Impuesto PAIS pasaje🇦🇷
Actualizado junio de 2026Ver cálculo paso a paso
El Impuesto PAIS (Para una Argentina Inclusiva y Solidaria) fue una alícuota que gravaba la compra de divisas para servicios en el exterior, incluidos los pasajes internacionales. Quedó derogado el 22 de diciembre de 2024 (Decreto 1057/2024), así que ya no se aplica. Lo que sí sigue vigente en 2026 es la percepción del 30% a cuenta de Ganancias/Bienes Personales sobre los pasajes y servicios de transporte al exterior pagados en pesos (RG 5617). Esa percepción es un pago a cuenta recuperable. Esta calculadora te deja configurar las alícuotas para presupuestar un pasaje hoy (PAÍS 0% + percepción 30%) o reconstruir lo que pagaste en años anteriores. La fórmula base es: Costo Final = Pasaje USD × (1 + %ImPAIS + %Percepción).
| Pasaje base (USD) | Régimen histórico: PAÍS 30% + Percepción 45% | Costo total histórico (USD) | Recuperable histórico (USD) | Régimen 2026: PAÍS 0% + Percepción 30% | Costo total 2026 (USD) | Recuperable 2026 (USD) |
|---|---|---|---|---|---|---|
| 500 | 75% de recargo | 875.00 | 225.00 (percepc.) | 30% de recargo | 650.00 | 150.00 (percepc.) |
| 800 | 75% de recargo | 1 400.00 | 360.00 (percepc.) | 30% de recargo | 1 040.00 | 240.00 (percepc.) |
| 1 200 | 75% de recargo | 2 100.00 | 540.00 (percepc.) | 30% de recargo | 1 560.00 | 360.00 (percepc.) |
| 2 000 | 75% de recargo | 3 500.00 | 900.00 (percepc.) | 30% de recargo | 2 600.00 | 600.00 (percepc.) |
Fórmula: Costo total = Pasaje × (1 + %PAIS/100 + %Percepcion/100). Recuperable = Pasaje × %Percepcion/100 (pago a cuenta de Ganancias/BB.PP., recuperable en DDJJ). Régimen histórico (dic-2019–ago-2024): PAÍS 30% + Percepción 45% (fuente: explanation del JSON y RG 4815/2020). Régimen 2026: PAÍS 0% (derogado por Decreto 1057/2024 el 22/12/2024) + Percepción 30% solo si el pasaje se paga en pesos (RG 5617). El Impuesto PAÍS NO era recuperable; la percepción SÍ lo es.
Cuándo usar esta calculadora
- Presupuestar el costo real de un vuelo internacional antes de comprarlo, sabiendo exactamente cuánto se pagará en pesos al tipo de cambio oficial.
- Calcular el recupero posible vía declaración jurada anual de Ganancias o Bienes Personales para no dejar plata sobre la mesa.
- Comparar el costo efectivo de comprar el pasaje con tarjeta de crédito argentina versus pagar con una cuenta en el exterior sin estos cargos.
- Estimar el impacto impositivo total al planificar un viaje de negocios y decidir qué tipo de comprobante pedir a la aerolínea para deducción.
- Verificar si una oferta de pasaje en 'dólares baratos' sigue siendo conveniente una vez sumados el Impuesto PAIS y la percepción de AFIP.
Ejemplo 2026: pasaje USD 1.200 pagado en pesos (PAÍS 0% + percepción 30%)
- Pasaje: USD 1.200
- Impuesto PAÍS: 0% (derogado) → USD 0
- Percepción Ganancias: 30% → USD 360 (recuperable en tu DDJJ)
- USD 1.200 + USD 360
Cómo funciona
4 min de lecturaCómo se calcula
El costo final de un pasaje internacional comprado con tarjeta o transferencia en Argentina tiene dos componentes impositivos principales que se suman al valor en USD:
Impuesto PAIS ($) = Pasaje_USD × TC_Oficial × Alícuota_PAIS
Percepción AFIP ($) = Pasaje_USD × TC_Oficial × Alícuota_Percepción
Costo Final ($) = (Pasaje_USD × TC_Oficial) × (1 + Alícuota_PAIS + Alícuota_Percepción)
Recupero Posible ($) = Pasaje_USD × TC_Oficial × Alícuota_Percepción> Nota importante: La percepción no es un impuesto adicional neto; es un pago a cuenta del Impuesto a las Ganancias (o Bienes Personales si no tributás Ganancias). Podés recuperarla en la declaración jurada anual. El Impuesto PAIS, en cambio, no se recupera.
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Tabla de referencia
Las alícuotas para servicios al exterior (incluyendo pasajes) cambiaron mucho. La siguiente tabla resume los valores históricos y el estado vigente en 2026:
| Período | Impuesto PAIS | Percepción Ganancias/BB.PP. | Recuperable |
|---|---|---|---|
| Dic 2019 – Ago 2024 | 30 % | 45 % | Sólo percepción |
| Sep – 22 dic 2024 | 17,5 % (servicios) | 45 % → 30 % | Sólo percepción |
| 23 dic 2024 – 1 ene 2026 | 0 % (derogado) | 30 % | Sólo percepción |
| Desde 2 ene 2026 | 0 % (derogado) | 30 % sólo si el pasaje se paga en pesos; 0 % si pagás directo en USD | Sólo percepción |
> El Impuesto PAIS quedó derogado el 22 de diciembre de 2024 (Decreto 1057/2024; venció el plazo de 5 años de la Ley 27.541). No es recuperable. La percepción del 30 % a cuenta de Ganancias se eliminó para consumos directos en moneda extranjera el 2 de enero de 2026, pero sigue vigente al 30 % sobre pasajes y transporte al exterior pagados en pesos (RG 5617), y es recuperable en la DDJJ.
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Casos típicos
Caso 1 — Pasaje comprado durante vigencia plena del Impuesto PAIS (alícuotas 30 % + 45 %)
Caso 2 — Pasaje comprado post-derogación del Impuesto PAIS (alícuota 0 % + 30 %)
Caso 3 — Pasaje ida y vuelta compuesto
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Errores comunes
1. Creer que la percepción es un impuesto perdido. La percepción de AFIP (RG 4815 y modificatorias) es un pago a cuenta del Impuesto a las Ganancias o Bienes Personales. Si presentás tu declaración jurada, podés recuperarla íntegramente o acreditarla contra otros impuestos.
2. Usar el tipo de cambio blue o MEP para calcular. El Impuesto PAIS y la percepción se aplican sobre el tipo de cambio oficial (BNA vendedor) del día de la compra, sin importar a qué tipo de cambio adquiriste los dólares previamente.
3. Olvidar que el Impuesto PAIS fue derogado el 22 de diciembre de 2024. Muchas calculadoras y artículos online siguen mostrando el 30 % de Impuesto PAIS como vigente. Desde el 23/12/2024 esa alícuota es 0 % (Decreto 1057/2024).
4. Confundir el impuesto con el recargo de la tarjeta. Las tarjetas de crédito pueden tener sus propios recargos o financiación, que son separados e independientes del Impuesto PAIS y la percepción de AFIP.
5. No guardar el comprobante de compra del pasaje. Para reclamar el recupero de la percepción en la DDJJ, necesitás el comprobante que acredite el pago. Sin él, AFIP puede desconocer el crédito.
6. Asumir que todos los servicios tienen la misma alícuota. Servicios de streaming, plataformas digitales y pasajes tienen regímenes de percepción diferenciados. Esta calculadora aplica específicamente a pasajes de avión internacional.
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Preguntas frecuentes
¿El Impuesto PAIS todavía está vigente en 2025/2026?
No. El Impuesto PAIS quedó derogado el 22 de diciembre de 2024 (Decreto 1057/2024), al vencer el plazo de 5 años de la Ley 27.541, y no fue prorrogado. Para pasajes comprados desde entonces, la alícuota del Impuesto PAIS es 0 %. Lo que sí continúa es la percepción del 30 % a cuenta de Ganancias/Bienes Personales sobre los pasajes y servicios de transporte al exterior pagados en pesos: es un pago a cuenta recuperable en la declaración jurada.
¿Qué es exactamente la percepción de AFIP y en qué se diferencia del Impuesto PAIS?
La percepción de AFIP (regulada por la RG 4815/2020 y sus modificatorias) es un adelanto del Impuesto a las Ganancias o Bienes Personales que las entidades financieras retienen al momento de la compra. A diferencia del Impuesto PAIS —que era un tributo definitivo y no recuperable—, la percepción puede acreditarse en tu declaración jurada anual o solicitarse como devolución si resultás con saldo a favor. La tasa actual es del 30 % para ambos impuestos.
¿Cómo recupero la percepción que me cobraron al comprar el pasaje?
La recuperás al presentar tu Declaración Jurada anual de Ganancias o Bienes Personales en AFIP (portal afip.gob.ar). El monto percibido figura en tu cuenta tributaria como pago a cuenta. Si el importe supera el impuesto determinado, tenés saldo a favor que podés aplicar a otros períodos o solicitar en devolución mediante el formulario F.746. Es fundamental conservar el comprobante de compra del pasaje.
¿Sobre qué tipo de cambio se calculan estos impuestos?
Siempre sobre el tipo de cambio oficial vendedor del Banco de la Nación Argentina (BNA) vigente al momento de la acreditación de la compra, no sobre el dólar MEP, blue ni ningún otro. Esto significa que aunque hayas comprado los dólares previamente a otro tipo de cambio, los impuestos se calculan sobre el TC oficial del día en que la tarjeta o entidad financiera procesa la operación.
¿Aplica lo mismo si compro el pasaje directamente en el sitio de la aerolínea con tarjeta argentina?
Sí. Independientemente de si comprás en el sitio de la aerolínea, en una agencia de viajes o a través de una OTA (Booking, Despegar, etc.), si el pago se realiza con tarjeta de débito o crédito emitida en Argentina y la transacción se procesa en dólares, la entidad financiera aplicará la percepción de AFIP y, en caso de que estuviera vigente, el Impuesto PAIS. Si pagás con una tarjeta o cuenta del exterior (ej. Wise, Revolut con fondos en el exterior), estos cargos no aplican.
¿Los pasajes de cabotaje también pagan Impuesto PAIS o percepción?
No. Ninguno de estos impuestos aplica a vuelos de cabotaje (dentro de Argentina), ya que se trata de servicios prestados en el territorio nacional y facturados en pesos. El Impuesto PAIS y la percepción de AFIP aplican exclusivamente a la compra de divisas para servicios prestados en el exterior, categoría en la que sí entran los pasajes internacionales.
¿Qué pasa si no hago la declaración jurada de Ganancias? ¿Pierdo la percepción?
En principio sí. Si no presentás declaración jurada de Ganancias ni de Bienes Personales, no podés acreditar ni solicitar la devolución de la percepción retenida. Sin embargo, los montos percibidos quedan registrados en tu cuenta tributaria de AFIP durante al menos 5 años. Si en algún momento presentás las DDJJ atrasadas y surgiera saldo a favor, podrías reclamar la acreditación. Se recomienda consultar a un contador matriculado para analizar tu situación particular.
¿La percepción es la misma para Ganancias y para Bienes Personales?
Desde las últimas modificaciones, la alícuota de percepción a cuenta de Ganancias y a cuenta de Bienes Personales quedó unificada en el 30 %. Anteriormente existía una diferencia: 45 % para Ganancias y 25 % para Bienes Personales. AFIP aplica automáticamente la percepción; el contribuyente luego la imputa en la DDJJ del impuesto que corresponda según su situación fiscal.
Fuentes y referencias
- AFIP — Régimen de Percepción RG 4815/2020 y modificatorias (Compra de divisas para servicios al exterior)
- Boletín Oficial — Decreto 1057/2024 (fin del Impuesto PAÍS, 22/12/2024)
- ARCA / Argentina.gob.ar — Eliminación de las percepciones del 30% por compras de moneda extranjera (02/01/2026)
- AFIP — Mi Cuenta Tributaria (consulta de percepciones acumuladas)
Metodología y confianza
Contenido revisado por el equipo editorial de Hacé Cuentas, con apego a nuestra política editorial y metodología de cálculo.
Última revisión: 15 de junio de 2026. Los parámetros fiscales, legales y datos se verifican periódicamente con las fuentes citadas.
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