Finanzas

Autónomos AFIP categorías 2026🇦🇷

Actualizado mayo de 2026
Calculadora Gratis · Privada
Datos actualizados: · Fuente: ARCA — Tabla categorías Monotributo (vigente desde feb 2026)
Revisado por: (política editorial ) · Última revisión:

En finanzas personales las decisiones se mejoran cuando los números están claros. Esta calculadora te da el cálculo de autónomos AFIP categorías 2026 según categoría. Devuelve aporte mensual junto con contexto para interpretar el valor. El cálculo corre en tu navegador: no guardamos tus datos, no requiere registro y es gratis. Los valores de referencia se revisan periódicamente contra las fuentes oficiales citadas al pie. Esta calculadora de autónomos afip categorías 2026 aplica la fórmula estándar del área usando categoría para darte un resultado instantáneo. Es útil para quienes necesitan estimar autónomos afip categorías 2026 antes de tomar una decisión — sirve tanto como referencia personal como punto de partida para una consulta profesional. Trabajamos con valores y fórmulas verificables (documentadas en la sección de fuentes al pie), y actualizamos la calculadora cuando cambia la normativa o los parámetros aplicables. Los resultados son orientativos y no constituyen asesoramiento profesional específico. Para decisiones críticas (legales, médicas, fiscales, financieras) consultá con un profesional matriculado.

Última revisión: 26 de mayo de 2026 Revisado por Fuente: BCRA — Banco Central de la República Argentina, ARCA (ex AFIP) — normativa tributaria, INDEC — Índices económicos 100% privado

Cuándo usar esta calculadora

  • Resolver rápido una duda sobre autónomos AFIP categorías 2026 sin papel y lápiz.
  • Comparar escenarios o alternativas con números concretos.
  • Usar el resultado como referencia en una conversación o decisión.
  • Verificar si un valor que te dieron cuadra con el cálculo estándar.

Ejemplo de cálculo

  1. Categoría III
  2. $~280k
Resultado: Profesional intermedio

Cómo funciona

4 min de lectura

El régimen de autónomos organiza los aportes previsionales de los trabajadores por cuenta propia que no se encuentran en monotributo. La normativa establece cinco categorías base (I a V) y una variante "prima" (I', II', III', IV', V') para ciertas actividades específicas o socios de sociedades, cada una con una base imponible distinta y, por consiguiente, un aporte mensual diferente.

Las categorías "prima" (con apóstrofo) corresponden a casos donde se incrementa la base imponible: típicamente directores de sociedades anónimas, socios gerentes de SRL y otros sujetos con responsabilidades societarias mayores. La distinción entre las categorías base y prima viene de la Ley 24.241 y su reglamentación, y refleja la lógica de que ciertas posiciones implican mayor capacidad contributiva.

Esta calculadora ayuda a identificar el aporte mensual por cada una de las diez opciones (I, II, III, IV, V y sus variantes prima), permitiendo simular cambios de categoría y planificar el costo total anual.

Cómo se calcula

base_imponible = tabla_ARCA[categoría]   // 10 categorías posibles: I a V + I' a V'
aporte_mensual = base_imponible × 11 %   // alícuota SIPA

// Categorías "prima" (con apóstrofo): aplican a directores SA, socios gerentes SRL
// y otros sujetos con responsabilidad ampliada — base mayor que la categoría base

Los valores específicos de cada categoría se actualizan trimestralmente mediante Resolución General de ARCA, siguiendo la fórmula de movilidad (Ley 27.609, modificada por DNU 274/2024 que la atou al IPC del INDEC).

Las 10 categorías del régimen

CategoríaEncaja típicamenteCarga relativa
IIndependiente sin personal, baja facturaciónMás baja
IIIndependiente con personal o mayor escalaBaja-media
IIISocio o director con ganancias intermediasMedia
IVEmpresa unipersonal mediana, rentistaMedia-alta
VDirector/socio gerente de empresa grandeAlta
I' (prima)Director SA / socio gerente con menor escalaMedia-baja (recargo sobre I)
II' (prima)Director SA / socio gerente escala intermediaMedia (recargo sobre II)
III' (prima)Director SA / socio gerente escala intermedia-altaMedia-alta (recargo sobre III)
IV' (prima)Director SA / socio gerente escala altaAlta (recargo sobre IV)
V' (prima)Director SA / socio gerente escala máximaMás alta

Cuándo aplican las categorías "prima"

Las categorías con apóstrofo aplican principalmente a:

  • Directores titulares de Sociedades Anónimas (SA) con participación en utilidades.

  • Socios gerentes y administradores de SRL con función ejecutiva remunerada o no.

  • Síndicos y miembros del Consejo de Vigilancia con remuneración por su función.

  • Socios de sociedades de profesionales donde la actividad principal es la prestación personal del socio.
  • La decisión de categoría se toma según la actividad principal y la participación. Errores comunes incluyen ubicar a un socio gerente en categoría base cuando le corresponde la prima, lo que genera diferencias de aportes que ARCA puede reclamar con intereses.

    Marco legal

  • Ley 24.241 (SIPA) — establece el régimen previsional y las categorías de autónomos.

  • Decreto 1866/2006 — regula obras sociales para autónomos.

  • Ley 27.609 — movilidad trimestral.

  • DNU 274/2024 — modifica la fórmula de movilidad atándola al IPC del INDEC.

  • Resoluciones Generales ARCA — fijan las bases imponibles para cada trimestre.
  • Componentes del aporte

    El aporte mensual al SIPA por autónomo (11 % de la base) cubre únicamente la prestación jubilatoria. Para completar la cobertura previsional típica de un trabajador, el autónomo debe sumar:

  • Obra social: aporte voluntario a la obra social elegida.

  • ART: no obligatoria para autónomos puros (sí para algunos regímenes especiales).

  • Seguro de retiro / seguro de vida: opcional, deducible parcialmente en Ganancias.
  • Vencimientos y régimen de pago

  • Vencimientos: entre los días 3 y 8 del mes siguiente al devengado, según terminación del CUIT.

  • Forma de pago: VEP, débito automático en cuenta bancaria, billetera virtual.

  • Mora: intereses resarcitorios mensuales (~6 % nominal mensual) y, si hay juicio ejecutivo, intereses punitorios adicionales.
  • Limitaciones del cálculo

    El resultado es estimativo. El monto exacto puede diferir por:

  • Categoría "prima" mal asignada (en cuyo caso ARCA puede reliquidar diferencias).

  • Aumentos por movilidad ya aplicados pero no incorporados todavía a la base de datos del calculador.

  • Reducciones transitorias por moratorias o regímenes especiales.

  • Compatibilización con régimen de relación de dependencia (tope de base imponible total).
  • Revisión editorial

    Revisado por el equipo editorial de Hacé Cuentas. El contenido se contrasta contra el texto vigente de la Ley 24.241, las Resoluciones Generales de ARCA del trimestre en curso y la documentación oficial sobre encuadres de categorías publicada en arca.gob.ar.

    Disclaimer: Los resultados son orientativos y no constituyen asesoramiento financiero. Para decisiones relevantes (préstamos, inversiones, impuestos), consultá con un contador público matriculado o asesor financiero registrado ante la CNV.

    Actualización: los datos se revisan periódicamente. La fecha de última revisión figura en el encabezado de esta página y en el sitemap XML de Hacé Cuentas.

    Preguntas frecuentes

    ¿Quién paga autónomos?

    Profesionales independientes, socios SRL/SA, directores de SA.

    ¿Categoría?

    Depende de ingresos anuales y profesión. Aporte mensual de autónomos según categoría AFIP/ARCA.

    ¿Incluye obra social?

    No. Obra social es aporte separado (monotributistas sí incluyen).

    ¿Monotributo vs Autónomo?

    Monotributo es más simple y barato si facturás poco. Autónomo para ingresos altos.

    ¿Cuándo paga?

    Mensual, el 3 del mes siguiente.

    ¿Aumenta?

    Sí, se ajusta semestralmente por movilidad.

    ¿Aporta a jubilación?

    Sí, 27% de la renta de referencia.

    ¿Qué pasa si no declaro?

    Multas + intereses (6% mensual resarcitorios + 8% si hay juicio ejecutivo). Si es omisión dolosa, puede haber sanciones penales (Ley Penal Tributaria).

    Fuentes y referencias

    Metodología y confianza

    Editorial

    Contenido revisado por el equipo editorial de Hacé Cuentas, con apego a nuestra política editorial y metodología de cálculo.

    Actualización

    Última revisión: 26 de mayo de 2026. Los parámetros fiscales, legales y datos se verifican periódicamente con las fuentes citadas.

    Privacidad

    Los cálculos corren 100% en tu navegador. No guardamos ni transmitimos tus datos. Leé nuestra política de privacidad.

    Limitaciones

    Resultados orientativos. Para decisiones financieras, médicas o legales críticas, consultá con un profesional.