Renting vs Leasing vs Compra Coche — TCO 4 años España
Ver cálculo paso a paso
Comparar renting, leasing y compra de un vehículo en España va mucho más allá de mirar la cuota mensual. Esta calculadora estima el coste total de propiedad (TCO) a 4 años teniendo en cuenta seguro, mantenimiento, ITV, IVTM, financiación e IVA. Si eres autónomo o empresa, también aplica las deducciones fiscales vigentes en 2026 para que la comparativa sea real y no sobre el papel.
Un coche de 30.000 € puede costar entre 38.000 € y 52.000 € a 4 años según si lo compras, financias con leasing o lo rentas, antes de aplicar deducciones fiscales. Para autónomos, el renting y el leasing permiten deducir IVA y gasto en IRPF, reduciendo el TCO neto de forma significativa.
Cuándo usar esta calculadora
- Autónomo que necesita saber cuánto puede deducir con renting frente a compra directa
- Empresa que compara la cuota de leasing financiero con el renting operativo para una flota
- Particular que quiere saber si le sale más barato pedir un préstamo o pagar al contado
- Comparar el impacto del IVA según perfil fiscal antes de firmar un contrato
- Decidir si ejercer la opción de compra al final del leasing compensa frente a renovar
- Evaluar el efecto del kilometraje anual en el coste del renting
Cómo funciona
3 min read¿Qué es el TCO (Coste Total de Propiedad)?
El TCO es el gasto completo de un vehículo durante su período de uso, sumando cuota, seguro, mantenimiento, impuestos e IVA. Un coche de 30.000 € puede alcanzar 52.000 € a 4 años en compra, versus 38.000 € en renting. Incluye todos los costes reales, no solo la cuota mensual.
Cómo se calcula el TCO (Coste Total de Propiedad)
El TCO (Total Cost of Ownership) suma todos los desembolsos reales durante el período elegido y resta el valor residual del vehículo (cuando aplica) y los ahorros fiscales correspondientes al perfil del usuario.
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Fórmula general
Renting
Coste bruto = Cuota_mensual_sin_IVA × 1,21 × 12 × años
IVA deducible = Cuota_mensual_sin_IVA × 0,21 × porcentaje_deduccion × 12 × años
Gasto deducible IRPF/IS = Cuota_mensual_sin_IVA × 12 × años × porcentaje_afectacion × tipo_marginal
TCO renting = Coste bruto − IVA deducible − Ahorro IRPF/ISEn renting la cuota ya incluye seguro todo riesgo, mantenimiento, ITV y el IVTM. El renting es un arrendamiento operativo: nunca eres propietario, por eso no hay valor residual a recuperar.
Leasing
Coste cuotas bruto = Cuota_mensual_sin_IVA × 1,21 × 12 × años
Opción compra bruta = Valor_residual × 1,21
Seguros + Mantenimiento + IVTM = (seguro + mantenimiento + IVTM) × años
Coste bruto total = Cuotas + Opción_compra + Seguros_Mant_IVTM
IVA deducible leasing = (Cuota_sin_IVA × 12 × años + Valor_residual) × 0,21 × porcentaje_deduccion
Gasto deducible IRPF/IS (cuotas) = Cuota_sin_IVA × 12 × años × porc_afectacion × tipo_marginal
TCO leasing = Coste bruto total − IVA deducible − Ahorro IRPF/IS − Valor_reventaEl leasing financiero es un arrendamiento con opción de compra obligatoria implícita. La AEAT permite deducir la carga financiera e incluso las cuotas en algunos casos, pero la amortización del bien sigue los límites de tablas oficiales (Ley 27/2014 IS y RIRPF).
Compra (con financiación)
Precio total con IVA = Precio_sin_IVA × 1,21
Importe financiado = Precio_con_IVA − Entrada
Cuota mensual préstamo = Importe_financiado × [r(1+r)^n] / [(1+r)^n − 1] (fórmula francesa)
donde r = TAE_anual/12, n = meses del período
Total pagado préstamo = Cuota_préstamo × n + Entrada
Seguros + Mantenimiento + IVTM = (seguro + mantenimiento + IVTM) × años
Coste bruto total = Total_préstamo + Seguros_Mant_IVTM
IVA deducible compra = Precio_sin_IVA × 0,21 × porcentaje_deduccion (solo en adquisición, una sola vez)
Amortización deducible IRPF/IS = Precio_sin_IVA × tasa_amortizacion × porc_afectacion × tipo_marginal × años
TCO compra = Coste bruto − IVA deducible − Ahorro amortización − Valor_reventaLa tasa de amortización para turismos en tablas oficiales AEAT es el 16% anual (coeficiente máximo lineal, Ley 27/2014).
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Deducciones fiscales por perfil (AEAT 2026)
| Perfil | Deducción IVA | Deducción IRPF/IS |
|---|---|---|
| Particular | 0% | 0% |
| Autónomo (uso mixto) | 50% IVA soportado | 50% gasto/amortización × tipo marginal |
| Empresa (uso exclusivo negocio) | 100% IVA soportado | 100% gasto/amortización × tipo IS |
> Nota legal: La deducción del 50% para autónomos aplica cuando el vehículo se utiliza tanto para actividad económica como para uso privado (art. 95.Tres LIVA y DGT consultas vinculantes). Para el 100% hay que acreditar uso exclusivo empresarial, algo que la AEAT restringe a ciertos tipos de vehículos (transporte de mercancías, representantes comerciales, etc.).
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Ejemplo práctico
Vehículo de 25.000 € sin IVA, 4 años, autónomo tipo marginal 30%, 20.000 km/año:
| Concepto | Renting | Leasing | Compra |
|---|---|---|---|
| Cuota mensual (con IVA) | 544,5 € | 459,8 € | ~520 € (préstamo 6,5%) |
| Coste bruto 4 años | 26.136 € | 28.270 € | 31.850 € |
| Ahorro fiscal estimado | −3.150 € | −2.800 € | −2.100 € |
| Valor residual recuperado | 0 € | −5.000 € | −12.000 € |
| TCO neto estimado | ~22.986 € | ~20.470 € | ~17.750 € |
Los valores anteriores son ilustrativos; la calculadora usa tus datos reales.
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Limitaciones
Preguntas frecuentes
¿Qué diferencia hay entre renting y leasing en España?
El renting es un alquiler a largo plazo: pagas una cuota que incluye seguro, mantenimiento, ITV y el IVTM, y nunca eres propietario. El leasing es una financiación con opción de compra al final: tú corres con el mantenimiento y el seguro, y al terminar puedes quedarte el coche pagando el valor residual pactado. Fiscalmente, en leasing puedes deducir la carga financiera de las cuotas; en renting la cuota entera es gasto deducible.
¿Un autónomo puede deducirse el 100% del IVA del renting?
Solo si acredita uso exclusivo para la actividad económica, lo que la AEAT restringe a vehículos específicos (camiones, furgonetas de reparto, taxis, ambulancias…). Para un turismo de uso mixto, la presunción legal es del 50% de deducción de IVA (art. 95.Tres.4ª LIVA), salvo prueba en contrario.
¿Qué pasa si supero los kilómetros pactados en el renting?
El contrato de renting fija un kilometraje máximo. Si lo superas, la empresa de renting cobra un suplemento por km que suele oscilar entre 0,05 € y 0,15 € por kilómetro extra. Esta calculadora no modela ese sobrecoste, por lo que si prevés superar el límite, el TCO real del renting será mayor.
¿El IVA del leasing se puede deducir mensualmente?
Sí. El IVA que soportas cada mes en las cuotas de leasing se deduce en cada período de liquidación, igual que cualquier otro IVA soportado, siempre que el vehículo esté afecto a la actividad (50% para autónomos con turismo de uso mixto, 100% si uso exclusivo empresarial acreditado).
¿La compra al contado siempre es la opción más barata?
No necesariamente. La compra al contado evita los intereses de financiación, pero inmoviliza capital que podría rentarse. Además, si eres autónomo o empresa, el renting o leasing pueden reducir la cuota fiscal efectiva de forma que el coste neto sea comparable o inferior. El TCO hay que analizarlo siempre después de deducciones fiscales y valor residual.
¿Qué es el IVTM y quién lo paga en cada modalidad?
El Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) es el llamado «impuesto de circulación», gestionado por los ayuntamientos. Lo paga el titular registral del vehículo. En renting, lo paga la empresa de renting (propietaria) y lo repercute en la cuota. En leasing y compra, lo paga el conductor porque es el titular del vehículo.
¿Qué tasa de amortización aplica Hacienda a un turismo comprado?
Según las tablas oficiales de amortización de la Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades (aplicables también en IRPF), el coeficiente máximo para turismos es del 16% anual (período máximo 14 años). Para un autónomo, la amortización se incluye como gasto deducible en el rendimiento neto de actividades económicas.
¿El renting computa como deuda en el CIRBE (Banco de España)?
El renting operativo no se registra como deuda en el CIRBE del Banco de España porque es un arrendamiento, no una financiación. El leasing, en cambio, sí puede computar como endeudamiento en los análisis de riesgo bancario, lo que puede afectar a la capacidad de financiación futura.
¿Qué ocurre con el IVA si soy empresa y compro el coche?
Una sociedad puede deducirse el 100% del IVA de la compra si acredita uso exclusivo empresarial, o el 50% si es de uso mixto. El IVA se deduce en la declaración del período de adquisición (modelo 303). En caso de inspección, la AEAT puede exigir pruebas del afecto exclusivo.
¿Incluye esta calculadora el Impuesto de Matriculación (IEDMT)?
No. El Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte (IEDMT) varía entre 0% y 14,75% según las emisiones de CO₂ homologadas del vehículo, y lo paga el comprador o la empresa de renting/leasing al matricular. Para coches con emisiones ≤120 g/km el tipo es 0%. Debes añadirlo al precio si tu vehículo lo devenga.