Licencia maternidad Colombia (18 semanas)
Ver cálculo paso a paso
La licencia de maternidad en Colombia cubre 18 semanas remuneradas (126 días calendario) financiadas por la EPS al 100% del Ingreso Base de Cotización (IBC) de los últimos 6 meses. Regulada por la Ley 1822 de 2017, incluye 2 semanas adicionales opcionales de paternidad. Esta calculadora estima el monto total del subsidio, fechas de inicio/fin y verifica requisitos de cotización.
La licencia de maternidad en Colombia cubre 18 semanas remuneradas (126 días calendario) financiadas por la EPS al 100% del Ingreso Base de Cotización (IBC) de los últimos 6 meses. Regulada por la Ley 1822 de 2017, incluye 2 semanas adicionales opcionales de paternidad.
Cuándo usar esta calculadora
- Estimar monto de subsidio de maternidad por EPS
- Calcular fechas exactas de inicio y fin de licencia
- Verificar cumplimiento de requisitos (6 meses cotización)
- Planificar licencia extendida con paternidad (2 semanas adicionales)
- Comparar ingresos durante licencia vs. salario normal
- Documentar solicitud ante EPS y empleador
Cómo funciona
3 min read¿Qué es la licencia de maternidad en Colombia?
Es el derecho remunerado de 18 semanas (126 días calendario) que otorga el sistema de seguridad social a la madre gestante. La EPS financia el 100% del Ingreso Base de Cotización durante este período. Aplica desde 30 días antes del parto hasta 90 días después, regulado por la Ley 1822 de 2017.
Cómo se calcula la licencia maternidad
Normativa base
La Ley 1822 de 2017 (reforma artículos 236-239 Código Sustantivo del Trabajo) establece:
Fórmula
Días licencia maternidad = 126 días (18 semanas × 7)
Subsidio diario = IBC promedio ÷ 30
Subsidio total maternidad = (IBC ÷ 30) × 126
Días paternidad adicional = 14 (2 semanas) si incluye
Días totales = 126 + (14 si paternidad) = 126 o 140
Fecha inicio = Fecha parto − 30 días
Fecha fin = Fecha inicio + días totalesEjemplo cálculo
Datos:
Cálculo:
| Concepto | Valor |
|---|---|
| IBC diario | $2.500.000 ÷ 30 = $83.333 |
| Días maternidad | 126 |
| Subsidio maternidad | $83.333 × 126 = $10.499.958 |
| Días paternidad | 14 |
| Subsidio paternidad | $83.333 × 14 = $1.166.662 |
| Subsidio total | $11.666.620 |
| Fecha inicio | 15 mayo − 30 días = 15 abril 2026 |
| Fecha fin | 15 abril + 140 días = 3 septiembre 2026 |
| Cumple requisitos | ✓ Sí (12 meses > 6 mínimo) |
Requisitos obligatorios
1. Cotización mínima: 6 meses en los últimos 12 meses anteriores al parto
2. Contrato vigente en empresa o régimen independiente actualizado
3. Afiliación a EPS: pago a través de la entidad de salud, no el empleador
4. Comunicación: notificar parto a EPS dentro de 8 días hábiles
5. Documentos: certificado médico de embarazo, cédula, contrato laboral
Paternidad adicional (Ley 1822, art. 2°)
Casos especiales
Parto múltiple: No amplia días (siguen siendo 126 + 14 opcional)
Adopción: No aplica licencia de maternidad (existe subsidio adopción diferente)
Complicaciones médicas: Incapacidad médica adicional (no licencia maternidad)
Independiente: EPS cubre si cotiza en régimen contributivo
Desempleada: Sin derecho (requiere cotización activa)
Limitaciones y notas
Para el cálculo del subsidio de paternidad que puede tomarse simultáneamente, usá la calculadora de licencia de paternidad Colombia (2 semanas). Si durante o después de la licencia surgiera una incapacidad médica, revisá la calculadora de incapacidad médica EPS Colombia, que aplica un régimen de pago diferente. Los aportes a EPS y pensión que continúan durante la licencia pueden verificarse con la calculadora de aportes EPS y pensión del empleado Colombia.
Preguntas frecuentes
¿Cuántos días exactos de licencia maternidad me corresponden?
18 semanas = 126 días calendario pagados al 100% por la EPS. Si aprovechas las 2 semanas opcionales de paternidad, suman 140 días totales.
¿Quién paga la licencia maternidad en Colombia?
La EPS (aseguradora de salud), no el empleador. El empleador mantiene tu contrato vigente. El pago es un subsidio del sistema de salud contributivo.
¿Cuántos meses debo haber cotizado para tener derecho?
Mínimo 6 meses de cotización en los 12 meses previos al parto. Si cumplas esto, tienes derecho automático. El empleador no puede negarlo.
¿Cuándo puedo empezar la licencia antes del parto?
Hasta 30 días antes de la fecha estimada de parto. El médico autoriza en el certificado de embarazo. Después del parto, la licencia continúa hasta completar 126 días.
¿Puedo alargar la licencia con las 2 semanas de paternidad?
Sí. 2 semanas adicionales opcionales (Ley 1822/2017) si el padre o segunda madre cumplen 6 meses cotización. Pueden ser consecutivas o divididas.
¿Se descuentan aportes de pensión durante la licencia maternidad?
Sí, la EPS descuenta automáticamente la cuota pensión (4%) del IBC durante los 126 días. Recibes neto después de ese descuento.
¿Qué pasa si el parto es antes de lo esperado?
La licencia se reajusta desde la fecha real del parto, no la estimada. Comunica inmediatamente a la EPS (máximo 8 días hábiles) con certificado médico.
¿Se pagan impuestos de renta sobre el subsidio de maternidad?
No, el subsidio de maternidad está exento del impuesto a la renta según DIAN. No entra en la base gravable del año.
¿Qué documentos debo presentar a la EPS?
Certificado médico de embarazo con fecha estimada parto, cédula, contrato laboral y afiliación a EPS. Hacerlo 30 días antes evita rechazos.
¿Qué pasa si trabajo como independiente o tengo contrato temporal?
Si cotizas en régimen contributivo (EPS) con 6 meses vigentes, tienes derecho. Si es régimen subsidiado (SISBEN), requiere evaluación individual.