Prestación por desempleo (paro) España 2026
Ver cálculo paso a paso
Estima tu prestación contributiva por desempleo en España para 2026. El cálculo tiene en cuenta los días cotizados en los últimos 6 años, tu base reguladora y el número de hijos a cargo. La cuantía es el 70% de la base reguladora durante los primeros 6 meses y el 60% a partir del séptimo, siempre dentro de los topes mínimos y máximos fijados por el SEPE.
La prestación contributiva por desempleo en España 2026 es el 70 % de la base reguladora los primeros 6 meses y el 60 % desde el séptimo, dentro de los topes del SEPE (entre 570 € y 1.575 €/mes según hijos). La duración depende de los días cotizados en los últimos 6 años: con 360 días cobras 4 meses, con 720 días 8 meses y con 2.160 días o más hasta 24 meses.
Cuándo usar esta calculadora
- Saber cuántos meses de paro te corresponden tras ser despedido
- Estimar el importe mensual neto aproximado de la prestación
- Comparar si te interesa solicitar el paro o una indemnización negociada
- Planificar tus finanzas personales durante el período de desempleo
- Calcular el total acumulado que percibirás antes de buscar empleo
- Comprobar si llegas al mínimo de 360 días para tener derecho a prestación
Cómo funciona
2 min read¿Qué es la prestación por desempleo en España?
La prestación por desempleo es una ayuda económica que reciben los trabajadores afiliados a la Seguridad Social tras perder su empleo. Se calcula como porcentaje de la base reguladora: 70% durante los primeros 6 meses y 60% después. La duración varía entre 2 y 24 meses según los días cotizados en los últimos 6 años.
Cómo se calcula la prestación por desempleo en España (2026)
La prestación contributiva por desempleo se regula en el Real Decreto Legislativo 3/2015 (LGSS) y la gestiona el SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal). Para tener derecho debes haber cotizado al menos 360 días en los últimos 6 años.
Fórmula de duración
La duración depende de los días cotizados en los últimos 6 años:
| Días cotizados | Duración de la prestación |
|---|---|
| 360 – 539 | 4 meses |
| 540 – 719 | 6 meses |
| 720 – 899 | 8 meses |
| 900 – 1.079 | 10 meses |
| 1.080 – 1.259 | 12 meses |
| 1.260 – 1.439 | 14 meses |
| 1.440 – 1.619 | 16 meses |
| 1.620 – 1.799 | 18 meses |
| 1.800 – 1.979 | 20 meses |
| 1.980 – 2.159 | 22 meses |
| ≥ 2.160 | 24 meses |
Fórmula de cuantía
La base reguladora se obtiene dividiendo la suma de las bases de cotización por desempleo de los últimos 180 días entre 180 y multiplicando por 30.
Topes mínimos y máximos (2026)
Los topes se calculan sobre el IPREM mensual 2026 (600,00 €):
| Situación | Mínimo | Máximo |
|---|---|---|
| Sin hijos | 570,00 €/mes (95% IPREM) | 1.050,00 €/mes (175% IPREM) |
| 1 hijo | 675,00 €/mes (112,5% IPREM) | 1.200,00 €/mes (200% IPREM) |
| 2 hijos o más | 720,00 €/mes (120% IPREM) | 1.575,00 €/mes (225% IPREM) |
Nota: los valores exactos del IPREM 2026 se confirmarán en la Ley de Presupuestos Generales del Estado. Los aquí indicados son los vigentes a fecha de última revisión.
Ejemplo
Trabajador con 900 días cotizados, base reguladora 1.800 €/mes y 1 hijo:
Retención IRPF
La prestación por desempleo tributa como rendimiento del trabajo en el IRPF. El SEPE aplica una retención del 2% por defecto si el importe anual supera 14.000 € con más de un pagador. Si tu prestación más otros ingresos superan los mínimos de declaración, deberás incluirla en tu Declaración de la Renta.
Limitaciones
Preguntas frecuentes
¿Cuántos días cotizados necesito para tener derecho al paro?
El mínimo son 360 días cotizados por desempleo en los últimos 6 años. Con menos días no se genera derecho a la prestación contributiva, aunque podrías acceder al subsidio por desempleo en determinadas circunstancias.
¿Cómo calculo mi base reguladora del paro?
Suma las bases de cotización por contingencias comunes (o desempleo) de los últimos 180 días trabajados, divídelas entre 180 y multiplica por 30. El dato concreto figura en tus nóminas o puedes solicitarlo al SEPE.
¿La prestación por desempleo tributa en el IRPF?
Sí. El paro se considera rendimiento del trabajo a efectos del IRPF. Si en el año tienes más de un pagador y superas 14.000 € de ingresos totales, estás obligado a declarar. El SEPE aplica una retención mínima del 2%.
¿Qué diferencia hay entre prestación contributiva y subsidio por desempleo?
La prestación contributiva exige al menos 360 días cotizados y su cuantía depende de la base reguladora. El subsidio es una ayuda de menor importe (80% del IPREM, unos 480 €/mes en 2026) para quienes no alcanzan ese mínimo o agotan la prestación.
¿Puedo cobrar el paro si he sido despedido por causas objetivas o ERE?
Sí, siempre que hayas cotizado el mínimo requerido. El tipo de despido (procedente, improcedente, objetivo, ERE) afecta a la indemnización, pero no impide acceder a la prestación por desempleo.
¿Qué pasa si encuentro trabajo mientras cobro el paro?
Debes comunicarlo al SEPE antes de empezar. La prestación se suspende o extingue según el tipo de contrato. Si el contrato es a tiempo parcial, es posible compatibilizar parte del paro con el nuevo salario.
¿Puedo cobrar el paro si dimito voluntariamente?
No. La prestación contributiva solo se genera en situaciones de desempleo involuntario: despido, fin de contrato temporal, reducción de jornada por ERTE, entre otras. La dimisión voluntaria no da derecho a la prestación.
¿Qué es el pago único o capitalización del paro?
Es la opción de cobrar toda la prestación de una sola vez para iniciar una actividad como autónomo o constituir una cooperativa. La solicitud debe realizarse antes de iniciar la actividad y está sujeta a condiciones específicas del SEPE.
¿Se pueden recuperar los días de paro no consumidos?
Sí. Si encuentras trabajo y no consumes toda la prestación, puedes 'guardar' los días restantes y reanudarla si vuelves a quedarte en desempleo, siempre que no haya prescrito el plazo (el doble del período pendiente).
¿Dónde puedo consultar mis días cotizados?
En tu informe de vida laboral, disponible en la sede electrónica de la Seguridad Social (Import@ss) con certificado digital, DNI electrónico o cl@ve. También puedes solicitarlo por teléfono o en una oficina de la Seguridad Social.