Colombia · crédito hipotecario · Ley 546 de 1999
¿Me alcanza para comprar y cuánto termino pagando?
Comprar vivienda tiene tres números que deciden todo: cuánta cuota inicial juntás, cuánta cuota aguanta tu ingreso familiar y cuánto suman los gastos de cierre que nadie te cuenta hasta la firma. Esta cuenta los pone los tres juntos, respeta el tope legal de la primera cuota y te muestra el costo total del crédito.
Tasa promedio no VIS 15,18% EA Primera cuota ≤ 30% del ingreso familiar 8 calculadoras adentro
Tu caso
¿Cuál es tu situación?
La cuota se calcula igual en todos los casos, pero cambia la tasa, el porcentaje de cuota inicial que te van a exigir y si tenés derecho a subsidio. Empezamos por el caso más común.
Mi caso es otro
Ajusta la estimación
Tu compra y tu capacidad de pago
Cargá el precio de la vivienda que estás mirando y el ingreso del hogar (sumá los dos sueldos si compran en pareja). El resto podés dejarlo en el ejemplo.
Si es VIS tiene que estar por debajo de $262.635.750 (150 SMLMV).
Mínimo habitual: 30% en vivienda no VIS y 20% en VIS.
Sumá los ingresos de todos los que van al crédito. La primera cuota no puede pasar el 30% de este número.
Promedio no VIS 15,18% EA; VIS desde 10,60% EA. En un crédito en UVR poné acá la tasa REAL, que es mucho más baja.
A más plazo, menos cuota y muchísimos más intereses.
Sólo para crédito en UVR. Consultá el valor certificado del día en el Banco de la República: ronda los cuatrocientos pesos. Si una calculadora te muestra decenas de miles, está mal.
Sirve para proyectar cuánto sube la cuota en un crédito en UVR y para ajustar el canon de arriendo en la comparación.
Cuánto podrías poner de más cada mes. Dejalo en 0 si no vas a abonar.
Estimación informativa basada en los parámetros indicados. Las normas y escalas pueden cambiar; verificá el organismo fiscal aplicable y consultá a un contador para una liquidación definitiva.
Cómo se forma el total
Cuánto necesitás el día de la firma y cuánto vas a pagar en total
Primero el desembolso inicial completo, incluidos los gastos de cierre que no son financiables. Después la cuota, el tope legal y el costo total del crédito.
La primera cuota de un crédito de vivienda no puede superar el 30% de los ingresos familiares (Ley 546 de 1999, art. 17). El marcador te muestra dónde cae tu cuota: si entra en la franja roja, el banco no te aprueba el crédito por ese monto, por más que vos creas que podés pagarlo.
Respuesta rápida
Qué te corresponde
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Ojo con esto
Plazo:
Preguntas frecuentes
¿Cuánta cuota inicial necesito para comprar vivienda en Colombia?
Como mínimo el 30% en vivienda no VIS y el 20% en VIS, porque la ley limita la financiación al 70% y al 80% del valor del inmueble respectivamente (Ley 546 de 1999, art. 17). Pero el desembolso real del día de la firma es bastante mayor: hay que sumar los gastos notariales, el impuesto de registro, los derechos de beneficencia y el avalúo, que no son financiables. Sobre una vivienda de trescientos millones, esa diferencia son varios millones que mucha gente no tiene presupuestados.
¿Cuál es el tope legal de la cuota respecto de mi sueldo?
La primera cuota del crédito no puede exceder el 30% de los ingresos familiares del deudor, según el art. 17 de la Ley 546 de 1999. No es una recomendación de prudencia: es un límite que el banco tiene que respetar al aprobar. Por eso la forma más directa de saber cuánto te pueden prestar es al revés: tomá el 30% de tu ingreso familiar, y ese es el techo de tu cuota; de ahí sale el monto máximo del crédito según la tasa y el plazo.
¿Qué es la UVR y por qué es riesgosa?
La UVR es una unidad de cuenta que se recalcula todos los días según la inflación y la certifica el Banco de la República. En un crédito en UVR tu deuda está denominada en esa unidad, no en pesos: si la inflación sube, tu saldo en pesos sube. La tasa que te cobran es real, es decir por encima de la inflación, y por eso el número se ve mucho más bajo que en un crédito en pesos. El riesgo es que la cuota en pesos crece cada mes: si tu ingreso no sigue ese ritmo, la cuota se vuelve impagable. Eso fue exactamente lo que pasó con el UPAC en los noventa, y es lo que motivó la Ley 546 de 1999 y la sentencia C-955 de 2000 de la Corte Constitucional.
¿Cuánto vale la UVR hoy?
Ronda los cuatrocientos pesos y se certifica a diario en el Banco de la República. Lo decimos con este nivel de detalle porque circulan calculadoras con una "UVR aproximada" de decenas de miles de pesos, un valor que no existe y que da resultados absurdos por dos órdenes de magnitud. Cualquier simulación en UVR que no te muestre la fecha del valor que está usando no sirve: la UVR cambia todos los días y una cifra sin fecha es una cifra sin respaldo.
¿Conviene el crédito en UVR o en pesos?
En pesos la cuota es fija y previsible: sabés hoy cuánto vas a pagar dentro de quince años, y si la inflación se dispara, la inflación juega a tu favor porque tu deuda se licúa. En UVR arrancás pagando menos, lo que ayuda a pasar el tope del 30% del ingreso, pero asumís el riesgo inflacionario completo. La regla práctica: si tu ingreso se ajusta con el salario mínimo o con el IPC, la UVR es más tolerable; si tu ingreso es fijo o nominal, el crédito en pesos te protege mucho mejor.
¿Cuánto se paga de gastos notariales y de registro?
Los derechos notariales son del 0,54% del valor de la escritura y se suelen repartir mitad y mitad entre comprador y vendedor. El impuesto de registro y los derechos de beneficencia los paga el comprador y varían por departamento: en Bogotá y Cundinamarca rondan el 1,67% y el 0,29% respectivamente. Y hay una retención en la fuente del 1% a cargo del vendedor persona natural. En conjunto, el cierre suele moverse en el orden del 2,5% al 3% del valor sobre el comprador, y no es financiable.
¿Cómo funciona el subsidio Mi Casa Ya?
Tiene dos componentes. El primero es un subsidio a la cuota inicial: 30 SMLMV ($52.527.150) para hogares que ganan hasta 2 SMLMV, y 20 SMLMV ($35.018.100) para hogares entre 2 y 4 SMLMV. El segundo es una cobertura que descuenta puntos porcentuales de la tasa durante los primeros años del crédito. Un punto clave que muchas simulaciones se equivocan: el subsidio reduce lo que a vos te toca poner de cuota inicial, NO aumenta el monto que te presta el banco. Si una calculadora te financia más por estar subsidiado, está mal.
¿Me conviene más arrendar o comprar?
Depende casi por completo de cuántos años te vas a quedar. Comprar tiene costos de entrada altos (cuota inicial más gastos de cierre) y costos de salida altos (comisión inmobiliaria, gastos de la nueva escritura), y esos costos se amortizan sólo con el tiempo. El punto de equilibrio típico está entre cinco y ocho años. Un error común es comparar la cuota del crédito contra el canon de arriendo: no son comparables, porque una parte de la cuota es capital que vuelve a tu patrimonio, mientras que el canon se va entero. La comparación correcta incluye también qué rendiría la cuota inicial si en vez de comprar la invirtieras.
¿Es mejor abonar a capital para reducir plazo o para reducir cuota?
Para ahorrar intereses, reducir plazo, y por bastante margen. Si mantenés la cuota y acortás el plazo, cada peso abonado deja de generar intereses durante todos los meses que eliminaste. Si en cambio bajás la cuota manteniendo el plazo, el alivio es mensual pero el ahorro total es mucho menor. Como en el sistema francés los primeros años son casi todo interés, abonar temprano rinde muchísimo más que abonar tarde. Pedilo por escrito: la entidad aplica una de las dos opciones por defecto y no siempre es la que te conviene.
¿Me pueden cobrar penalidad por pagar el crédito antes?
No en crédito de vivienda. El prepago total o parcial sin penalidad es un derecho del deudor hipotecario en Colombia, y forma parte del régimen protector que instauró la Ley 546 de 1999. Si te dicen lo contrario, o te aparece un cobro por prepago en la liquidación, podés reclamar ante la entidad y, si no responde, ante la Superintendencia Financiera.
¿Los intereses de mi crédito de vivienda son deducibles en renta?
Sí, hasta 1.200 UVT al año, que con la UVT vigente son $62.848.800, según el art. 119 del Estatuto Tributario. Es un tope generoso: cubre los intereses de un crédito bastante grande. Ojo con las calculadoras que usan un límite fijo en pesos de unos pocos millones, porque el tope está definido en UVT y se actualiza cada año. Recordá además que esta deducción entra dentro del límite global del 40% de la renta líquida del art. 336, así que puede que no te la puedas restar completa.
¿Qué pasa si el avalúo da menos que el precio que acordé?
El banco presta sobre el avalúo comercial, no sobre el precio que vos pactaste con el vendedor. Si el avalúo queda por debajo, el monto del crédito baja y la diferencia la tenés que poner vos de tu bolsillo, además de la cuota inicial que ya tenías prevista. Es una de las formas más frecuentes de que se caiga un negocio ya firmado en promesa. Por eso conviene pedir el avalúo antes de firmar la promesa de compraventa, o dejar en la promesa una condición expresa que te permita retirarte si el avalúo no alcanza.