Familia

Pensión alimenticia divorcio España

Calculadora Gratis · Privada
Datos actualizados: · Fuente: CGPJ - Observatorio de Violencia Doméstica y de Género
Revisado por: (política editorial ) · Última revisión:
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Calcula la pensión alimenticia orientativa para tus hijos tras un divorcio o separación en España. La herramienta aplica la tabla de pensiones del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), que cruza los ingresos del progenitor no custodio con el número de hijos para obtener un porcentaje orientativo. El resultado no es vinculante: el juez fija la cantidad definitiva valorando también el nivel de vida previo, los gastos del menor y las circunstancias de cada caso. Los gastos extraordinarios (ortodoncia, actividades extraescolares, libros) se tratan separadamente.

Última revisión: 29 de mayo de 2026 Verificado por Fuente: Tabla orientativa de pensiones alimenticias - CGPJ, Código Civil - Artículos 142-154 (alimentos entre parientes), Ley 15/2005 - Reforma del Código Civil en materia de separación y divorcio, Fondo de Garantía del Pago de Alimentos (FGPA), Ley 25/2010 del libro segundo del Código Civil de Cataluña 100% privado

La pensión alimenticia en España se calcula con la tabla del CGPJ aplicando un porcentaje sobre los ingresos netos del progenitor no custodio. Con 2.000€/mes de ingresos y un hijo la pensión orientativa es de 278€/mes; con dos hijos, unos 412€/mes. El juez puede modificar el importe según las circunstancias del caso.

Cuándo usar esta calculadora

  • Estimar la pensión antes de negociar el convenio regulador con el abogado
  • Comparar cuota en custodia exclusiva frente a custodia compartida
  • Calcular el impacto de un cambio de ingresos en la pensión existente
  • Preparar la demanda de modificación de medidas por variación económica
  • Conocer el porcentaje orientativo para distintos tramos salariales
  • Dividir los gastos extraordinarios entre ambos progenitores

Cómo funciona

2 min read

¿Qué es la pensión alimenticia?

La pensión alimenticia es la obligación legal del progenitor no custodio de contribuir económicamente al mantenimiento de sus hijos tras una separación o divorcio. En España, la tabla del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) establece porcentajes sobre los ingresos netos: con 2.000 € mensuales y un hijo, la pensión orientativa es de 278 €. El juez puede modular esta cantidad según circunstancias específicas de cada caso.

Cómo se calcula la pensión alimenticia orientativa

Esta calculadora aplica la metodología de la Tabla de pensiones alimenticias del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), elaborada por el Observatorio de Violencia Doméstica y de Género y ampliamente utilizada por los juzgados de familia de toda España como referencia orientativa.

Fórmula principal (custodia exclusiva)

La tabla CGPJ define un porcentaje sobre los ingresos netos mensuales del progenitor no custodio en función del número de hijos:

Ingresos netos/mes1 hijo2 hijos3 hijos4+ hijos
Hasta 799 € (SMI)17 %24 %29 %33 %
800 – 1.299 €20 %28 %34 %38 %
1.300 – 1.999 €23 %30 %36 %41 %
2.000 – 2.999 €25 %33 %39 %44 %
3.000 – 4.999 €27 %35 %42 %47 %
5.000 € o más29 %38 %45 %50 %

Pensión total = Ingresos_no_custodio × Porcentaje_CGPJ
Pensión por hijo = Pensión total / Número de hijos

Ajuste por custodia compartida

Cuando la guarda y custodia es compartida con reparto similar, la doctrina mayoritaria y la jurisprudencia del Tribunal Supremo (STS 16/02/2015, entre otras) reducen el importe o lo eliminan si los ingresos de ambos progenitores son equivalentes. Esta calculadora aplica el siguiente ajuste:

  • Si la diferencia de ingresos es ≤ 20 %: pensión 0 € (ambos cubren directamente los gastos cuando tienen al menor).

  • Si la diferencia está entre 20 % y 50 %: se aplica 50 % de la tabla sobre la diferencia de ingresos.

  • Si la diferencia supera el 50 %: se aplica 75 % de la tabla sobre los ingresos del progenitor con mayor renta.
  • Gastos extraordinarios

    Los gastos extraordinarios (sanidad no cubierta, ortodoncia, actividades extraescolares, libros de texto, campamentos) no están incluidos en la pensión ordinaria y habitualmente se reparten al 50 % entre ambos progenitores, salvo acuerdo distinto. La calculadora los expresa en cuota mensual equivalente:

    Gastos extraordinarios por progenitor/mes = Gastos_anuales / 2 / 12

    Ejemplo

  • Progenitor no custodio: 2.200 € netos/mes

  • Custodio: 1.400 € netos/mes

  • 2 hijos, custodia exclusiva

  • Gastos extraordinarios: 1.200 €/año
  • Porcentaje CGPJ para tramo 2.000–2.999 € y 2 hijos = 33 %

    Pensión total = 2.200 × 0,33 = 726 €/mes
    Pensión por hijo = 726 / 2 = 363 €/mes
    Gastos extraordinarios/progenitor = 1.200 / 2 / 12 = 50 €/mes

    Limitaciones

  • La tabla CGPJ es orientativa, no vinculante. Los jueces pueden apartarse de ella motivadamente.

  • No contempla situaciones especiales: hijos con discapacidad, necesidades médicas crónicas, estudios universitarios en otra ciudad.

  • Las comunidades con derecho foral (Cataluña, Aragón, Navarra, Illes Balears, País Vasco) pueden seguir criterios propios.

  • Los ingresos variables (comisiones, horas extra, pagas extras prorrateadas) deben incluirse en la base de cálculo.

  • Esta calculadora no sustituye al asesoramiento de un abogado de familia.
  • Preguntas frecuentes

    ¿Es obligatorio usar la tabla del CGPJ para fijar la pensión?

    No. La tabla del CGPJ es una herramienta orientativa que usan muchos juzgados de familia, pero no tiene rango legal vinculante. El artículo 146 del Código Civil establece que la pensión se fija proporcionalmente al caudal del obligado y las necesidades del beneficiario. El juez puede apartarse de la tabla motivadamente.

    ¿Cómo afecta la custodia compartida a la pensión?

    En custodia compartida, si los ingresos de ambos progenitores son similares, el Tribunal Supremo ha avalado la supresión de la pensión (STS 16/02/2015). Si existe diferencia económica significativa, el progenitor con mayor renta abona una pensión reducida para compensar el desequilibrio en gastos.

    ¿Qué se considera ingreso a efectos de la pensión?

    El ingreso neto mensual incluye el salario neto, rendimientos de actividades económicas, rentas de alquiler, pensiones contributivas y cualquier otro ingreso regular. No se descuentan los gastos propios del progenitor (hipoteca, coche) salvo excepciones muy tasadas por el juzgado.

    ¿Cuándo se pueden modificar las medidas?

    Cuando se produzca una alteración sustancial de las circunstancias (artículo 90 del Código Civil): cambio significativo de ingresos, nuevo empleo, desempleo, nuevos hijos o variación de las necesidades del menor. La modificación requiere acuerdo entre las partes o procedimiento judicial.

    ¿Qué son los gastos extraordinarios y quién los paga?

    Son gastos imprevisibles o no periódicos: tratamientos médicos no cubiertos, ortodoncia, gafas, actividades extraescolares, libros de texto, campamentos. Habitualmente se reparten al 50 % y requieren acuerdo previo de ambos progenitores, salvo urgencia. No están incluidos en la pensión ordinaria.

    ¿Se actualiza automáticamente la pensión con la inflación?

    Solo si el convenio regulador o la sentencia lo establece expresamente, normalmente vinculado al IPC publicado por el INE. Sin cláusula de revisión, la pensión permanece fija hasta una modificación judicial o acuerdo entre las partes.

    ¿La pensión alimenticia tributa en IRPF?

    Para el progenitor que la paga, las pensiones compensatorias al excónyuge son deducibles, pero las pensiones a hijos NO son deducible en el pagador (salvo la reducción de la base imponible por anualidades por alimentos del artículo 75 LIRPF). Para el hijo beneficiario, no tributan. El custodio no declara la pensión como ingreso si es para los hijos.

    ¿Cataluña aplica las mismas reglas que el resto de España?

    No del todo. El Codi Civil de Catalunya (Llei 25/2010) tiene criterios propios y los juzgados catalanes habitualmente aplican la tabla orientativa del propio Tribunal Superior de Justícia de Catalunya, que puede diferir de la del CGPJ estatal.

    ¿Qué pasa si el progenitor no custodio no paga la pensión?

    El impago de la pensión es delito de abandono de familia (artículo 227 del Código Penal) si es reiterado. Civilmente, se puede instar la ejecución forzosa de la sentencia, el embargo de nómina, cuentas bancarias o bienes. También existe el Fondo de Garantía del Pago de Alimentos (FOGASA Alimentos) para familias sin recursos.

    ¿Hasta qué edad se paga la pensión alimenticia?

    La mayoría de edad (18 años) no extingue automáticamente la obligación. Persiste mientras el hijo no sea económicamente independiente, esté estudiando de forma razonable o no pueda trabajar por causas ajenas a su voluntad (artículo 142 del Código Civil). Sí se extingue si el hijo trabaja y tiene ingresos propios suficientes.

    Fuentes y referencias

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