Finanzas

Calculadora de interés por mora en Colombia 2026

Calculadora Gratis · Privada
Datos actualizados: · Fuente: Superfinanciera - Circular 100, Tasas Bancarias Corrientes
Revisado por: (política editorial ) · Última revisión:
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En Colombia, cuando no pagas una obligación crediticia a tiempo, se genera un interés de mora regulado por la Superintendencia Financiera. El máximo legal es 1.5 veces la tasa de interés bancaria corriente (Circular 100 de 1995). En 2026, esto representa aproximadamente 33-40% efectivo anual según el tipo de crédito. Esta calculadora estima el monto de mora cobrable y lo compara con el interés civil (6% anual) para protegerte de cobros injustificados.

Última revisión: 27 de abril de 2026 Verificado por Fuente: Superintendencia Financiera - Circular 100 de 1995, Título III, DIAN - Tasa de Cambio Representativa del Mercado (TRM) y referencias financieras, Código Civil Colombiano - Artículos 2240-2260 (Obligaciones con cláusula penal), Ley 1480 de 2011 - Estatuto del Consumidor Financiero, Defensoría del Consumidor Financiero - Guía de Reclamaciones 100% privado

Cuándo usar esta calculadora

  • Verificar si el banco cobra mora dentro del límite legal
  • Reclamar en Superfinanciera cobro de mora excesiva
  • Negociar refinanciación conociendo el costo real de mora
  • Comparar mora entre tarjeta de crédito y crédito personal
  • Proyectar deuda total si la mora se capitaliza 60+ días

Cómo funciona

2 min read

¿Qué es el interés de mora en Colombia?

Es la penalización financiera que cobra el acreedor cuando no pagas una deuda a tiempo, regulada por la Superintendencia Financiera. El máximo legal es 1.5 veces la tasa bancaria corriente, equivalente a aproximadamente 33-40% efectivo anual en 2026. Se aplica sobre el capital adeudado desde el día del incumplimiento.

Cómo se calcula el interés de mora en Colombia

Regulación legal


La Superintendencia Financiera (Circular 100 de 1995, Título III) establece que:
  • Tasa mora máxima = 1.5 × Tasa Bancaria Corriente (TBC) para créditos bancarios

  • Tasa mora = 2 × DTF + 8% para algunos productos antiguos (en desuso)

  • Interés civil = 6% anual (Código Civil, Art. 2257) — tope mínimo de protección
  • Tasas bancarias corrientes 2026 (referencia Superfinanciera)


    Tipo créditoTBC 2026Mora (1.5×)EA aprox.
    Tarjeta de crédito19-25%28.5-37.5%~35%
    Crédito personal15-20%22.5-30%~28%
    Crédito consumo14-18%21-27%~25%
    Hipotecario8-12%12-18%~15%

    Fórmula de cálculo

    Interés mora = Capital × (Tasa mora / 365) × Días mora

    Donde:

  • Tasa mora = menor de:

  • - 1.5 × TBC del tipo de crédito
    - 1.5 × tasa pactada en contrato
  • Capital = saldo adeudado sin incluir intereses previos

  • Días mora = días calendario vencidos
  • Tratamiento de interés ordinario vencido


    Si pasaron >30 días sin pagar cuota:
    1. Se generan intereses ordinarios (negociados)
    2. Esos intereses también generan mora sobre sí mismos
    3. Fórmula: Interés ordinario × (Tasa mora / 365) × (Días mora - 30)

    Ejemplo práctico

    Entrada:

  • Tarjeta de crédito, deuda $2.000.000

  • Mora: 45 días

  • Tasa pactada: 24% EA
  • Cálculo:
    1. TBC tarjeta 2026 ≈ 23%
    2. Tasa mora máxima = 1.5 × 23% = 34.5% EA
    3. Comparar con 1.5 × 24% = 36% (pactada) → usar 34.5% (menor)
    4. Interés mora = $2.000.000 × (34.5% / 365) × 45 = $848.630
    5. Interés civil 6% = $2.000.000 × (6% / 365) × 45 = $148.630
    6. Diferencia legal cobrada: $700.000 (cobrable, pero dentro del tope)

    Limitaciones y advertencias

    1. No es interés compuesto: Se calcula lineal (simple). Si pasa de 90 días, algunos bancos capitalizan (cobran interés sobre interés), lo que incrementa la deuda.

    2. Período de gracia: Los primeros 2-5 días según contrato NO generan mora (leer letra pequeña).

    3. Tasa bancaria corriente varía: Los datos 2026 son referenciales. Consulta la última Circular 100 de Superfinanciera para confirmar TBC.

    4. Créditos hipotecarios: Tienen regulación especial (Ley 1480/2011). La mora es menor (~1.2× tasa, no 1.5×).

    5. Acciones legales: Si cobraron mora >1.5× TBC, puedes:
    - Reclamar ante Superfinanciera (sin costo)
    - Demanda civil Art. 2257 CC (interés civil)
    - Defensoría del Consumidor Financiero

    6. Nulidad vs mora compensada: En insolvencia, Juzgados Civiles pueden rechazar mora excesiva usando "abuso de derecho".

    Preguntas frecuentes

    ¿Cuál es la tasa de mora legal máxima en Colombia 2026?

    Es 1.5 veces la Tasa Bancaria Corriente (TBC) del tipo de crédito, regulada por Superfinanciera. En 2026, esto aproxima 33-40% efectivo anual según producto. El tope absoluto inferior es 6% anual (interés civil).

    ¿Se puede cobrar mora sobre mora si pasa de 90 días?

    Técnicamente no. La mora se calcula sobre el capital adeudado, no compuesta. Sin embargo, si el banco capitaliza (suma la mora al capital), entonces sí genera nueva mora. Esto debe estar explícito en contrato. Si no, puedes reclamarlo.

    ¿Qué diferencia hay entre tasa pactada y tasa de mora?

    La tasa pactada (24%, 18%, etc.) es lo que pagas mientras el crédito está al día. La tasa de mora es distinta y siempre más alta: máximo 1.5× la TBC. Esto sanciona el incumplimiento.

    Si mi banco cobra 40% en mora, ¿es legal?

    Depende del tipo de crédito. Si la TBC 2026 es ~26%, entonces 1.5 × 26% = 39% es legal. Si cobran >39%, puedes reclamar en Superfinanciera. Revisa tu estado de cuenta y compara con TBC oficial.

    ¿Cómo reclamo si el banco me cobró mora excesiva?

    1. Solicita por escrito al banco desagregado de intereses. 2. Presenta queja ante Defensoría del Consumidor Financiero (gratis). 3. Si no resuelve, demanda civil por "cobro injustificado" o Art. 2257 CC. 4. Consigue asesoría de abogado consumer.

    ¿Aplica la misma tasa de mora a créditos hipotecarios?

    No. Los hipotecarios tienen tope menor: máximo 1.2× TBC, aproximadamente 10-14% EA en 2026. Además, la Ley 1480/2011 (Protección al consumidor) añade protecciones extra para vivienda.

    ¿Qué pasa si negoció una tasa de mora diferente en mi contrato?

    Si pactaste explícitamente una tasa menor (ej: 24% fija para mora), esa se aplica siempre que sea ≥6% (legal). Si es mayor a 1.5× TBC, es nula por ley y aplica el tope legal.

    ¿Cuál es el interés legal civil en Colombia?

    Es 6% anual simple, regulado en Código Civil Art. 2257. Se aplica cuando no hay tasa pactada o como piso mínimo de protección. Es el interés de referencia para préstamos entre particulares.

    ¿Se puede negociar o perdonar la mora con el banco?

    Sí. Los bancos pueden acordar condonación parcial de mora como estrategia de cobranza. Si la cartera está +90 días, suelen ofrecer planes de amortización con descuentos. Solicita explícitamente a tu ejecutivo.

    ¿La mora afecta mi score de crédito (Datacrédito)?

    Sí, dramáticamente. Registros desde 30 días de mora afectan tu historial por 4 años. A los 360 días, puede haber demanda ejecutiva. Es crítico pagarla o negociarla antes de 90 días.

    Fuentes y referencias