período caen más o menos feriados que en el año anterior, la conversión a hábiles es distinta.
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Preguntas frecuentes
¿El día de inicio se incluye o no en el conteo de días?
Depende del régimen legal aplicable a tu caso, y la diferencia puede ser crucial. En derecho administrativo argentino, la regla general es que el día en que ocurre el hecho que da origen al plazo —la notificación, la intimación, la publicación en el Boletín Oficial— NO se cuenta: el plazo comienza a correr a partir del día hábil siguiente. Esto surge de la Ley de Procedimientos Administrativos 19.549 y su reglamento. En materia tributaria, la Ley 11.683 sigue un criterio similar para los plazos frente a ARCA. En cambio, el Código Civil y Comercial (Ley 26.994) establece en su artículo 6° que los plazos en días se computan desde la medianoche del día en que ocurren, lo que en la práctica significa que ese día sí puede considerarse el primero. En contratos privados, lo que manda es lo que acordaron las partes. Siempre revisá la norma específica antes de usar la calculadora: si el plazo excluye el día inicial, ingresá el día siguiente como fecha de partida.
¿Cuál es la diferencia entre días hábiles administrativos y días hábiles judiciales?
Es una de las confusiones más frecuentes y costosas en Argentina. Los días hábiles administrativos son los días laborales de los organismos del Estado nacional, provinciales y municipales: de lunes a viernes, excluyendo feriados nacionales fijados por la Ley 27.399 y los puentes o asuetos decretados por el Poder Ejecutivo. Los días hábiles judiciales, en cambio, excluyen adicionalmente los períodos de feria judicial: enero completo y la primera quincena de julio en la mayoría de los fueros federales y nacionales, aunque los tribunales provinciales tienen sus propios calendarios. Un plazo de 15 días hábiles judiciales que comienza el 20 de diciembre puede extenderse hasta mediados de febrero si cae en feria de enero. Esta calculadora trabaja con hábiles administrativos; para hábiles judiciales, siempre consultá el calendario de la Cámara o fuero correspondiente y ajustá la fecha de inicio manualmente.
¿Qué feriados nacionales existen en Argentina y qué ley los establece?
Los feriados nacionales fijos están establecidos principalmente en la Ley 27.399 (sancionada en 2017, que unificó y modificó el régimen anterior). Los feriados inamovibles son: 1° de enero (Año Nuevo), 24 de marzo (Día de la Memoria), 2 de abril (Día del Veterano y los Caídos en Malvinas), 1° de mayo (Día del Trabajador), 25 de mayo (Revolución de Mayo), 20 de junio (Paso a la Inmortalidad del Gral. Belgrano), 9 de julio (Independencia), 17 de agosto (Paso a la Inmortalidad del Gral. San Martín, se observa el tercer lunes de agosto), 12 de octubre (Día del Respeto a la Diversidad Cultural, se observa el segundo lunes de octubre), 20 de noviembre (Día de la Soberanía Nacional, se observa el cuarto lunes de noviembre), 8 de diciembre (Inmaculada Concepción) y 25 de diciembre (Navidad). Adicionalmente, el Carnaval (dos días, fechas móviles) y el Viernes Santo tienen carácter de feriado o día no laborable según el año. Cada año el Poder Ejecutivo emite un decreto con el calendario oficial completo, incluyendo los puentes.
¿Cómo afectan los feriados puente al cálculo de plazos?
Los feriados puente son días declarados no laborables por decreto del Poder Ejecutivo para generar fines de semana largos. No son feriados de ley, sino decisiones discrecionales que varían cada año. Para plazos administrativos frente a organismos públicos como ARCA, ANSES o ministerios, la doctrina mayoritaria los equipara a días inhábiles: los organismos cierran y los plazos no corren. En el sector privado, depende de si el convenio colectivo de trabajo aplicable los incorpora como días no laborables. Para un cálculo preciso, siempre consultá el decreto anual que fija el calendario de feriados y puentes. Esta calculadora incorpora los feriados del calendario oficial; los puentes se actualizan según el decreto vigente de cada año.
¿Cuántos días hábiles tiene un mes promedio en Argentina?
Un mes de 30 días tiene un máximo teórico de 22 días hábiles si no hay feriados en días de semana (cuatro semanas completas de lunes a viernes, más los días sueltos de inicio y fin de mes). En la práctica, descontando entre uno y tres feriados nacionales por mes, la mayoría de los meses tienen entre 19 y 21 días hábiles. Enero y julio son los más cortos para efectos judiciales por la feria. Los meses con más feriados son mayo (25 de mayo más el 1° de mayo), junio (20 de junio) y diciembre (8 y 25). Para cálculos anuales, Argentina tiene aproximadamente 250 días hábiles administrativos por año, aunque el número exacto varía según cuántos feriados caen en fin de semana.
¿Cómo calculo el preaviso laboral usando esta herramienta?
El preaviso laboral en Argentina está regulado por los artículos 231 y 232 de la Ley de Contrato de Trabajo 20.744. Los plazos son: 15 días corridos durante el período de prueba (primeros 3 meses), 30 días corridos para trabajadores con hasta 5 años de antigüedad, y 60 días corridos para quienes tienen 5 o más años de antigüedad. Todos estos plazos se cuentan en días corridos, no hábiles. Para usarla correctamente: ingresá la fecha en que se notificó fehacientemente el preaviso (telegrama, carta documento), sumá los días corridos correspondientes según la antigüedad, y el resultado es el último día de la relación laboral. Ese día es también el límite para calcular el SAC proporcional, las vacaciones proporcionales y la indemnización. Tené en cuenta que el preaviso debe otorgarse con el plazo completo; si no se respeta, se adeuda la indemnización sustitutiva equivalente.
¿Los plazos del Código Civil y Comercial son en días hábiles o corridos?
El Código Civil y Comercial de la Nación (Ley 26.994, vigente desde agosto de 2015) establece en su artículo 6° una regla clara: los plazos en días se computan en días corridos, salvo que la ley o las partes establezcan expresamente que son hábiles. Esto implica que fines de semana y feriados se incluyen en el conteo. Sin embargo, el mismo artículo establece que si el último día del plazo cae en un día inhábil, el vencimiento se prorroga automáticamente al primer día hábil siguiente. Por ejemplo, si un plazo de 10 días corridos vence el sábado 14/03/2026, se considera vencido el lunes 16/03/2026. Esta prórroga automática es fundamental para no cometer errores al calcular vencimientos contractuales, de garantías, de seguros o de cualquier obligación regida por el derecho privado.
¿Qué pasa si la fecha resultado cae en un feriado o en fin de semana?
En materia legal y administrativa, la respuesta casi siempre es la misma: el plazo se prorroga al primer día hábil siguiente. Esto surge del artículo 6° del Código Civil y Comercial para el derecho privado, y de normas procesales específicas para el ámbito judicial y administrativo. En la práctica, si el vencimiento de un plazo impositivo cae en un feriado, ARCA admite la presentación el día hábil inmediato posterior sin multa. En obligaciones contractuales entre privados, si el contrato no dice nada al respecto, se aplica el mismo criterio por costumbre comercial y por interpretación razonable de la buena fe. Lo que nunca conviene es anticipar el vencimiento: si el día 60 de un pagaré cae domingo, el vencimiento es el lunes, no el viernes anterior. Esta calculadora, en modo días hábiles, arroja directamente la fecha ya corregida.
¿Puedo usar esta calculadora para plazos ante ARCA (ex AFIP)?
Sí, y es uno de sus usos más frecuentes, siempre con una precaución importante. ARCA trabaja en días hábiles administrativos. Los plazos más comunes de la Ley de Procedimiento Tributario 11.683 son: 15 días hábiles para contestar una vista (art. 76), 15 días hábiles para interponer recurso de reconsideración (art. 76), y 15 días hábiles para interponer recurso ante el Tribunal Fiscal de la Nación (art. 76). El punto de partida correcto es el día siguiente hábil al de la notificación, no el día de la notificación en sí. Entonces: seleccioná el día hábil siguiente a la notificación como fecha de inicio, elegí el modo 'días hábiles' en la calculadora, ingresá la cantidad de días que corresponda según el acto, y el resultado es tu fecha límite. Para vencimientos de presentaciones de declaraciones juradas, ARCA publica el calendario de vencimientos con fechas exactas en su sitio web, que ya incorporan los feriados.
¿Cómo funciona el cálculo cuando hay años bisiestos de por medio?
Un año bisiesto tiene 366 días en lugar de 365, con el 29 de febrero como día adicional. Para plazos en días corridos, esto es automático: si sumás 365 días a una fecha de marzo 2023, el resultado no es la misma fecha en marzo 2024 sino un día antes, porque 2024 tiene 366 días. En términos prácticos, para plazos anuales conviene expresarlos en cantidad de días exactos o verificar la fecha con una herramienta como esta. El próximo año bisiesto es 2028. Los plazos de prescripción de largo plazo (2, 3, 5 o 10 años según el Código Civil y Comercial) pueden verse afectados por uno o más años bisiestos en el período, razón por la cual calcular días exactos es más preciso que calcular 'años calendario'.
¿Sirve para calcular plazos de contratos de alquiler bajo la ley vigente?
Sí. Los contratos de locación de inmuebles están regulados actualmente por la Ley 27.551 y sus modificaciones. El plazo mínimo legal de los contratos de alquiler es de 3 años para destino habitacional. Si un contrato empieza el 01/03/2026, sumando 1096 días corridos (3 años con el año bisiesto 2028 incluido) se llega al vencimiento el 28/02/2029. Esta herramienta también sirve para calcular las fechas de revisión de precio si el contrato establece actualizaciones trimestrales, cuatrimestrales o semestrales, para verificar el plazo de preaviso de no renovación (60 días antes del vencimiento según la ley), y para determinar cuándo vence el período de prueba del primer mes en que el locador puede rescindir sin cargo.
¿Qué precisión tiene la calculadora para feriados futuros que aún no están decretados?
Los feriados nacionales fijos (establecidos por la Ley 27.399) son conocidos con años de anticipación y están incorporados permanentemente en el cálculo. Los feriados móviles con fórmula establecida (Carnaval, Viernes Santo) también se pueden proyectar con exactitud. Los puentes y asuetos, en cambio, son discrecionales: el Poder Ejecutivo los decreta generalmente durante el año en curso o el año anterior, y pueden variar. Para fechas muy futuras (más de 12 meses), la calculadora usa el calendario de feriados fijos más una proyección de los móviles, pero no puede anticipar puentes no decretados. Si necesitás máxima precisión para un plazo que vence en 18 o 24 meses, usá la calculadora como referencia y confirmá con el decreto anual cuando esté disponible. Para plazos dentro del año corriente, la precisión es completa.
Fuentes y referencias
Metodología y confianza
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Última revisión: 14 de mayo de 2026. Los parámetros fiscales, legales y datos se verifican periódicamente con las fuentes citadas.
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