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Prestaciones Sociales Venezuela (LOTTT)🌎

Actualizado abril de 2026
Calculadora Gratis · Privada
Revisado por: (política editorial ) · Última revisión:
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Las prestaciones sociales en Venezuela se regulan por el Art. 142 de la LOTTT: 15 días de salario por trimestre como garantía, más 2 días adicionales por año a partir del segundo (máximo 30). Al terminar la relación laboral, se compara con el cálculo retroactivo y se paga el mayor.

Última revisión: 21 de abril de 2026 Revisado por Fuente: LOTTT - Ley Orgánica del Trabajo Venezuela 100% privado

Cuándo usar esta calculadora

  • Querés saber cuánto tenés acumulado.
  • Te liquidaron y verificás el monto.
  • Sos empleador y calculás provisiones.
  • Comparás garantía vs cálculo retroactivo.
  • Necesitás estimar tus prestaciones para planificar.

Ejemplo real: Trabajador con 5 años y salario diario integral $20

  1. Datos: salario mensual = $500, salario diario integral = $20, años = 5, días adicionales = 8 (2+2+2+2 a partir del 2° año).
  2. Garantía año actual: 60 días × $20 = $1.200.
  3. Días adicionales acumulados: 8 × $20 = $160.
  4. Total este año: $1.360 de prestaciones.
  5. Retroactivo al egreso: 30 × 5 × $20 = $3.000.
Resultado: Se pagaría $3.000 (el mayor entre acumulado y retroactivo), como manda el art. 142 LOTTT.

Cómo funciona

1 min de lectura

Prestaciones sociales según LOTTT

Las prestaciones sociales en Venezuela están reguladas por el artículo 142 de la LOTTT (Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras). Son un derecho inalienable del trabajador que se acumula trimestre a trimestre.

Componentes de la garantía anual

ConceptoCantidad
Garantía trimestral15 días de salario × 4 trimestres = 60 días/año
Días adicionales por antigüedad2 días/año a partir del 2° año, hasta 30 días máx.
Retroactivo al egreso30 días por año de servicio sobre último salario

Doble cálculo al finalizar relación laboral

Al liquidar, se calculan dos montos y se paga el mayor:

1. Lo acumulado trimestre a trimestre con salario de cada momento + días adicionales.
2. 30 días × años de servicio sobre el último salario integral.

Cuándo usar y errores comunes

  • Usar siempre salario integral (incluye bono vacacional, utilidades prorrateadas).

  • Depósito en fideicomiso o contabilidad de empresa: son propiedad del trabajador.

  • Anticipos hasta 75% permitidos para vivienda, salud o educación.

  • Para otras prestaciones latinoamericanas comparables, mirá la prima de servicios Colombia y la prima vacacional México.
  • Revisión editorial

    Revisado por el equipo editorial de Hacé Cuentas. El contenido de esta calculadora se mantiene con criterios editoriales documentados en nuestra política editorial y metodología. Cada valor de referencia se contrasta contra las fuentes oficiales citadas al pie de esta página.

    Disclaimer: Los resultados son orientativos y no constituyen asesoramiento financiero. Para decisiones relevantes (préstamos, inversiones, impuestos), consultá con un contador público matriculado o asesor financiero registrado ante la CNV.

    Actualización: los datos se revisan periódicamente. La fecha de última revisión figura en el encabezado de esta página y en el sitemap XML de Hacé Cuentas.

    Preguntas frecuentes

    ¿Cómo se calculan las prestaciones en Venezuela?

    15 días de salario integral por cada trimestre (60/año) + 2 días adicionales por año desde el 2do año (máximo 30 días adicionales).

    ¿Qué es el salario integral?

    Incluye salario normal + alícuota de bono vacacional + alícuota de utilidades. Es mayor que el salario básico.

    ¿Cuándo se pagan las prestaciones?

    Al terminar la relación laboral, dentro de los 5 días hábiles siguientes. El empleador puede depositar trimestralmente en fideicomiso.

    ¿Garantía o retroactivo: cuál se paga?

    El mayor de los dos. Retroactivo = 30 días de último salario × años de servicio. Si es mayor que la garantía acumulada, se paga el retroactivo.

    ¿Las prestaciones generan intereses?

    Sí. Si quedan depositadas en la empresa (no en fideicomiso), generan intereses a la tasa activa del BCV.

    ¿Se pierden las prestaciones si renuncio?

    No. Las prestaciones son un derecho irrenunciable. Se pagan tanto por renuncia como por despido.

    ¿Qué pasa si la empresa no paga?

    Las prestaciones generan intereses de mora. Podés demandar ante los tribunales laborales. El plazo de prescripción es de 10 años.

    Fuentes y referencias

    Metodología y confianza

    Editorial

    Contenido revisado por el equipo editorial de Hacé Cuentas, con apego a nuestra política editorial y metodología de cálculo.

    Actualización

    Última revisión: 21 de abril de 2026. Los parámetros fiscales, legales y datos se verifican periódicamente con las fuentes citadas.

    Privacidad

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    Limitaciones

    Resultados orientativos. Para decisiones financieras, médicas o legales críticas, consultá con un profesional.