Finanzas

Calculadora Reajuste de Arriendo Chile (IPC INE / SII)🇨🇱

Actualizado junio de 2026
Calculadora Gratis · Privada
Datos actualizados: · Fuente: INE Chile — IPC / SII Chile
Revisado por: (política editorial ) · Última revisión:
CLP
%

Datos oficiales en vivo

↻ 01-jun
Inflación mensualINDEC
2.6%
último dato INDEC
Inflación 12 mesesINDEC
32.4%
acumulado interanual
Inflación YTDINDEC
12.3%
acumulado año en curso

En Chile los contratos de arriendo habitual suelen incluir cláusula de reajuste por IPC (Índice de Precios al Consumidor) publicado por el INE. Lo más común es reajustar cada 6 o 12 meses tomando el IPC acumulado del período. Esta calculadora aplica el IPC acumulado ingresado al arriendo base y te devuelve el nuevo valor mensual con el incremento en pesos. Datos de referencia del INE Chile y tratamiento tributario según SII.

Última revisión: 06 de junio de 2026 Revisado por Fuente: INE Chile — IPC, SII — Servicio Impuestos Internos, BCN — Ley 18.101 Arrendamiento Predios Urbanos, INE — Calculadora IPC acumulado 100% privado

Cuándo usar esta calculadora

  • Te llegó carta de reajuste del arriendo y querés verificar el cálculo.
  • Sos propietario y calculás el nuevo valor a informar al arrendatario.
  • Revisás contrato que pacta reajuste semestral para estimar presupuesto.
  • Comparás reajuste histórico de varios semestres para proyectar.
  • Declarás arriendo en SII y necesitás el monto actualizado.
  • Negociás renovación de contrato y querés ver el ajuste proyectado.

Arriendo 450.000 CLP, IPC semestral acumulado 2,5%

  1. Arriendo base: 450.000 CLP.
  2. Reajuste: 2,5%.
  3. Incremento: 450.000 × 2,5% = 11.250 CLP.
  4. Nuevo arriendo: 461.250 CLP/mes.
  5. Vigencia: próximos 6 meses hasta nuevo reajuste.
Resultado: Arriendo nuevo 461.250 CLP/mes (+11.250 CLP, +2,5% por IPC semestral).

Cómo funciona

1 min de lectura

Cómo se calcula

El reajuste por IPC de un arriendo en Chile se calcula sobre el arriendo base vigente multiplicado por (1 + IPC acumulado %). El INE publica IPC mensual y las calculadoras del sitio oficial permiten sumar el acumulado de cualquier período.

Fórmula:

  • Nuevo arriendo = arriendo base × (1 + IPC acumulado / 100)

  • Incremento = nuevo − base
  • Períodos típicos de reajuste

    PeríodoUso
    TrimestralRaro, sólo en contratos premium o comerciales
    SemestralEl más común en vivienda habitual
    AnualContratos largos o bajo UF (Unidad de Fomento)

    Casos especiales

  • Contratos en UF: no se reajustan por IPC sino por la variación de la UF (que se ajusta por IPC diariamente). El valor en pesos cambia automáticamente al convertir de UF a CLP.

  • Arriendo comercial: puede pactar reajuste trimestral o por IPC + prima (ej: IPC + 1%).

  • Ley 18.101 (arrendamiento vivienda urbana): no impone límite al reajuste, queda a lo pactado en contrato.

  • Deflación (IPC negativo): si el IPC acumulado es negativo, el arriendo debería bajar, aunque la mayoría de contratos ponen piso en 0%.
  • SII — Tratamiento tributario

    El arrendador declara como ingreso el valor efectivamente cobrado cada mes (con reajuste incluido). Si el arriendo es Primera Categoría (propiedad residencial) paga IVA si supera el umbral o Global Complementario si es persona natural.

    Fuentes

  • INE Chile — calculadora oficial IPC acumulado y series históricas.

  • SII — declaración de arrendamiento.

  • Ley 18.101 — arrendamiento de predios urbanos.

  • Preguntas frecuentes

    ¿Es obligatorio el reajuste por IPC en Chile?

    No. Es opcional, debe estar pactado en el contrato. Si el contrato no dice nada sobre reajuste, el arriendo queda fijo hasta renovación. Lo habitual es que incluya cláusula con IPC semestral o anual.

    ¿Dónde consulto el IPC acumulado oficial?

    En la web del INE Chile (ine.gob.cl) hay una calculadora oficial que te permite ingresar mes inicial y final, y te devuelve el IPC acumulado. Es la fuente que usan arrendador y SII para declaraciones oficiales.

    ¿Qué pasa si el IPC es negativo (deflación)?

    Depende del contrato. Si pacta 'reajuste por IPC' literal, debería bajar. La mayoría pacta 'reajuste por IPC con piso 0%' entonces se queda igual. Si hay deflación significativa, renegociá cláusula con el arrendador.

    ¿Conviene pactar en pesos o en UF?

    UF: más cómodo (se autoajusta diariamente por IPC) pero el arrendatario ve variar el valor en CLP cada mes. Pesos con cláusula de reajuste semestral: valor fijo 6 meses y luego salto. Para inquilinos suele ser más predecible pesos; para arrendadores, UF protege mejor ante inflación volátil.

    ¿Con cuánto tiempo tiene que avisar el arrendador?

    La Ley 18.101 no fija plazo específico para reajustes pactados; debe seguir lo que diga el contrato. Lo razonable (y práctica habitual) es avisar con al menos 30 días de anticipación por escrito con el cálculo del IPC aplicado.

    ¿El SII puede objetar un reajuste mal calculado?

    Sí si declarás un monto que no coincida con el pactado. El SII cruza información con el contrato declarado. Conservá copia de la carta de reajuste y los IPC del INE como respaldo por si te fiscalizan.

    ¿Se puede pactar un reajuste distinto al IPC?

    Sí, la ley permite cualquier cláusula pactada: IPC, UF, dólar, o valor fijo escalonado. En arriendos comerciales a veces se usa IPC + margen (ej: IPC + 1% anual). Para vivienda habitual el más común es IPC puro.

    ¿Es gratis la calculadora?

    Sí, 100% gratis y sin registro. Los valores son orientativos; para declaración oficial usá la calculadora del INE Chile con el IPC acumulado exacto del período.

    Fuentes y referencias

    Metodología y confianza

    Editorial

    Contenido revisado por el equipo editorial de Hacé Cuentas, con apego a nuestra política editorial y metodología de cálculo.

    Actualización

    Última revisión: 06 de junio de 2026. Los parámetros fiscales, legales y datos se verifican periódicamente con las fuentes citadas.

    Privacidad

    Los cálculos corren 100% en tu navegador. No guardamos ni transmitimos tus datos. Leé nuestra política de privacidad.

    Limitaciones

    Resultados orientativos. Para decisiones financieras, médicas o legales críticas, consultá con un profesional.

    También te puede interesar