Calculadora de Sueldo Líquido Chile 2026
Ver cálculo paso a paso
¿Cuánto te va a llegar al bolsillo este mes? Esa pregunta se la hacen miles de chilenos cada vez que negocian un sueldo, cambian de trabajo o simplemente quieren ordenar sus finanzas. En Chile, la diferencia entre el sueldo bruto que aparece en tu contrato y el líquido que depositan en tu cuenta puede superar el 20%, y entender exactamente por qué es tu derecho. Esta calculadora aplica todos los descuentos legales vigentes para 2026 según la normativa del SII y el Código del Trabajo: el 10% obligatorio de AFP más la comisión de tu administradora (que varía entre AFP Modelo, Habitat, Provida, Integra, Capital y PlanVital), el 7% de salud en Fonasa o el porcentaje pactado si tienes Isapre, el 0,6% de seguro de cesantía para contratos indefinidos, y finalmente el Impuesto de Segunda Categoría calculado tramo a tramo con la tabla UTM del SII vigente para 2026. No importa si eres asalariado del sector privado, funcionario a contrata o estás negociando tu primer sueldo profesional: con solo ingresar tu bruto mensual y tu situación previsional obtienes el desglose completo. También puedes agregar el crédito por hijos que reconoce la ley, un beneficio que muchos trabajadores no saben que existe y que puede reducir directamente el impuesto a pagar. Recuerda: el SII actualiza el valor de la UTM el primer día hábil de cada mes, por lo que los tramos del impuesto se ajustan mensualmente. Esta calculadora utiliza los valores vigentes para 2026. Úsala antes de firmar tu próximo contrato y negocia con datos reales en la mano.
| Renta líquida imponible (UTM) | Tasa marginal | Rebaja (UTM) |
|---|---|---|
| Hasta 13,5 UTM | Exento | — |
| 13,5 a 30 UTM | 4% | 0,54 |
| 30 a 50 UTM | 8% | 1,74 |
| 50 a 70 UTM | 13,5% | 4,49 |
| 70 a 90 UTM | 23% | 11,14 |
| 90 a 120 UTM | 30,4% | 17,80 |
| 120 a 310 UTM | 35% | 23,32 |
| Sobre 310 UTM | 40% | 38,82 |
Las primeras 13,5 UTM están exentas (con UTM jun-2026 de ~$71.506, equivale a ~$965.000 mensuales). Crédito por hijo: $12.996 por descendiente, restado directo del impuesto. La UTM la actualiza el SII el 1.º de cada mes; verificá el valor vigente en sii.cl. Fuente: chile-2026.ts del repo (exento 13,5 UTM, tasa máxima 40%) y tabla Art. 43 N°1 LIR.
| Concepto | Tasa | Tope imponible 2026 | Norma |
|---|---|---|---|
| AFP (fondo de pensiones) | 10% | 90 UF mensuales | DL 3.500 |
| Comisión AFP | ~0,49% a 1,45% | 90 UF mensuales | Varía por administradora |
| Salud (Fonasa) | 7% | 90 UF mensuales | Ley 18.469 |
| Salud (Isapre) | 7% mínimo (plan puede costar más) | 90 UF mensuales | Ley 18.933 |
| Seguro de cesantía (contrato indefinido) | 0,6% | 135,2 UF mensuales | Ley 19.728 |
| Seguro de cesantía (plazo fijo) | 0% (lo paga el empleador) | 135,2 UF mensuales | Ley 19.728 |
Sobre la parte del sueldo que supera el tope imponible (90 UF para AFP/salud) no se cotiza. El Impuesto de Segunda Categoría, en cambio, no tiene tope. Fuente: chile-2026.ts del repo (AFP 10%, Fonasa 7%, cesantía 0,6%, topes 90 UF / 135,2 UF, vigentes desde feb-2026 por Superintendencia de Pensiones).
El sueldo líquido es el bruto menos AFP (10% más comisión 0,57%-1,90%), salud (7% Fonasa o plan Isapre), cesantía 0,6% e Impuesto Único Segunda Categoría según tabla UTM del SII. Ejemplo: con sueldo bruto de $2.500.000, AFP Habitat y Fonasa, tu líquido aproximado es $1.985.000. Los descuentos rondan el 20% del bruto contractual mensual.
Cuándo usar esta calculadora
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Cómo funciona
3 min read¿Qué es el impuesto de segunda categoría en Chile?
Es el tributo que grava los ingresos del trabajo dependiente, calculado según tabla progresiva de la UTM. Se descuenta directamente del sueldo bruto junto a AFP 10%, salud 7% y seguro cesantía 0,6%. Para un sueldo de $2.500.000 CLP, el aporte total obligatorio reduce el líquido a aproximadamente $1.985.000 CLP.
Cómo se calcula el sueldo líquido en Chile 2026
El sueldo líquido es el monto neto que recibe el trabajador en su cuenta bancaria tras aplicar todos los descuentos obligatorios y voluntarios establecidos por la ley chilena.
Componentes del cálculo
1. Aporte AFP (10% obligatorio)
2. Comisión AFP
3. Aporte salud
4. Seguro de cesantía (0.6%)
5. Impuesto de segunda categoría (Impuesto a la Renta)
Fórmula general
Base imponible = Sueldo bruto - AFP(10%) - Comisión AFP - Salud(7% o Isapre%) - Cesantía(0.6%)
Impuesto segunda categoría = Aplicar tabla progresiva SII a base imponible - Crédito por hijos
Sueldo líquido = Sueldo bruto - Aporte AFP - Comisión AFP - Aporte salud - Seguro cesantía - Impuesto 2ª categoríaEjemplo concreto
Supuestos:
Cálculos:
| Concepto | Monto |
|---|---|
| Sueldo bruto | $2.500.000 |
| AFP (10%) | -$250.000 |
| Comisión AFP (1.45%) | -$36.250 |
| Fonasa (7%) | -$175.000 |
| Cesantía (0.6%) | -$15.000 |
| Base imponible | $2.023.750 |
| Renta en UTM: $2.023.750 ÷ $71.506 = 28,3 UTM → tramo 4% | 4% |
| Impuesto bruto: $2.023.750 × 4% − 0,54 UTM | -$42.337 |
| Crédito 1 hijo ($12.996) | +$12.996 |
| Impuesto segunda categoría | -$29.341 |
| Sueldo líquido | $1.994.409 |
| Tasa descuento efectiva | 20,2% |
Tabla de tramos del Impuesto de Segunda Categoría 2026 (Art. 43 N°1 LIR, mensual en UTM)
El impuesto es marginal: se calcula como base × tasa − rebaja × UTM. Con la UTM de junio 2026 ($71.506), las 13,5 UTM exentas equivalen a ~$965.000.
| Renta líquida mensual (UTM) | Tasa marginal | Rebaja (UTM) |
|---|---|---|
| Hasta 13,5 UTM | Exento | — |
| 13,5 - 30 UTM | 4% | 0,54 |
| 30 - 50 UTM | 8% | 1,74 |
| 50 - 70 UTM | 13,5% | 4,49 |
| 70 - 90 UTM | 23% | 11,14 |
| 90 - 120 UTM | 30,4% | 17,80 |
| 120 - 310 UTM | 35% | 23,32 |
| Sobre 310 UTM | 40% | 38,82 |
Crédito por hijo: $12.996 CLP por cada descendiente en 2026
Limitaciones y consideraciones
Fuentes normativas
Para analizar las prestaciones que genera tu cotización previsional, podés ver la proyección de tu pensión con la calculadora de AFP Chile 2026 con tabla de comisiones. Si tu cobertura de salud es Fonasa, la calculadora de tramos Fonasa A, B, C y D te explica qué cubre según tu ingreso; si pagás Isapre, revisá la calculadora de cotización Isapre al 7% para comparar planes. Y si trabajás a honorarios en lugar de estar en planilla, la comparativa honorarios vs. contrato en Chile te muestra cuál régimen es más conveniente después de impuestos.
Preguntas frecuentes
¿Cómo se calcula exactamente el Impuesto de Segunda Categoría en Chile 2026?
El Impuesto de Segunda Categoría es un tributo mensual, progresivo y de retención directa por parte de tu empleador. Se calcula sobre la base imponible, que es tu sueldo bruto menos los descuentos obligatorios de AFP (10% + comisión), salud (7% Fonasa o cotización Isapre) y seguro de cesantía (0,6%). Con esa base, el SII aplica una tabla de tramos expresada en UTM. Para 2026, el primer tramo exento llega hasta 13,5 UTM mensuales (aproximadamente $965.331 CLP con la UTM de junio 2026). Los tramos siguientes van al 4%, 8%, 13,5%, 23%, 30,4% y 35%. El impuesto se calcula de forma marginal: solo la parte del ingreso que supera cada umbral paga la tasa correspondiente a ese tramo, no todo el sueldo. Finalmente, si tienes hijos, se aplica el crédito legal de $12.996 por cada uno, que se resta directamente del impuesto calculado. Tu empleador retiene y paga este impuesto mensualmente al SII mediante el Formulario 29.
¿Qué es la UTM y por qué importa para mi sueldo líquido?
La Unidad Tributaria Mensual (UTM) es un valor de referencia que el SII reajusta mensualmente según el IPC, publicándolo el primer día hábil de cada mes. En 2026 ronda los $71.000–$72.000 CLP (junio: $71.506; valor referencial, verifica siempre el dato actualizado en sii.cl). Importa porque los tramos del Impuesto de Segunda Categoría están expresados en UTM, no en pesos fijos. Esto significa que si tu sueldo no sube pero la UTM sube por inflación, tus tramos se ajustan hacia arriba automáticamente, evitando que la inflación te haga pagar más impuesto sin ganar poder adquisitivo real. En la práctica, esto puede significar diferencias de algunos miles de pesos en tu liquidación según el mes del año. Por eso es fundamental que cualquier calculadora de sueldo líquido use el valor UTM del mes en curso, no un valor fijo anual.
¿Cuál es la diferencia entre cotización AFP y comisión AFP, y cuánto descuentan cada una?
Son dos cobros distintos que aparecen juntos en tu liquidación. La cotización AFP es el 10% obligatorio de tu remuneración imponible que va íntegramente a tu cuenta de capitalización individual para financiar tu pensión futura: ese dinero es tuyo. La comisión AFP es el cobro que hace la administradora por gestionar tus fondos: ese dinero lo pierde el trabajador y va a la AFP. En 2026, las comisiones varían: AFP Modelo cobra alrededor del 0,58%, AFP Habitat 1,27%, AFP Capital 1,44%, AFP Provida 1,45%, AFP Integra 1,55% y AFP PlanVital 1,16% (valores referenciales, verifica en spensiones.cl). En un sueldo de $1.500.000, la diferencia entre la AFP más barata y la más cara puede superar los $14.000 mensuales, más de $168.000 al año. Ambos descuentos se calculan sobre la remuneración imponible, que tiene un tope legal.
¿Fonasa 7% o Isapre: cuál conviene más para mi bolsillo?
Desde el punto de vista del descuento puro, Fonasa siempre descuenta exactamente el 7% de tu remuneración imponible, sin importar tu sueldo, edad ni estado de salud. Las Isapres cobran una cotización pactada en el contrato de salud que típicamente oscila entre el 7% y el 12%, dependiendo del plan elegido, tu edad y la de tus cargas. En sueldos bajos, una Isapre puede ser más cara en términos de descuento porcentual. Sin embargo, la decisión no es solo financiera: Fonasa ofrece cobertura universal y prestaciones en la red pública, mientras que las Isapres dan acceso preferente a prestadores privados con copagos variables. Para esta calculadora, si eliges Isapre debes ingresar el porcentaje de cotización que figura en tu contrato (o cartola de tu Isapre). Si no lo sabes, usa 7% como referencia mínima. Importante: desde 2023 está en vigencia la Ley Corta de Isapres que obliga a ajustar los contratos; verifica tu cotización actualizada directamente con tu Isapre o en tu liquidación de sueldo.
¿Qué es el seguro de cesantía y cuánto me descuentan realmente?
El Seguro de Cesantía es administrado por la AFC (Administradora de Fondos de Cesantía) y protege al trabajador ante el desempleo. Para contratos indefinidos, el trabajador descuenta el 0,6% de su remuneración imponible y el empleador aporta el 2,4% adicional (este último no te lo descuentan a ti). Para contratos a plazo fijo u obra, el trabajador descuenta el 0% y el empleador aporta el 3%. En un sueldo de $1.500.000 con contrato indefinido, tu descuento es $9.000 mensuales. Este dinero va a tu Cuenta Individual de Cesantía, que puedes usar al quedarte sin trabajo o al pensionarte. Si tienes contrato indefinido y te despiden sin causal, también accedes al Fondo Solidario que financia la AFC con los aportes patronales. El tope imponible para este descuento es el mismo que para AFP y salud.
¿Qué es el crédito por hijos y cómo lo aplico correctamente?
El crédito tributario por hijos está establecido en el artículo 55 bis de la Ley de Impuesto a la Renta. Permite descontar $12.996 CLP directamente del Impuesto de Segunda Categoría por cada hijo que cumpla con los requisitos legales: hijo menor de 18 años, o mayor de 18 con discapacidad, o mayor de 18 años que sea estudiante de educación superior hasta los 25 años. El beneficio corresponde al padre o madre que tenga al hijo como carga familiar reconocida ante su empleador mediante formulario AFC o declaración de asignación familiar. No se aplica automáticamente: debes declararlo ante tu empleador (o ingresar el número de hijos en esta calculadora). Si tienes 3 hijos, el crédito es de $38.988 al mes, más de $467.000 al año. Ojo: si el impuesto calculado es menor que el crédito, el exceso no se devuelve; el crédito solo reduce el impuesto hasta llegar a cero.
¿Cuál es el tope imponible para las cotizaciones previsionales en 2026?
Las cotizaciones de AFP, salud y seguro de cesantía no se calculan sobre el sueldo completo cuando este es muy alto, sino solo hasta el tope imponible mensual que fija la ley. Para 2026, ese tope equivale a 90 UF mensuales para AFP y salud (aproximadamente $3.656.000 CLP) y a 135,2 UF para el seguro de cesantía, valores referenciales según la UF vigente. Esto significa que si ganas $5.000.000 brutos, tus cotizaciones de AFP y salud se calculan solo sobre $3.656.000 aproximadamente; el exceso no cotiza (la cesantía tiene su propio tope, más alto). Sin embargo, el Impuesto de Segunda Categoría sí se aplica sobre la totalidad del sueldo imponible real, sin tope. Este detalle importa mucho para sueldos altos: el líquido real puede ser mayor a lo que una calculadora simple estima si no aplica el tope correctamente. Verifica siempre el valor exacto del tope en la Superintendencia de Pensiones (spensiones.cl).
¿Por qué mi liquidación de sueldo muestra un monto diferente al que arroja la calculadora?
Pueden existir varias razones legítimas. Primero, tu comisión AFP exacta puede diferir del porcentaje estándar que usas en la calculadora; revisa tu estado de cuenta o la tabla en spensiones.cl. Segundo, si tienes Isapre, el porcentaje de cotización pactado puede ser distinto al 7% de Fonasa. Tercero, pueden existir otros descuentos voluntarios como APV (Ahorro Previsional Voluntario), créditos institucionales con el empleador o cuotas sindicales que la calculadora no incluye. Cuarto, si recibes bonos, horas extra o asignaciones, algunos son imponibles (cotizan y afectan el impuesto) y otros no imponibles (como asignación de movilización y colación dentro de los límites legales). Quinto, el valor UTM del mes exacto puede variar. Esta calculadora es una herramienta de estimación precisa para el caso estándar; para un cálculo exacto, tu empleador o un contador pueden detallar cada línea de tu liquidación oficial.
¿Los trabajadores independientes también usan esta calculadora?
No, esta calculadora está diseñada para trabajadores dependientes con contrato de trabajo. Los trabajadores independientes que emiten boletas de honorarios tienen un régimen diferente: el pagador retiene un porcentaje de la boleta (10,75% en 2025-2026, aumentando gradualmente) que financia cotizaciones previsionales obligatorias ante AFP y salud. Además, los independientes están afectos al Impuesto Global Complementario que se declara anualmente en abril en el Formulario 22 del SII, no al Impuesto de Segunda Categoría mensual. Si emites boletas de honorarios, el cálculo de tu retención neta y cotizaciones es distinto. Consulta el simulador de honorarios del SII (sii.cl) o usa una calculadora específica para ese régimen. Esta calculadora solo aplica para quienes reciben una liquidación de sueldo mensual de su empleador.
¿Qué pasa con el impuesto si recibo un bono o gratificación junto con mi sueldo?
Los bonos y gratificaciones imponibles se suman a tu sueldo base del mes para calcular el Impuesto de Segunda Categoría, lo que puede empujarte a un tramo más alto temporalmente. Por ejemplo, si tu sueldo base es $2.000.000 y recibes un bono de $500.000, ese mes tu base imponible sube a $2.500.000 y el impuesto puede ser significativamente mayor al habitual. Existen reglas especiales: la gratificación legal anual (cuando se paga en un solo mes) puede tributar dividida en 12 para suavizar el impacto, según el artículo 46 de la Ley de Impuesto a la Renta. Las asignaciones no imponibles (movilización, colación y viáticos dentro de los límites legales) no se incluyen en la base y por lo tanto no afectan el impuesto ni las cotizaciones. Si esperas recibir un bono importante, consulta a tu empleador si lo liquidarán en forma especial o lo sumarán directamente; la diferencia en impuesto puede ser de decenas de miles de pesos.
¿Cómo puedo reducir legalmente mi Impuesto de Segunda Categoría?
La principal herramienta legal es el Ahorro Previsional Voluntario (APV), regulado por el DL 3.500. Puedes aportar mensualmente a tu AFP, a fondos mutuos autorizados o a seguros con APV, y ese monto se descuenta de tu base imponible antes de calcular el impuesto. Bajo el Régimen A, obtienes una bonificación estatal del 15% sobre lo aportado. Bajo el Régimen B, el aporte reduce directamente tu base imponible para el impuesto, siendo más conveniente para quienes están en tramos altos. Por ejemplo, con un sueldo de $3.500.000 y $200.000 mensuales de APV Régimen B, tu base imponible baja en $200.000, reduciendo el impuesto en varios miles de pesos mensuales. Otras opciones: el crédito por hijos (si aplica) y el seguro complementario de salud con prima adicional en algunos casos. Todo esto es completamente legal y promovido por la normativa chilena vigente.
¿Dónde puedo verificar oficialmente los valores y tablas que usa esta calculadora?
Las fuentes oficiales que debes consultar para verificar los cálculos son: SII (sii.cl) para la tabla de Impuesto de Segunda Categoría, el valor vigente de la UTM mes a mes, tramos actualizados y la normativa del Artículo 43 de la Ley de Impuesto a la Renta. Superintendencia de Pensiones (spensiones.cl) para las comisiones vigentes de cada AFP, el tope imponible mensual y las tasas de cotización obligatoria. AFC Chile (afcchile.cl) para tasas y condiciones del seguro de cesantía. Superintendencia de Salud (supersalud.gob.cl) para información sobre cotizaciones Isapre y Fonasa. Dirección del Trabajo (dt.gob.cl) para consultas sobre remuneraciones imponibles, asignaciones no imponibles y derechos del trabajador. Recomendamos verificar especialmente el valor de la UTM cada mes en sii.cl, ya que cambia mensualmente y afecta directamente los tramos del impuesto.