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Renta arrendador Colombia deducciones

Calculadora Gratis · Privada
Datos actualizados: · Fuente: DIAN - Resoluciones tramos y UVT 2026
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Calcula tu renta líquida cedular como arrendador en Colombia. Descuenta gastos deducibles: mantenimiento, impuesto predial, intereses de hipoteca y depreciación del inmueble. Estima el ISR según tramos 2026 DIAN y la retención que hace el inquilino persona moral al 3.5%. Herramienta para personas naturales con cédula.

Última revisión: 9 de junio de 2026 Verificado por Fuente: DIAN - Declaración renta 2026 personas naturales no residentes, Decreto 2649 de 1993 - Normas de contabilidad para deducciones, Resolución DIAN 000626 de 2023 - UVT y tramos ISR 2026, Manual del declarante - Renta no laboral y arrendamientos 100% privado

Calcula tu renta líquida cedular como arrendador en Colombia. Descuenta gastos deducibles: mantenimiento, impuesto predial, intereses de hipoteca y depreciación del inmueble. Estima el ISR según tramos 2026 DIAN y la retención que hace el inquilino persona moral al 3.5%. Herramienta para personas naturales con cédula.

Cuándo usar esta calculadora

  • Arrendador persona natural con una o varias propiedades en alquiler
  • Cálculo de renta cedular no laboral para declaración anual DIAN
  • Estimación de impuesto a pagar y retención en la fuente inquilino
  • Análisis de rentabilidad neta tras deducciones y cargas impositivas
  • Comparación de flujos netos con diferentes gastos deducibles

Cómo funciona

3 min read

¿Qué es la renta cedular de arrendamiento en Colombia?

Es el ingreso bruto por alquiler de un inmueble menos los gastos deducibles: mantenimiento, impuesto predial, intereses hipotecarios y depreciación. La DIAN aplica retención del 3.5% si el inquilino es persona moral. Este resultado gravable se tributa según los tramos de renta 2026, desde 0% hasta 24% según el monto.

Cómo se calcula renta arrendador Colombia 2026

La renta cedular no laboral para arrendamientos en Colombia se obtiene descontando del canon gravable todos los gastos deducibles permitidos por DIAN.

Fórmula

Canon anual = Canon mensual × Meses activos

Total deducciones = Mantenimiento + Impuesto predial + Intereses hipoteca + Depreciación

Depreciación anual = Valor inmueble × Tasa depreciación (%)

Renta líquida cedular = Canon anual − Total deducciones

Retención inquilino (si es persona jurídica) = Canon anual × 3.5%

ISR = Renta líquida × Tarifa marginal (según tramos DIAN 2026)

Flujo neto anual = Canon anual − Deducciones − ISR

Tramos ISR renta no laboral 2026 (DIAN)

Rango UVTRenta anual (aprox $)Tarifa marginal
0 – 107 UVT$0 – $39.5 M0%
107 – 223 UVT$39.5 – $82.2 M8%
223 – 445 UVT$82.2 – $163.5 M14%
445 – 890 UVT$163.5 – $326.8 M19%
Más de 890 UVTMás de $326.8 M24%

Nota: UVT 2026 = $52.374 (aproximado); valores sujetos a actualización oficial DIAN.

Deducciones permitidas

1. Mantenimiento y reparaciones: Pintura, reparación fontanería, electricidad, vidrios, servicios técnicos certificados.
2. Impuesto predial: Gravamen unificado anual sobre el predio. Podés calcularlo con la calculadora de impuesto predial Bogotá 2026, que es uno de los gastos deducibles más significativos.
3. Intereses hipotecarios: Solo la porción de intereses de la cuota del crédito (no la amortización de capital).
4. Depreciación: 5–10% anual sobre el valor del edificio/mejoras (no terreno). Típicamente 5% (vida útil 20 años) o 10% (10 años).
5. Servicios públicos (si corre a cargo arrendador): agua, luz, gas.
6. Administración (en edificios de apartamentos): cuota de administración común.
7. Seguros: Póliza incendio/responsabilidad civil.

NO deducibles: Amortización de capital del crédito, IVA pagado (para personas no obligadas a IVA), multas, sanciones.

Retención en la fuente

  • Si el inquilino es persona jurídica (empresa, sociedad comercial): retención 3.5% sobre canon.

  • Si es persona natural: no hay retención obligatoria en origen.

  • Esta retención se acredita contra el ISR a pagar.
  • Ejemplo

    Datos:

  • Canon mensual: $2.500.000

  • Meses activos: 12

  • Mantenimiento: $600.000

  • Impuesto predial: $1.200.000

  • Intereses hipoteca: $3.600.000

  • Valor edificio: $150.000.000

  • Depreciación: 5% anual

  • Inquilino: Persona jurídica
  • Cálculo:

  • Canon anual = $2.500.000 × 12 = $30.000.000

  • Depreciación = $150.000.000 × 5% = $7.500.000

  • Total deducciones = $600.000 + $1.200.000 + $3.600.000 + $7.500.000 = $12.900.000

  • Renta líquida = $30.000.000 − $12.900.000 = $17.100.000

  • Retención inquilino = $30.000.000 × 3.5% = $1.050.000

  • ISR: $17.100.000 cae en tramo 0% (< $39.5 M) → ISR = $0

  • Flujo neto = $30.000.000 − $12.900.000 − $1.050.000 = $16.050.000
  • Limitaciones y consideraciones

    1. Documentación: Todos los gastos deben estar documentados con facturas y soportes contables.
    2. Depreciación: Solo aplica si el inmueble se mantiene como activo rentable; se recupera vía impuesto diferido al vender.
    3. Cambios normativos: DIAN puede ajustar tasas y límites; consultar anualmente.
    4. Acumulación de rentas: Si tienes renta laboral, se acumula con no laboral para ISR total (progresividad). Para ver el impacto completo de todas tus cédulas, usá la calculadora de impuesto renta por cédulas Colombia.
    5. Impuesto municipal: Algunas ciudades cobran contribución sobre arrendamiento (ej. Bogotá); no incluida aquí.
    6. Anticipo ISR: Si renta excede $4.7 M, puede existir obligación de anticipo trimestral o mensual.
    7. Ganancias ocasionales: Si vendes la propiedad, aplica impuesto sobre la ganancia (diferente régimen). También podés planificar el canon anual con la calculadora de aumento de arriendo por IPC Colombia, que muestra el incremento máximo legal permitido.

    Preguntas frecuentes

    ¿Qué gastos puedo descontar como arrendador en Colombia?

    Mantenimiento/reparaciones, impuesto predial, intereses hipotecarios, depreciación (5–10% anual), servicios públicos a cargo tuyo, cuota administración (edificios), y seguros. NO deduces amortización de capital, multas ni sanciones.

    ¿Cuál es la tarifa ISR para arrendatarios en 2026?

    Depende de tu renta no laboral total: 0% hasta $39.5 M; 8% ($39.5–$82.2 M); 14% ($82.2–$163.5 M); 19% ($163.5–$326.8 M); 24% (más de $326.8 M). Son tramos marginales, no sobre renta total.

    ¿Qué es la depreciación y cómo se calcula?

    Descuento anual por desgaste del inmueble. Se aplica sobre el valor de construcción/mejoras (no terreno). Típicamente 5% anual (vida útil 20 años) o 10% (10 años). Es una deducción que reduce renta gravable pero se recupera en venta.

    ¿Me retienen dinero si el inquilino es empresa?

    Sí. Si es persona jurídica, retiene el 3.5% del canon antes de pagarte. Este porcentaje se acredita contra tu ISR anual. Persona natural no retiene obligatoriamente.

    ¿Debo pagar anticipos de impuesto si arriendo?

    Si tu renta anual no laboral supera $4.7 M aprox., sí. DIAN puede exigir pago de anticipo mensual o trimestral. Se descuenta del ISR anual que cálcules.

    ¿Puedo descontar el capital del crédito hipotecario?

    NO. Solo los intereses de la hipoteca son deducibles. La amortización de capital es tu inversión en el activo, no gasto operacional.

    ¿Se acumula mi renta de arrendamiento con mi salario?

    Sí. Si trabajas por cuenta ajena, ambas rentas se suman para cálculo de ISR marginal (progresividad). Puedes estar en tarifa más alta con ambos ingresos.

    ¿Qué documentos debo guardar para sustentar deducciones?

    Facturas de mantenimiento, recibos predial, extractos bancarios hipoteca (intereses), pólizas seguros, comprobantes servicios. Todo con RUT/NIT del proveedor y tu nombre.

    ¿La calculadora incluye contribuciones municipales sobre arrendamiento?

    NO. Algunas ciudades (ej. Bogotá) cobran contribución adicional sobre cánones. Consulta tu secretaría de hacienda local; esta herramienta es nacional DIAN.

    Fuentes y referencias