Finanzas

Calculadora de intereses de cesantías 2026 (lo que te pagan en enero)

Calculá los intereses de cesantías 2026 en Colombia: 12% anual sobre tus cesantías, según los días trabajados. El empleador los paga a más tardar el 31 de enero.

🗓️ Actualizado junio de 2026 Revisado por
Calculadora Gratis · Privada
Datos actualizados: · Fuente: Ministerio del Trabajo — Prestaciones sociales
Revisado por: (política editorial ) · Última revisión:
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Calculadora específica para Colombia. Las leyes, escalas y valores son los vigentes en Colombia.

Cada enero tu empleador debe pagarte un dinero extra: los intereses sobre las cesantías. Son un 12% anual sobre el saldo de cesantías acumulado el año anterior (Ley 52 de 1975) y se pagan directamente a vos, no al fondo de cesantías. Si trabajaste el año completo, equivalen al 12% de tus cesantías; si trabajaste menos tiempo, se calculan proporcionalmente a los días. El plazo legal es el 31 de enero, y si tu empleador no paga a tiempo debe reconocerte una sanción equivalente al mismo valor de los intereses.

Cuándo usar esta calculadora

  • Empleado verifica cuánto debe recibir de intereses en enero
  • Trabajador con menos de un año calcula la parte proporcional
  • Empleada doméstica revisa sus intereses de cesantías
  • Empleador estima el pago de intereses antes del 31 de enero
  • Trabajador detecta si le pagaron de menos los intereses

Intereses de cesantías según salario (año completo, 360 días)

Salario mensualCesantías (año)Intereses 12%
$1.750.905 (1 SMMLV)$1.750.905$210.109
$2.000.000$2.000.000$240.000
$3.000.000$3.000.000$360.000
$5.000.000$5.000.000$600.000
$8.000.000$8.000.000$960.000

Fuente: Ley 52 de 1975. Para un año completo, los intereses son el 12% de las cesantías. Si trabajaste menos de 360 días, se calculan proporcionalmente. Se pagan al trabajador a más tardar el 31 de enero.

Cómo funciona

¿Qué son los intereses de cesantías?

Además de las cesantías (un mes de salario por año, depositado en un fondo), la ley colombiana obliga al empleador a pagar intereses sobre esas cesantías: un 12% anual (Ley 52 de 1975). A diferencia de las cesantías, los intereses se pagan directamente al trabajador.

Cómo se calculan

Fórmulas

Cesantías = Salario mensual × días trabajados ÷ 360

Intereses = Cesantías × días trabajados × 12% ÷ 360

Para un año completo (360 días), los intereses son exactamente el 12% de las cesantías.

Ejemplo práctico

Datos:

  • Salario mensual: $1.750.905 (1 SMMLV)

  • Días trabajados: 360
  • Cálculo:

  • Cesantías = $1.750.905 × 360 ÷ 360 = $1.750.905

  • Intereses = $1.750.905 × 360 × 0,12 ÷ 360 = $210.109
  • Es decir, el 12% de $1.750.905.

    Ejemplo proporcional (medio año)

    Datos:

  • Salario mensual: $2.000.000

  • Días trabajados: 180
  • Cálculo:

  • Cesantías = $2.000.000 × 180 ÷ 360 = $1.000.000

  • Intereses = $1.000.000 × 180 × 0,12 ÷ 360 = $60.000
  • Plazos y sanción

    ConceptoRegla
    Pago de cesantías al fondoA más tardar el 14 de febrero
    Pago de intereses al trabajadorA más tardar el 31 de enero
    Sanción por no pagar interesesUna suma igual al valor de los intereses adeudados

    Si tu empleador no te paga los intereses antes del 31 de enero, debe reconocerte el doble: los intereses más una sanción equivalente.

    Para liquidar tus cesantías completas mirá la calculadora de cesantías Colombia. Y si vas a hacer una liquidación laboral completa, usá la calculadora de liquidación laboral Colombia.

    Ejemplo: salario $1.750.905, año completo (360 días)

    Cesantías: $1.750.905 × 360 ÷ 360 = $1.750.905 (un mes de salario por el año).
    Intereses: $1.750.905 × 360 × 0,12 ÷ 360 = $210.109, es decir el 12% de las cesantías.
    Pago: el empleador debe entregarte ese valor directamente, a más tardar el 31 de enero.
    Intereses de cesantías de $210.109 (12% de $1.750.905), pagaderos a más tardar el 31 de enero.
    Disclaimer: Los resultados son orientativos y no constituyen asesoramiento financiero individualizado. Antes de tomar decisiones con impacto, consultá con un asesor financiero registrado en la CNV o contador público matriculado.

    Preguntas frecuentes

    ¿Cuánto son los intereses de cesantías en Colombia?
    Son el 12% anual sobre las cesantías acumuladas (Ley 52 de 1975). Si trabajaste el año completo (360 días), equivalen exactamente al 12% del valor de tus cesantías.
    ¿Cuándo me pagan los intereses de cesantías?
    El empleador debe pagártelos a más tardar el 31 de enero de cada año, directamente a vos (no al fondo). Es un pago anual sobre las cesantías del año anterior.
    ¿A quién se le pagan, al fondo o a mí?
    Los intereses se pagan directamente al trabajador, en efectivo o por transferencia. Las cesantías, en cambio, se consignan al fondo de cesantías. Son dos pagos distintos.
    ¿Qué pasa si trabajé solo medio año?
    Los intereses se calculan proporcionalmente a los días trabajados. Con 180 días recibís la mitad de lo que correspondería por un año completo, sobre las cesantías de ese período.
    ¿El auxilio de transporte cuenta para las cesantías?
    Sí. Si ganás hasta 2 SMMLV y recibís auxilio de transporte ($249.095 en 2026), este se suma al salario base para liquidar cesantías e intereses.
    ¿Qué pasa si mi empleador no me paga los intereses a tiempo?
    Debe pagarte una sanción igual al valor de los intereses adeudados. En la práctica terminás recibiendo el doble: los intereses más la sanción, por no cumplir el plazo del 31 de enero.
    ¿Los intereses de cesantías pagan impuestos?
    Las cesantías e intereses tienen un tratamiento especial en renta y suelen estar exentos hasta ciertos topes, dependiendo del salario. Para montos bajos no generan impuesto; consultá tu caso si tu salario es alto.
    ¿Aplican a empleadas domésticas y trabajadores por días?
    Sí. Todo trabajador dependiente con contrato (incluidas empleadas domésticas) tiene derecho a cesantías e intereses, proporcionales al tiempo y salario.
    ¿Cómo se calcula la base de 360 días?
    Colombia usa el año comercial de 360 días (12 meses de 30 días) para prestaciones sociales. Por eso un año completo son 360 días en las fórmulas de cesantías e intereses.

    Fuentes y referencias

    Metodología y confianza

    Editorial

    Calculadora de finanzas revisada por el equipo editorial de Hacé Cuentas, contrastada con Ley 52 de 1975 (intereses sobre cesantías), según nuestra política editorial y metodología.

    Actualización

    Última revisión: 29 de junio de 2026. Los parámetros se verifican periódicamente con las fuentes citadas.

    Privacidad

    Los cálculos corren 100% en tu navegador. No guardamos ni transmitimos tus datos.

    Limitaciones

    Resultados orientativos. Para decisiones críticas, consultá con un profesional.

    📌 Cómo citar esta calculadora

    Rodríguez, M. (2026). Calculadora de intereses de cesantías 2026 (lo que te pagan en enero). Hacé Cuentas. https://hacecuentas.com/calculadora-intereses-cesantias-colombia-enero-2026

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