Autónomos AFIP categorías 2026🇦🇷
Actualizado mayo de 2026En finanzas personales las decisiones se mejoran cuando los números están claros. Esta calculadora te da el cálculo de autónomos AFIP categorías 2026 según categoría. Devuelve aporte mensual junto con contexto para interpretar el valor. El cálculo corre en tu navegador: no guardamos tus datos, no requiere registro y es gratis. Los valores de referencia se revisan periódicamente contra las fuentes oficiales citadas al pie. Esta calculadora de autónomos afip categorías 2026 aplica la fórmula estándar del área usando categoría para darte un resultado instantáneo. Es útil para quienes necesitan estimar autónomos afip categorías 2026 antes de tomar una decisión — sirve tanto como referencia personal como punto de partida para una consulta profesional. Trabajamos con valores y fórmulas verificables (documentadas en la sección de fuentes al pie), y actualizamos la calculadora cuando cambia la normativa o los parámetros aplicables. Los resultados son orientativos y no constituyen asesoramiento profesional específico. Para decisiones críticas (legales, médicas, fiscales, financieras) consultá con un profesional matriculado.
Cuándo usar esta calculadora
- Resolver rápido una duda sobre autónomos AFIP categorías 2026 sin papel y lápiz.
- Comparar escenarios o alternativas con números concretos.
- Usar el resultado como referencia en una conversación o decisión.
- Verificar si un valor que te dieron cuadra con el cálculo estándar.
Ejemplo de cálculo
- Categoría III
- $~280k
Cómo funciona
4 min de lecturaEl régimen de autónomos organiza los aportes previsionales de los trabajadores por cuenta propia que no se encuentran en monotributo. La normativa establece cinco categorías base (I a V) y una variante "prima" (I', II', III', IV', V') para ciertas actividades específicas o socios de sociedades, cada una con una base imponible distinta y, por consiguiente, un aporte mensual diferente.
Las categorías "prima" (con apóstrofo) corresponden a casos donde se incrementa la base imponible: típicamente directores de sociedades anónimas, socios gerentes de SRL y otros sujetos con responsabilidades societarias mayores. La distinción entre las categorías base y prima viene de la Ley 24.241 y su reglamentación, y refleja la lógica de que ciertas posiciones implican mayor capacidad contributiva.
Esta calculadora ayuda a identificar el aporte mensual por cada una de las diez opciones (I, II, III, IV, V y sus variantes prima), permitiendo simular cambios de categoría y planificar el costo total anual.
Cómo se calcula
base_imponible = tabla_ARCA[categoría] // 10 categorías posibles: I a V + I' a V'
aporte_mensual = base_imponible × 11 % // alícuota SIPA
// Categorías "prima" (con apóstrofo): aplican a directores SA, socios gerentes SRL
// y otros sujetos con responsabilidad ampliada — base mayor que la categoría baseLos valores específicos de cada categoría se actualizan trimestralmente mediante Resolución General de ARCA, siguiendo la fórmula de movilidad (Ley 27.609, modificada por DNU 274/2024 que la atou al IPC del INDEC).
Las 10 categorías del régimen
| Categoría | Encaja típicamente | Carga relativa |
|---|---|---|
| I | Independiente sin personal, baja facturación | Más baja |
| II | Independiente con personal o mayor escala | Baja-media |
| III | Socio o director con ganancias intermedias | Media |
| IV | Empresa unipersonal mediana, rentista | Media-alta |
| V | Director/socio gerente de empresa grande | Alta |
| I' (prima) | Director SA / socio gerente con menor escala | Media-baja (recargo sobre I) |
| II' (prima) | Director SA / socio gerente escala intermedia | Media (recargo sobre II) |
| III' (prima) | Director SA / socio gerente escala intermedia-alta | Media-alta (recargo sobre III) |
| IV' (prima) | Director SA / socio gerente escala alta | Alta (recargo sobre IV) |
| V' (prima) | Director SA / socio gerente escala máxima | Más alta |
Cuándo aplican las categorías "prima"
Las categorías con apóstrofo aplican principalmente a:
La decisión de categoría se toma según la actividad principal y la participación. Errores comunes incluyen ubicar a un socio gerente en categoría base cuando le corresponde la prima, lo que genera diferencias de aportes que ARCA puede reclamar con intereses.
Marco legal
Componentes del aporte
El aporte mensual al SIPA por autónomo (11 % de la base) cubre únicamente la prestación jubilatoria. Para completar la cobertura previsional típica de un trabajador, el autónomo debe sumar:
Vencimientos y régimen de pago
Limitaciones del cálculo
El resultado es estimativo. El monto exacto puede diferir por:
Revisión editorial
Revisado por el equipo editorial de Hacé Cuentas. El contenido se contrasta contra el texto vigente de la Ley 24.241, las Resoluciones Generales de ARCA del trimestre en curso y la documentación oficial sobre encuadres de categorías publicada en arca.gob.ar.
Disclaimer: Los resultados son orientativos y no constituyen asesoramiento financiero. Para decisiones relevantes (préstamos, inversiones, impuestos), consultá con un contador público matriculado o asesor financiero registrado ante la CNV.
Actualización: los datos se revisan periódicamente. La fecha de última revisión figura en el encabezado de esta página y en el sitemap XML de Hacé Cuentas.
Preguntas frecuentes
¿Quién paga autónomos?
Profesionales independientes, socios SRL/SA, directores de SA.
¿Categoría?
Depende de ingresos anuales y profesión. Aporte mensual de autónomos según categoría AFIP/ARCA.
¿Incluye obra social?
No. Obra social es aporte separado (monotributistas sí incluyen).
¿Monotributo vs Autónomo?
Monotributo es más simple y barato si facturás poco. Autónomo para ingresos altos.
¿Cuándo paga?
Mensual, el 3 del mes siguiente.
¿Aumenta?
Sí, se ajusta semestralmente por movilidad.
¿Aporta a jubilación?
Sí, 27% de la renta de referencia.
¿Qué pasa si no declaro?
Multas + intereses (6% mensual resarcitorios + 8% si hay juicio ejecutivo). Si es omisión dolosa, puede haber sanciones penales (Ley Penal Tributaria).
Fuentes y referencias
Metodología y confianza
Contenido revisado por el equipo editorial de Hacé Cuentas, con apego a nuestra política editorial y metodología de cálculo.
Última revisión: 26 de mayo de 2026. Los parámetros fiscales, legales y datos se verifican periódicamente con las fuentes citadas.
Los cálculos corren 100% en tu navegador. No guardamos ni transmitimos tus datos. Leé nuestra política de privacidad.
Resultados orientativos. Para decisiones financieras, médicas o legales críticas, consultá con un profesional.