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Valor de la Unidad Tributaria (U.T.) hoy en bolívares

Calculadora Gratis · Privada
Datos actualizados: · Fuente: SENIAT — Providencia SNAT/2025/000048 (U.T. = Bs. 43)
Revisado por: (política editorial ) · Última revisión:
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La Unidad Tributaria (U.T.) es la unidad de cuenta que usa el SENIAT para expresar tributos, multas y sanciones nacionales. Su valor vigente es 1 U.T. = Bs. 43 (Providencia Administrativa SNAT/2025/000048). Esta calculadora convierte cualquier cantidad de U.T. a bolívares y de bolívares a U.T.

Equivalencias de la Unidad Tributaria (1 U.T. = Bs. 43)
Cantidad en U.T.Equivalente en bolívares
1 U.T.Bs. 43
5 U.T.Bs. 215
10 U.T. (rebaja personal ISLR)Bs. 430
100 U.T.Bs. 4.300
774 U.T. (desgravamen único ISLR)Bs. 33.282
1.000 U.T.Bs. 43.000

Fuente: Providencia SNAT/2025/000048, SENIAT (Gaceta Oficial N° 43.140). La U.T. se usa solo para tributos nacionales; está prohibida para beneficios laborales.

Última revisión: 20 de junio de 2026 Verificado por Fuente: SENIAT — Portal del Seniat (Unidad Tributaria), Providencia SNAT/2025/000048 — Reajuste de la U.T. (Gaceta Oficial N° 43.140) 100% privado

El valor vigente de la Unidad Tributaria (U.T.) en Venezuela es de Bs. 43, fijado por la Providencia SNAT/2025/000048 del SENIAT. Para convertir multiplicás la cantidad de U.T. por 43; por ejemplo, 100 U.T. equivalen a Bs. 4.300.

Cuándo usar esta calculadora

  • Convertir una multa o sanción expresada en U.T. a bolívares
  • Saber a cuántas U.T. equivale un monto en bolívares
  • Calcular el desgravamen único del ISLR (774 U.T.) en bolívares
  • Determinar topes y límites tributarios fijados en U.T.
  • Verificar el valor en bolívares de una obligación con el SENIAT
  • Actualizar montos de trámites y aranceles expresados en U.T.

Ejemplo: convertir 100 U.T. a bolívares

  1. Valor vigente: 1 U.T. = Bs. 43.
  2. Conversión: 100 U.T. × Bs. 43 = Bs. 4.300.
  3. Para el camino inverso: Bs. 4.300 ÷ 43 = 100 U.T.
Resultado: 100 U.T. = Bs. 4.300

Cómo funciona

1 min read

Qué es la Unidad Tributaria (U.T.)

La Unidad Tributaria (U.T.) es una magnitud de referencia creada por el Código Orgánico Tributario que permite mantener actualizado el valor de los tributos, multas, sanciones y montos fijos de la normativa fiscal sin tener que reformar cada ley cuando hay inflación. En lugar de poner un monto en bolívares, las normas lo expresan en U.T.; basta con reajustar el valor de la U.T. para que todos esos montos se actualicen a la vez.

El valor vigente es 1 U.T. = Bs. 43, fijado por la Providencia Administrativa SNAT/2025/000048 del SENIAT, publicada en Gaceta Oficial N° 43.140 (reajuste desde Bs. 9 a Bs. 43).

Cómo se convierte

La conversión es una simple multiplicación o división por el valor vigente:

U.T. → Bolívares:  Cantidad de U.T. × Bs. 43
Bolívares → U.T.:  Monto en Bs. ÷ Bs. 43

Por ejemplo:

  • 100 U.T. = 100 × 43 = Bs. 4.300.

  • Bs. 21.500 = 21.500 ÷ 43 = 500 U.T.

  • El desgravamen único del ISLR (774 U.T.) = 774 × 43 = Bs. 33.282.
  • Para qué se usa (y para qué no)

    La U.T. se utiliza exclusivamente para tributos nacionales del SENIAT: la Tarifa N° 1 del ISLR, los desgravámenes y rebajas, los topes de retención, las multas y sanciones del Código Orgánico Tributario, y diversos aranceles y trámites.

    Un punto clave: la U.T. está prohibida para el cálculo de beneficios laborales (salarios, prestaciones, vacaciones, utilidades). Así lo establecen la providencia que la regula y la legislación laboral, para evitar que el ajuste de la U.T. arrastre los pasivos laborales. Los conceptos laborales se calculan sobre el salario, no sobre la U.T.

    Qué tener en cuenta

  • El valor de la U.T. puede reajustarse durante el año mediante una nueva providencia del SENIAT. Cuando eso ocurre, todos los montos en U.T. cambian su equivalente en bolívares.

  • Para obligaciones de ejercicios anteriores se aplica, en general, el valor de la U.T. vigente al momento que indique la norma (por ejemplo, el cierre del ejercicio o la fecha de la infracción).

  • Esta herramienta usa el valor vigente cargado en el sistema; conviene verificar siempre la última providencia publicada por el SENIAT.
  • Preguntas frecuentes

    ¿Cuánto vale la Unidad Tributaria en Venezuela en 2026?

    El valor vigente es 1 U.T. = Bs. 43, fijado por la Providencia Administrativa SNAT/2025/000048 del SENIAT (Gaceta Oficial N° 43.140), que reajustó la U.T. desde Bs. 9 a Bs. 43. Puede volver a reajustarse durante el año mediante una nueva providencia.

    ¿Cómo convierto Unidades Tributarias a bolívares?

    Multiplicás la cantidad de U.T. por el valor vigente (Bs. 43). Ejemplo: 100 U.T. × 43 = Bs. 4.300. Para el camino inverso (de bolívares a U.T.) dividís el monto entre 43: Bs. 4.300 ÷ 43 = 100 U.T.

    ¿Para qué se usa la Unidad Tributaria?

    Se usa para expresar y actualizar tributos, multas, sanciones y montos fijos de la normativa fiscal nacional: la Tarifa N° 1 del ISLR, los desgravámenes y rebajas, los topes de retención y las sanciones del Código Orgánico Tributario, entre otros. Permite ajustar esos valores sin reformar cada ley.

    ¿La U.T. sirve para calcular el salario o las prestaciones?

    No. La U.T. está expresamente prohibida para el cálculo de beneficios laborales (salarios, prestaciones, vacaciones, utilidades). Esos conceptos se calculan sobre el salario del trabajador, no sobre la U.T. La U.T. es solo para tributos nacionales del SENIAT.

    ¿Por qué existe la Unidad Tributaria?

    Existe para proteger el valor real de los montos fiscales frente a la inflación. En vez de fijar cantidades en bolívares que quedarían desactualizadas, las normas las expresan en U.T.; al reajustar el valor de la U.T., todos esos montos se actualizan simultáneamente sin necesidad de reformar las leyes.

    ¿Cuánto es el desgravamen único del ISLR en bolívares?

    El desgravamen único del ISLR es de 774 U.T., que con la U.T. en Bs. 43 equivale a Bs. 33.282 (774 × 43). Es la deducción que una persona natural puede restar de su enriquecimiento neto sin presentar comprobantes.

    ¿Quién fija el valor de la Unidad Tributaria?

    Lo fija el SENIAT mediante una Providencia Administrativa, que se publica en la Gaceta Oficial. El reajuste se hace tomando en cuenta la variación del Índice Nacional de Precios al Consumidor, dentro de los parámetros del Código Orgánico Tributario.

    ¿Qué valor de U.T. uso para una deuda de un año anterior?

    En general se aplica el valor de la U.T. que indique la norma para ese caso: para muchos tributos, el vigente al cierre del ejercicio; para sanciones, el vigente al momento del pago o de la infracción, según corresponda. Conviene verificar la regla específica y la providencia aplicable.

    ¿Cada cuánto cambia el valor de la U.T.?

    No tiene una periodicidad fija: el SENIAT la reajusta mediante providencia cuando lo considera necesario, normalmente una o más veces al año según la inflación. Por eso conviene confirmar siempre la última providencia publicada antes de hacer un cálculo definitivo.

    Fuentes y referencias