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Calculadora Modelo 145 IRPF: retención correcta en nómina

Calculadora Gratis · Privada
Datos actualizados: · Fuente: Agencia Tributaria — Tablas IRPF 2026
Revisado por: (política editorial ) · Última revisión:
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El Modelo 145 comunica a tu empresa tu situación personal y familiar para que aplique la retención IRPF correcta en nómina. Sin presentarlo, la empresa usa el tipo mínimo o el general, que suele ser superior al que te corresponde. Introduce tus datos y obtén el porcentaje de retención ajustado a 2026, el ahorro mensual estimado respecto al tipo por defecto y cuándo debes actualizar el formulario.

Última revisión: 29 de mayo de 2026 Verificado por Fuente: Agencia Tributaria — Retenciones sobre rendimientos del trabajo (Modelo 145), Reglamento del IRPF — Cálculo de retenciones (RD 439/2007, arts. 80-87), Ley 35/2006 del IRPF — Mínimo personal y familiar (arts. 57-61), Agencia Tributaria — Manual práctico Renta 2025 (referencia mínimos y deducciones) 100% privado

El Modelo 145 informa a tu empresa de tu situación familiar para calcular la retención IRPF correcta en nómina. Sin presentarlo, la empresa aplica el tipo más alto. Un trabajador con 30.000 € brutos, cónyuge sin rentas y 2 hijos puede bajar su retención del 15 % al 9 %, cobrando hasta 150 € más al mes en nómina.

Cuándo usar esta calculadora

  • Calcular la retención IRPF correcta antes de entregar el Modelo 145 a RRHH
  • Comparar el tipo que te aplica la empresa frente al que realmente te corresponde
  • Estimar el ahorro mensual en nómina al comunicar tu situación familiar real
  • Revisar si debes actualizar el 145 tras tener un hijo o cambiar de estado civil
  • Comprobar si la deducción por alquiler o hipoteca anterior a 2013 reduce tu retención
  • Planificar la retención antes de una subida salarial o cambio de empresa

Cómo funciona

2 min read

¿Qué es el Modelo 145?

El Modelo 145 es el formulario que comunica a tu empresa tu situación personal y familiar para calcular la retención IRPF correcta en nómina. Sin presentarlo, la empresa aplica un tipo general que suele ser superior. Un trabajador con 2 hijos puede reducir su retención del 15% al 9%, ahorrando hasta 150€ mensuales.

Cómo se calcula la retención del Modelo 145

La retención IRPF sobre rendimientos del trabajo se determina según el Reglamento del IRPF (RD 439/2007), actualizado para 2026. El tipo de retención depende de la base de retención (salario bruto menos reducciones) y las circunstancias personales y familiares declaradas en el Modelo 145.

Fórmula simplificada

Base de retención = Retribuciones brutas anuales
                   − Cotizaciones SS trabajador (estimado ~6,35%)
                   − Reducción por rendimientos del trabajo
                   − Reducción por discapacidad (si aplica)

Mínimo personal y familiar = Mínimo contribuyente
                           + Mínimo por descendientes
                           + Mínimo por ascendientes
                           + Mínimo por discapacidad

Cuota de retención = Tipo progresivo aplicado a (Base − Mínimo personal y familiar)
                   − Deducciones (hipoteca anterior 2013, alquiler autonómico)

% Retención = Cuota de retención / Retribuciones brutas × 100

Tramos IRPF estatal 2026

Base liquidable (€)Tipo
0 – 12.4509,50%
12.450 – 20.20012,00%
20.200 – 35.20015,00%
35.200 – 60.00018,50%
60.000 – 300.00022,50%
Más de 300.00024,50%

Nota: La tarifa completa suma tipo estatal + tipo autonómico medio. Esta calculadora usa tarifa conjunta media orientativa.

Mínimos personales y familiares 2026

ConceptoImporte anual
Mínimo del contribuyente5.550€
Contribuyente ≥65 años+1.150€
Contribuyente ≥75 años+1.400€ adicionales
1er descendiente2.400€
2º descendiente2.700€
3er descendiente4.000€
4º y siguientes4.500€
Descendiente <3 años+2.800€ adicionales
Ascendiente ≥65 años1.150€
Ascendiente ≥75 años+1.400€ adicionales
Discapacidad titular 33–64%+3.000€
Discapacidad titular ≥65%+9.000€
Discapacidad descendiente 33–64%+3.000€ por hijo
Discapacidad descendiente ≥65%+9.000€ por hijo

Reducción por rendimientos del trabajo

  • Rendimientos netos ≤14.047,50€: reducción de 6.498€

  • Entre 14.047,50€ y 19.747,50€: reducción decreciente

  • Rendimientos netos >19.747,50€: reducción de 2.364€
  • Deducción por vivienda habitual (hipoteca anterior a 2013)

    Sobre las cuotas pagadas (máx. base 9.040€/año) se aplica el 15%, dando una deducción máxima de 1.356€/año que minora directamente la cuota de retención.

    Ejemplo práctico

    Trabajador/a con 30.000€ brutos, casado/a con cónyuge sin rentas y 2 hijos:

  • SS trabajador: ~1.905€ → Rendimiento neto: ~28.095€

  • Reducción rendimientos trabajo: ~2.364€ → Base: ~25.731€

  • Mínimo personal y familiar: 5.550 + 2.400 + 2.700 = 10.650€

  • Base imponible reducida: ~15.081€

  • Cuota orientativa: ~1.920€ → Tipo: ~6,4%

  • Sin Modelo 145: tipo por defecto ~15% → Ahorro: ~2.568€/año (~183€/mes)
  • Limitaciones

  • Esta herramienta es una estimación orientativa; el cálculo oficial lo realiza el software de la AEAT o el programa de nóminas de la empresa.

  • No incluye deducciones autonómicas específicas distintas a la de vivienda.

  • Los tipos autonómicos varían; se usa la media nacional.

  • No tiene en cuenta percepciones variables (bonus, horas extra) que modifican el tipo.

  • Consulta a un asesor fiscal o al servicio de RRHH de tu empresa para el cálculo definitivo.
  • Preguntas frecuentes

    ¿Cuándo estoy obligado a presentar el Modelo 145?

    No existe obligación legal de presentarlo, pero si no lo entregas, tu empresa aplica el tipo de retención más alto que corresponda a tu situación como soltero sin cargas. Debes actualizarlo siempre que cambien tus circunstancias: matrimonio, nacimiento de un hijo, separación, fallecimiento del cónyuge, etc. El plazo es antes de que surta efecto el cambio o, como máximo, en los 10 días siguientes.

    ¿Qué pasa si pongo datos falsos en el Modelo 145?

    Comunicar datos falsos o incompletos constituye una infracción tributaria. Si se detecta que la retención fue inferior a la correcta por datos incorrectos del Modelo 145, la responsabilidad recae sobre el trabajador, no sobre la empresa, y Hacienda puede exigir el diferencial más recargos e intereses en la declaración de la Renta.

    ¿Qué significa 'cónyuge sin rentas' en el Modelo 145?

    Se considera cónyuge sin rentas cuando sus ingresos anuales de cualquier fuente, excluidas las exentas, no superan los 1.500€. En ese caso puedes marcar la situación familiar 2 (o 3 si hay hijos) en el Modelo 145, lo que reduce significativamente tu retención.

    ¿Cómo afecta la hipoteca anterior a 2013 a mi retención?

    Si tienes préstamo hipotecario por adquisición de vivienda habitual formalizado antes del 01/01/2013, puedes acogerte al régimen transitorio de deducción. Esto reduce directamente la cuota de retención en un 15% de las cantidades pagadas, con una base máxima de 9.040€/año (deducción máxima 1.356€/año). Debes comunicarlo en el Modelo 145.

    ¿Cuándo debo actualizar el Modelo 145 si tengo un hijo?

    Debes entregar el Modelo 145 actualizado a tu empresa en cuanto se produzca el nacimiento (o la adopción). Si lo haces antes del parto, la empresa ajustará la retención desde la siguiente nómina. Si lo entregas después, el ajuste se aplica desde la nómina del mes siguiente a la entrega. No es retroactivo en nómina, pero la Renta anual sí recoge el mínimo completo.

    ¿El tipo de retención que calcula el Modelo 145 es el mismo en todas las comunidades autónomas?

    No exactamente. La tarifa del IRPF tiene un tramo estatal (idéntico en toda España) y un tramo autonómico que varía según la comunidad. Esta calculadora usa la tarifa conjunta media orientativa. Comunidades como Madrid o Canarias tienen tipos autonómicos más bajos; Cataluña o Extremadura los tienen más altos, lo que puede modificar el resultado en algunos puntos.

    ¿Qué ocurre si no actualizo el Modelo 145 y me retengo de más durante el año?

    Si la retención aplicada es superior a la cuota líquida de tu declaración de la Renta, Hacienda te devuelve la diferencia al hacer la declaración anual (resultado a devolver). No supone penalización, pero has cedido dinero al Estado sin intereses durante el ejercicio. Es preferible ajustar la retención entregando el 145 actualizado.

    ¿Puedo pedir voluntariamente una retención mayor a la que me calcula el Modelo 145?

    Sí. Puedes indicar en el Modelo 145 (epígrafe de comunicación de tipo voluntario) un porcentaje de retención superior al calculado. Esto puede ser útil si tienes otras rentas (alquileres, actividades económicas) y quieres evitar pagar en la declaración anual.

    ¿Cuándo se aplica la retención mínima del 2% o del 0,8%?

    La retención mínima del 2% aplica cuando la empresa ha satisfecho la retribución conforme al Modelo 145 y la cuota calculada es inferior a ese mínimo. El 0,8% aplica para contratos o relaciones de duración inferior al año, así como para algunos trabajadores con discapacidad. Son mínimos legales que no se pueden reducir aunque el Modelo 145 dé resultado negativo.

    ¿La pareja de hecho tiene el mismo tratamiento que el matrimonio en el Modelo 145?

    No. Las parejas de hecho no se equiparan al matrimonio a efectos del Modelo 145 ni del IRPF estatal. No existe la opción de tributación conjunta ni el mínimo adicional por cónyuge sin rentas. Cada miembro tributa individualmente como soltero, aunque puede declarar los hijos en común aplicando el 50% del mínimo por descendiente cada uno.

    Fuentes y referencias

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