Estimación informativa. La aprobación depende del avalúo, historial crediticio, seguros y políticas de cada entidad.
La casa puede alcanzarte. La cuota también tiene que hacerlo.
Calculá la plata que necesitás para firmar, la cuota mensual y el costo total. Compará pesos, UVR y arriendo antes de comprometer veinte años de ingresos.
Cinco decisiones dentro de la misma compra.
Todos los casos están visibles. Elegí uno y la calculadora adapta la financiación sin perder la comparación general.
Tres caminos con riesgos distintos.
Se recalculan con tus datos aunque estés trabajando otro caso.
Cuota fija en pesos
Pagás la misma cuota base y la inflación reduce su peso real con el tiempo.
$2.187.000/mesCosto total: $524.800.000- Mayor previsibilidad
- Tasa nominal más alta
- Sin ajuste por inflación
Crédito en UVR
La cuota empieza más baja, pero capital y cuota se actualizan con el IPC.
$1.550.000/mesAño 10: $2.550.000/mes- Ayuda a entrar en el 30%
- Riesgo inflacionario
- Saldo variable en pesos
Seguir arrendando
Conservás movilidad y podés invertir la cuota inicial que no inmovilizaste.
$1.800.000/mesAño 10: $2.963.000/mes- Menor desembolso inicial
- Canon ajustado por IPC
- No construye propiedad
El orden correcto para decidir
Lo que suele quedar afuera
Antes de firmar, estas cuentas tienen que cerrar.
Preguntas frecuentes
¿Cuánta cuota inicial necesito para comprar vivienda en Colombia?
Como mínimo el 30% en vivienda no VIS y el 20% en VIS, porque la ley limita la financiación al 70% y al 80% del valor del inmueble respectivamente (Ley 546 de 1999, art. 17). Pero el desembolso real del día de la firma es bastante mayor: hay que sumar los gastos notariales, el impuesto de registro, los derechos de beneficencia y el avalúo, que no son financiables. Sobre una vivienda de trescientos millones, esa diferencia son varios millones que mucha gente no tiene presupuestados.
¿Cuál es el tope legal de la cuota respecto de mi sueldo?
La primera cuota del crédito no puede exceder el 30% de los ingresos familiares del deudor, según el art. 17 de la Ley 546 de 1999. No es una recomendación de prudencia: es un límite que el banco tiene que respetar al aprobar. Por eso la forma más directa de saber cuánto te pueden prestar es al revés: tomá el 30% de tu ingreso familiar, y ese es el techo de tu cuota; de ahí sale el monto máximo del crédito según la tasa y el plazo.
¿Qué es la UVR y por qué es riesgosa?
La UVR es una unidad de cuenta que se recalcula todos los días según la inflación y la certifica el Banco de la República. En un crédito en UVR tu deuda está denominada en esa unidad, no en pesos: si la inflación sube, tu saldo en pesos sube. La tasa que te cobran es real, es decir por encima de la inflación, y por eso el número se ve mucho más bajo que en un crédito en pesos. El riesgo es que la cuota en pesos crece cada mes: si tu ingreso no sigue ese ritmo, la cuota se vuelve impagable. Eso fue exactamente lo que pasó con el UPAC en los noventa, y es lo que motivó la Ley 546 de 1999 y la sentencia C-955 de 2000 de la Corte Constitucional.
¿Cuánto vale la UVR hoy?
Ronda los cuatrocientos pesos y se certifica a diario en el Banco de la República. Lo decimos con este nivel de detalle porque circulan calculadoras con una "UVR aproximada" de decenas de miles de pesos, un valor que no existe y que da resultados absurdos por dos órdenes de magnitud. Cualquier simulación en UVR que no te muestre la fecha del valor que está usando no sirve: la UVR cambia todos los días y una cifra sin fecha es una cifra sin respaldo.
¿Conviene el crédito en UVR o en pesos?
En pesos la cuota es fija y previsible: sabés hoy cuánto vas a pagar dentro de quince años, y si la inflación se dispara, la inflación juega a tu favor porque tu deuda se licúa. En UVR arrancás pagando menos, lo que ayuda a pasar el tope del 30% del ingreso, pero asumís el riesgo inflacionario completo. La regla práctica: si tu ingreso se ajusta con el salario mínimo o con el IPC, la UVR es más tolerable; si tu ingreso es fijo o nominal, el crédito en pesos te protege mucho mejor.
¿Cuánto se paga de gastos notariales y de registro en una compraventa en Colombia 2026?
Los derechos notariales son del 0,54% del valor de la escritura y se suelen repartir mitad y mitad entre comprador y vendedor. El impuesto de registro y los derechos de beneficencia los paga el comprador y varían por departamento: en Bogotá y Cundinamarca rondan el 1,67% y el 0,29% respectivamente. Y hay una retención en la fuente del 1% a cargo del vendedor persona natural. En conjunto, el cierre suele moverse en el orden del 2,5% al 3% del valor sobre el comprador, y no es financiable.
¿Quién paga los gastos notariales, el registro y la beneficencia: el comprador o el vendedor?
Por costumbre —y salvo pacto en contrario en la promesa— los derechos notariales del 0,54% se reparten por mitades entre comprador y vendedor. El impuesto de registro y los derechos de beneficencia los asume el comprador, porque es quien inscribe su título en la Oficina de Registro: en Bogotá y Cundinamarca rondan el 1,67% y el 0,29% respectivamente. Y la retención en la fuente del 1% corre siempre por cuenta del vendedor persona natural: el notario se la practica en la firma y él la recupera después en su declaración de renta. El reparto de la notaría es negociable; el registro y la retención, en la práctica, no.
¿Cómo funciona el subsidio Mi Casa Ya?
Tiene dos componentes. El primero es un subsidio a la cuota inicial: 30 SMLMV ($52.527.150) para hogares que ganan hasta 2 SMLMV, y 20 SMLMV ($35.018.100) para hogares entre 2 y 4 SMLMV. El segundo es una cobertura que descuenta puntos porcentuales de la tasa durante los primeros años del crédito. Un punto clave que muchas simulaciones se equivocan: el subsidio reduce lo que a vos te toca poner de cuota inicial, NO aumenta el monto que te presta el banco. Si una calculadora te financia más por estar subsidiado, está mal.
¿Me conviene más arrendar o comprar?
Depende casi por completo de cuántos años te vas a quedar. Comprar tiene costos de entrada altos (cuota inicial más gastos de cierre) y costos de salida altos (comisión inmobiliaria, gastos de la nueva escritura), y esos costos se amortizan sólo con el tiempo. El punto de equilibrio típico está entre cinco y ocho años. Un error común es comparar la cuota del crédito contra el canon de arriendo: no son comparables, porque una parte de la cuota es capital que vuelve a tu patrimonio, mientras que el canon se va entero. La comparación correcta incluye también qué rendiría la cuota inicial si en vez de comprar la invirtieras.
¿Es mejor abonar a capital para reducir plazo o para reducir cuota?
Para ahorrar intereses, reducir plazo, y por bastante margen. Si mantenés la cuota y acortás el plazo, cada peso abonado deja de generar intereses durante todos los meses que eliminaste. Si en cambio bajás la cuota manteniendo el plazo, el alivio es mensual pero el ahorro total es mucho menor. Como en el sistema francés los primeros años son casi todo interés, abonar temprano rinde muchísimo más que abonar tarde. Pedilo por escrito: la entidad aplica una de las dos opciones por defecto y no siempre es la que te conviene.
¿Me pueden cobrar penalidad por pagar el crédito antes?
No en crédito de vivienda. El prepago total o parcial sin penalidad es un derecho del deudor hipotecario en Colombia, y forma parte del régimen protector que instauró la Ley 546 de 1999. Si te dicen lo contrario, o te aparece un cobro por prepago en la liquidación, podés reclamar ante la entidad y, si no responde, ante la Superintendencia Financiera.
¿Los intereses de mi crédito de vivienda son deducibles en renta?
Sí, hasta 1.200 UVT al año, que con la UVT vigente son $62.848.800, según el art. 119 del Estatuto Tributario. Es un tope generoso: cubre los intereses de un crédito bastante grande. Ojo con las calculadoras que usan un límite fijo en pesos de unos pocos millones, porque el tope está definido en UVT y se actualiza cada año. Recordá además que esta deducción entra dentro del límite global del 40% de la renta líquida del art. 336, así que puede que no te la puedas restar completa.
¿Qué pasa si el avalúo da menos que el precio que acordé?
El banco presta sobre el avalúo comercial, no sobre el precio que vos pactaste con el vendedor. Si el avalúo queda por debajo, el monto del crédito baja y la diferencia la tenés que poner vos de tu bolsillo, además de la cuota inicial que ya tenías prevista. Es una de las formas más frecuentes de que se caiga un negocio ya firmado en promesa. Por eso conviene pedir el avalúo antes de firmar la promesa de compraventa, o dejar en la promesa una condición expresa que te permita retirarte si el avalúo no alcanza.
Fuentes
Ley 546 de 1999 — sistema de financiación de vivienda individual a largo plazoSentencia C-955 de 2000 — condicionamientos al sistema UVRUnidad de Valor Real (UVR) — serie diaria certificadaTasas de interés de crédito de vivienda por entidadPrograma Mi Casa Ya — requisitos y montos del subsidioTarifas de derechos notarialesEstatuto Tributario, art. 119 — deducción de intereses de crédito de viviendaEstatuto Tributario, arts. 398 a 401 — retención en la fuente en enajenación de inmueblesLey 820 de 2003, art. 20 — reajuste del canon de arrendamientoRespuesta comprobable
La respuesta, sin rodeos
Si tu hogar gana hasta 4 SMLMV podés acceder al subsidio a la cuota inicial y a la cobertura de tasa.
Comprar vivienda tiene tres números que deciden todo: cuánta cuota inicial juntás, cuánta cuota aguanta tu ingreso familiar y cuánto suman los gastos de cierre que nadie te cuenta hasta la firma. Esta cuenta los pone los tres juntos, respeta el tope legal de la primera cuota y te muestra el costo total del crédito.
Qué incluye
- La VIS llega hasta 150 SMLMV ($262.635.750) y la VIP hasta 90 SMLMV ($157.581.450)
- Subsidio a la cuota inicial de 30 SMLMV ($52.527.150) para hogares de hasta 2 SMLMV
- Subsidio de 20 SMLMV ($35.018.100) para hogares entre 2 y 4 SMLMV
- Cobertura de tasa que descuenta puntos porcentuales de la tasa del crédito durante los primeros años
- En VIS la financiación puede llegar al 80% del valor, así que la cuota inicial baja al 20%
- Las tasas VIS arrancan alrededor del 10,60% EA, bastante por debajo de las de vivienda no VIS
Qué puede cambiarla
- Estimación informativa basada en los parámetros indicados. Las normas y escalas pueden cambiar; verificá el organismo fiscal aplicable y consultá a un contador para una liquidación definitiva.
- El subsidio reduce lo que TE toca poner de cuota inicial, no aumenta el monto del crédito: ojo con las simulaciones que te hacen financiar más por estar subsidiado
- El programa tiene cupos anuales y condiciones que cambian: confirmá disponibilidad y requisitos vigentes antes de firmar promesa de compraventa
- No podés haber sido propietario de vivienda ni haber recibido subsidio de vivienda antes
- La cobertura de tasa dura un número limitado de años; cuando se acaba, la cuota sube
Plazo o próximo paso: la postulación va por la caja de compensación o la entidad financiera; empezá el trámite antes de comprometerte con una promesa.
Fuentes principales: Congreso de la República · Corte Constitucional
Precio, escritura, registro y financiación
Separá gastos del comprador y vendedor y sumalos al ahorro inicial antes de elegir crédito.
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