Finanzas

Calculadora de vacaciones pagadas España (22 días laborables)

Calculadora Gratis · Privada
Datos actualizados: · Fuente: BOE — Estatuto de los Trabajadores
Revisado por: (política editorial ) · Última revisión:
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En España, el Estatuto de los Trabajadores (art. 38 ET) garantiza un mínimo de 30 días naturales de vacaciones al año, equivalentes a 22 días laborables en una semana de 5 días. Si no has trabajado el año completo, tus vacaciones se calculan de forma proporcional a los meses trabajados. Esta calculadora te indica cuántos días te corresponden, qué retribución incluye la paga de vacaciones y cuánto recibirías si el convenio o la extinción del contrato te obliga a compensarlas económicamente.

Última revisión: 29 de mayo de 2026 Verificado por Fuente: Estatuto de los Trabajadores — Art. 38: Vacaciones anuales, Agencia Tributaria — Rendimientos del trabajo: retribuciones en especie y dinerarias, Ministerio de Trabajo y Economía Social — Guía Laboral: Vacaciones, Tribunal Supremo — Doctrina sobre retribución vacacional (STS 8 jun. 2016, rec. 207/2015) 100% privado

En España el mínimo legal son 30 días naturales (22 laborables) de vacaciones por año completo trabajado, según el artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores. Si no trabajaste el año completo, se calculan proporcionalmente. Con un salario bruto de 24.000 €/año, el valor económico de los 22 días laborables asciende a 1.833 € brutos.

Cuándo usar esta calculadora

  • Calcular los días de vacaciones que te quedan al terminar un contrato temporal
  • Saber cuánto te pagan en la liquidación final si no has disfrutado las vacaciones
  • Estimar la retribución de las vacaciones en un trabajo a jornada parcial
  • Comprobar si tu empresa te está abonando correctamente la parte proporcional al incorporarte en mitad del año
  • Planificar la solicitud de vacaciones tras una baja por IT o maternidad/paternidad
  • Conocer el valor económico de los días pendientes al cambiar de empresa

Cómo funciona

2 min read

¿Qué son las vacaciones pagadas en España?

Las vacaciones pagadas en España son el derecho legal de todo trabajador a 30 días naturales (22 laborables) anuales de descanso retribuido, según el Estatuto de los Trabajadores. Se calculan proporcionalmente si no se trabaja el año completo. Un empleado con salario bruto de 24.000 € devenga aproximadamente 1.833 € en vacaciones anuales.

Cómo se calcula

El cálculo de vacaciones pagadas en España se basa en el artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores (ET), que fija un mínimo de 30 días naturales al año, equivalentes a 22 días laborables en una distribución de lunes a viernes.

Fórmula

1. Meses computables

Se suman los meses completos trabajados. Si hay un mes incompleto, se considera completo si se han trabajado 16 días o más (criterio mayoritario en convenios y jurisprudencia del TS):

Meses computables = meses_trabajados + (días_fracción >= 16 ? 1 : 0)

2. Días laborables devengados (año completo = 22 días)

Días laborables devengados = (días_convenio / 12) × meses_computables

Para jornada parcial, se aplica un factor proporcional a los días trabajados por semana respecto a los 5 de jornada completa:

Factor jornada = días_semana / 5
Días ajustados = días_laborables_devengados × factor_jornada

3. Valor económico del día

Las vacaciones se retribuyen con el salario ordinario del trabajador (art. 38.1 ET y doctrina del Tribunal Supremo). El valor diario se calcula sobre el salario bruto anual dividido entre los días laborables anuales teóricos:

Días laborables año = 52 semanas × días_semana
Valor día bruto = salario_bruto_anual / días_laborables_año

4. Valor total devengado y pendiente

Valor vacaciones devengadas = valor_día × días_devengados
Valor pendiente = valor_día × días_pendientes

Ejemplo

Trabajador con salario bruto anual de 24.000 €, jornada completa (5 días/semana), que lleva 9 meses completos trabajados y ha disfrutado ya 5 días de vacaciones:

ConceptoValor
Días convenio (mínimo legal)22 días laborables
Días devengados (9/12 × 22)16,5 días laborables
Días pendientes (16,5 − 5)11,5 días laborables
Días laborables año completo260 días
Valor día bruto24.000 / 260 = 92,31 €
Valor vacaciones devengadas16,5 × 92,31 = 1.523,08 €
Valor pendiente (compensable)11,5 × 92,31 = 1.061,54 €

Esta cantidad figura incluida en la nómina mensual durante el período de vacaciones; solo se abona como compensación económica separada en caso de extinción del contrato o, excepcionalmente, si el convenio lo permite.

Limitaciones

  • No incluye complementos salariales variables (horas extra, comisiones, plus de nocturnidad) que algunos convenios sí incorporan al cálculo de la retribución vacacional.

  • La compensación económica de vacaciones no disfrutadas está prohibida durante la vigencia del contrato (art. 38.3 ET); solo es posible en la liquidación final.

  • Los convenios colectivos pueden establecer bases de cálculo distintas o días adicionales; consulta siempre tu convenio específico.

  • Las pagas extraordinarias se incluyen en el salario bruto anual si están prorrateadas; si se abonan en fecha fija, verifica que tu dato de entrada las contemple.

  • Esta calculadora no tiene en cuenta la retención de IRPF ni las cotizaciones a la Seguridad Social aplicables sobre el importe bruto.
  • Preguntas frecuentes

    ¿Cuántos días de vacaciones me corresponden en España por ley?

    El artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores fija un mínimo de 30 días naturales al año, equivalentes a 22 días laborables en una jornada de lunes a viernes. Los convenios colectivos pueden ampliar este mínimo pero nunca reducirlo.

    ¿Se pueden cobrar las vacaciones en lugar de disfrutarlas?

    No durante la vigencia del contrato. El artículo 38.3 ET prohíbe expresamente sustituir las vacaciones por compensación económica. Solo al extinguirse la relación laboral (despido, fin de contrato, baja voluntaria) la empresa debe abonar la parte proporcional no disfrutada en la liquidación.

    ¿Cómo se calculan las vacaciones si he trabajado menos de un año?

    Se calcula la parte proporcional: (días de convenio / 12) × meses trabajados. Si el último mes está incompleto y has trabajado 16 días o más en él, se cuenta como mes completo según criterio habitual de la jurisprudencia y la mayoría de convenios.

    ¿Qué salario se usa para calcular la retribución de las vacaciones?

    El Tribunal Supremo (doctrina consolidada) establece que las vacaciones deben retribuirse con el salario ordinario del trabajador, es decir, lo que percibiría si estuviese trabajando. Esto incluye el salario base y los complementos salariales fijos, pero puede excluir los variables según el convenio aplicable.

    ¿Qué ocurre si me pongo enfermo durante las vacaciones?

    Desde la reforma del ET de 2012, si una incapacidad temporal (IT) coincide con el período de vacaciones, tienes derecho a disfrutar las vacaciones en fecha distinta, aunque haya concluido el año natural. El Tribunal de Justicia de la UE y el Tribunal Supremo han respaldado este criterio reiteradamente.

    ¿Las vacaciones en jornada parcial se calculan igual?

    El número de días laborables de vacaciones se reduce proporcionalmente a los días trabajados por semana respecto a los 5 de la jornada completa. Así, un trabajador a 3 días/semana devenga 3/5 de los 22 días laborables, es decir, 13,2 días laborables.

    ¿Puedo acumular vacaciones de un año para otro?

    En general no. Las vacaciones deben disfrutarse dentro del año natural o en los plazos que fije el convenio colectivo. No obstante, si la empresa no fijó el calendario con 2 meses de antelación o si hubo IT, maternidad o paternidad, la ley permite su disfrute fuera del año natural.

    ¿Cómo afecta una excedencia o una baja de larga duración al cómputo de vacaciones?

    Durante la excedencia voluntaria no se devengan vacaciones porque no hay prestación de servicios. La baja por IT sí computa para el devengo de vacaciones, por lo que el trabajador mantiene su derecho a disfrutarlas aunque la baja se extienda a lo largo del período vacacional.

    ¿Qué pasa si mi convenio da más de 22 días?

    La calculadora permite introducir los días de vacaciones del convenio (campo «Días laborables de vacaciones según convenio»). El mínimo legal es 22 días laborables; si tu convenio establece, por ejemplo, 25 días, introduce ese valor para obtener el cálculo correcto.

    ¿Tributa la compensación económica de vacaciones en el IRPF?

    Sí. La compensación por vacaciones no disfrutadas abonada en la liquidación final tributa como rendimiento del trabajo en el IRPF y está sujeta a cotización a la Seguridad Social, igual que el resto de la nómina. No existe ninguna exención específica para este concepto.

    Fuentes y referencias

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