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Bienes personales 2026🇦🇷

Actualizado junio de 2026
Calculadora Gratis · Privada
Revisado por: (política editorial ) · Última revisión:

El impuesto a los Bienes Personales grava el patrimonio de las personas humanas al 31 de diciembre de cada año. Para el período fiscal 2025 (declaración en junio 2026), el mínimo no imponible general es de $384.728.044,57 y la casa-habitación queda exenta hasta $1.346.548.155,99 adicionales. Esta calculadora te muestra si quedás alcanzado y cuánto pagás, aplicando la escala progresiva sobre la base imponible (patrimonio menos MNI y vivienda). El cálculo corre en tu navegador: no guardamos tus datos ni requerimos registro.

Última revisión: 03 de junio de 2026 Revisado por Fuente: ARCA (ex AFIP) — Bienes Personales: alícuotas y conceptos básicos, ARCA — Valuaciones período fiscal 2025, Ley 27.743 — Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes (BO 08/07/2024), ARCA — Vencimientos declaración jurada Bienes Personales, iProfesional — Bienes Personales 2026: qué hay que declarar y nuevos montos 100% privado

Cuándo usar esta calculadora

  • Profesional independiente que quiere saber si sus inversiones financieras, inmueble y auto superan el MNI antes de la declaración de junio.
  • Persona con un departamento y ahorros en plazo fijo que necesita estimar el anticipo del siguiente año para planificar su flujo de caja.
  • Contador o asesor fiscal que quiere una estimación rápida para un cliente antes de cargar el sistema SIAP/Bienes Personales de ARCA.
  • Contribuyente que evalúa si conviene adherirse al régimen especial del REIBP (Régimen Especial de Ingreso) antes del cierre del período.

Ejemplo: profesional con inversiones y vivienda propia

  1. Patrimonio total al 31/12: $800.000.000 (depto $500M + auto $30M + plazos fijos $200M + acciones $70M)
  2. MNI período fiscal 2025: $384.728.044
  3. Vivienda única habitual: $0 (el depto ya está incluido en el patrimonio pero no es habitación propia; si fuera casa habitación se deduciría aparte)
  4. Base imponible = $800.000.000 − $384.728.044 = $415.271.956
  5. Tramo 1 (hasta $250.000.000): $250.000.000 × 0,50% = $1.250.000
  6. Tramo 2 ($250M–$500M, excedente $165.271.956): $165.271.956 × 0,75% = $1.239.540
  7. Impuesto total = $1.250.000 + $1.239.540 = $2.489.540
  8. Alícuota efectiva sobre patrimonio total = $2.489.540 / $800.000.000 = 0,31%
Resultado: Impuesto anual: $2.489.540 | Alícuota efectiva: 0,31%

Cómo funciona

2 min de lectura

Qué es el Impuesto sobre los Bienes Personales

El Impuesto sobre los Bienes Personales (IBP) grava el patrimonio de las personas humanas y sucesiones indivisas domiciliadas en Argentina, valuado al 31 de diciembre de cada año. Lo regula la Ley 23.966 con las modificaciones introducidas por la Ley 27.743 (julio 2024).

Cómo se calcula

Paso 1: determinar la base imponible

Base imponible = max(0 ; Patrimonio total − MNI − Vivienda única habitual)

Si la base imponible resulta cero o negativa, no se paga impuesto.

Paso 2: aplicar la escala progresiva

La escala se aplica por tramos sobre la base imponible (no sobre el patrimonio total):

Tramo (base imponible)Alícuota
Hasta $250.000.0000,50%
Más de $250.000.000 hasta $500.000.0000,75%
Más de $500.000.000 hasta $1.000.000.0001,00%
Más de $1.000.000.000 hasta $2.000.000.0001,25%
Más de $2.000.000.0001,75%

Cada tramo se calcula solo sobre el monto que cae en ese rango, igual que en el Impuesto a las Ganancias.

Paso 3: alícuota efectiva

Alícuota efectiva (%) = Impuesto / Patrimonio total × 100

Siempre es inferior a la alícuota marginal porque los primeros tramos pagan menos.

Qué bienes se incluyen al 31/12

  • Inmuebles: valor de referencia fiscal (valuación fiscal o 60% del VPR según norma), sin deducir hipotecas.

  • Automotores: tabla ARCA al valor de mercado del 31/12.

  • Cuentas bancarias y plazos fijos: saldo al 31/12 (los depósitos en pesos están exentos por el Decreto 466/99).

  • Títulos, acciones y cuotapartes: valor de cotización o VPP.

  • Criptomonedas: valor según cotización en el exchange de referencia al 31/12.

  • Bienes personales del hogar: estimados al 5% del total de bienes gravados.
  • Bienes en el exterior

    Los bienes del exterior tributan con alícuotas más altas (salvo repatriación del 5% o adhesión al REIBP). Esta calculadora no cubre ese escenario — para bienes en el exterior consultá con un contador.

    Cuándo consultar a un contador

  • Si tenés bienes en el exterior o participaciones en sociedades.

  • Si estás evaluando adherir al Régimen Especial de Ingreso (REIBP).

  • Si recibiste una intimación de ARCA o te rechazaron la baja del impuesto.

  • Para elegir entre el régimen general y las alícuotas reducidas para contribuyentes cumplidores.
  • Disclaimer: Este resultado es orientativo y no reemplaza la declaración jurada oficial ni el asesoramiento de un contador público matriculado (FACPCE).

    Preguntas frecuentes

    ¿Cuál es el mínimo no imponible de Bienes Personales para la declaración de 2026?

    Para el período fiscal 2025 (declaración jurada que vence en junio 2026) el MNI general es $384.728.044,57. Este valor se actualiza cada año por el IPC-INDEC según lo establecido por la Ley 27.743.

    ¿Cuándo vence la presentación de la declaración jurada de Bienes Personales 2026?

    El vencimiento para el período fiscal 2025 es en junio 2026: CUIT terminada en 0-1-2-3 el 11 de junio; CUIT 4-5-6 el 12 de junio; CUIT 7-8-9 el 16 de junio. El pago del saldo vence al día siguiente de la presentación.

    ¿La vivienda única está exenta del impuesto?

    Sí, pero con un tope. La casa-habitación (inmueble de uso habitual) queda exenta hasta $1.346.548.155,99 para el período fiscal 2025. Si vale más que ese tope, solo se deduce hasta ese límite. Además, si tu patrimonio total sin la vivienda no supera el MNI, directamente no quedás alcanzado.

    ¿Las criptomonedas entran en Bienes Personales?

    Sí. Las criptomonedas (Bitcoin, stablecoins, tokens, etc.) se declaran por el valor de cotización en el exchange de referencia al 31 de diciembre. Se consideran bienes situados en el exterior si la custodia está en una billetera o exchange fuera del país, lo que puede implicar una alícuota más alta.

    ¿Los depósitos bancarios en pesos están exentos?

    Los depósitos a plazo fijo en pesos de personas humanas están exentos del impuesto (Decreto 466/99). Sin embargo, los depósitos en dólares en cajas de ahorro y plazos fijos en moneda extranjera sí tributan y deben declararse al tipo de cambio al 31/12.

    ¿Qué son los anticipos de Bienes Personales?

    ARCA exige 5 anticipos a cuenta del impuesto del año siguiente, que se descuentan del saldo de la declaración jurada siguiente. El primer anticipo equivale al 20% del impuesto del período anterior. Si estimás que tu patrimonio bajó, podés solicitar una reducción de anticipos ante ARCA.

    ¿Qué es el REIBP y conviene adherirse?

    El Régimen Especial de Ingreso de Bienes Personales (REIBP), creado por la Ley 27.743, permite pagar el impuesto correspondiente a varios períodos por adelantado con una alícuota reducida y fija. Conviene evaluarlo con un contador, ya que depende del nivel patrimonial, las expectativas de inflación y la capacidad de pago anticipado.

    ¿La alícuota es flat o progresiva?

    Es progresiva por tramos, igual que el Impuesto a las Ganancias. Solo el monto de la base imponible que cae en cada tramo tributa a esa alícuota: el primer tramo al 0,5%, el segundo al 0,75%, el tercero al 1%, y así. La alícuota efectiva sobre el patrimonio total siempre es menor que la tasa marginal del último tramo.

    ¿Cómo se valúan los inmuebles para Bienes Personales?

    Los inmuebles se valúan al mayor entre: (a) valor de la escritura ajustado por el coeficiente de actualización ARCA, y (b) valuación fiscal. Los inmuebles rurales tienen reglas específicas. ARCA publica una tabla de coeficientes de actualización cada año.

    ¿Cómo doy de baja la inscripción en Bienes Personales si no llego al mínimo?

    Podés dar de baja el impuesto en el portal de ARCA (ex AFIP) si tu patrimonio gravado al 31/12 queda por debajo del MNI. La baja se solicita desde la web con Clave Fiscal nivel 2 o superior, antes del vencimiento de la declaración jurada.

    Fuentes y referencias

    Metodología y confianza

    Editorial

    Contenido revisado por el equipo editorial de Hacé Cuentas, con apego a nuestra política editorial y metodología de cálculo.

    Actualización

    Última revisión: 03 de junio de 2026. Los parámetros fiscales, legales y datos se verifican periódicamente con las fuentes citadas.

    Privacidad

    Los cálculos corren 100% en tu navegador. No guardamos ni transmitimos tus datos. Leé nuestra política de privacidad.

    Limitaciones

    Resultados orientativos. Para decisiones financieras, médicas o legales críticas, consultá con un profesional.