Impuestos

Calculadora de Intereses de Mora DIAN — Colombia 2026

Calculadora Gratis · Privada
Datos actualizados: · Fuente: Superintendencia Financiera / DIAN
Revisado por: (política editorial ) · Última revisión:
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Cuando pagás un impuesto después de su fecha de vencimiento, la DIAN te cobra intereses de mora sobre el capital adeudado. No es un porcentaje fijo: se liquidan día por día a la tasa que certifica la Superintendencia Financiera cada mes. El artículo 635 del Estatuto Tributario define la tasa con una fórmula precisa: es la tasa de usura vigente para la modalidad de crédito de consumo y ordinario, menos 2 puntos porcentuales. Para junio de 2026 la usura es 28,79% efectivo anual (Resolución 0823 de 2026 de la Superfinanciera), de modo que la tasa de mora tributaria es 28,79% − 2 = 26,79% E.A. Esa tasa anual se divide entre 365 para obtener la tasa diaria (interés simple, fórmula oficial IM = K × T × t) y se multiplica por el capital y por los días de retraso. Dos cosas importantes: la tasa cambia todos los meses (cuando se mueve la usura), y estos intereses son independientes de la sanción por extemporaneidad (el 5% mensual por declarar tarde) — se suman, no se reemplazan. Ingresá el impuesto que debés y los días de mora; si querés simular otro mes, podés cambiar la tasa de usura.

Última revisión: 18 de junio de 2026 Verificado por Fuente: Secretaría del Senado — Estatuto Tributario, art. 635 (determinación de la tasa de interés moratorio), DIAN — Tasa de interés moratorio (publicación oficial de la tasa vigente), Superintendencia Financiera de Colombia — Certificación del Interés Bancario Corriente y tasa de usura, Función Pública — Estatuto Tributario (Decreto 624 de 1989, texto vigente) 100% privado

Los intereses de mora por pagar impuestos tarde a la DIAN se liquidan día por día sobre el capital del impuesto adeudado, a la tasa de usura vigente (modalidad consumo y ordinario) menos 2 puntos (art. 635 ET). En junio de 2026 la usura es 28,79% E.A., así que la tasa de mora es 26,79% E.A. (tasa diaria 0,073397%, es decir 26,79% ÷ 365). Ejemplo: por un impuesto de $10.000.000 con 90 días de retraso, los intereses son $660.575 y el total a pagar $10.660.575 (más la sanción por extemporaneidad, que va aparte). Cada día extra de mora suma $7.340.

Cuándo usar esta calculadora

  • Un contador liquida los intereses de mora de un cliente que pagó la renta 90 días tarde: $660.575 sobre un impuesto de $10.000.000.
  • Un independiente con $3.500.000 de impuesto a cargo calcula cuánto le cuesta cada día extra de demora antes de ponerse al día.
  • Una pyme que pagó el IVA con 45 días de retraso estima los intereses para conciliar el recibo de pago con la DIAN.
  • Alguien que va a pagar mañana verifica que un día más de mora le agrega ~$7.340 por cada $10.000.000 adeudados.
  • Un asesor presupuesta el costo total de regularizar tres declaraciones atrasadas sumando intereses más sanción por extemporaneidad.
  • Un contribuyente compara los intereses de junio (26,79%) contra los que pagaría si la usura del mes siguiente sube o baja.
  • Una persona que recibió una liquidación oficial de la DIAN revisa que los intereses cobrados coincidan con la tasa vigente del mes.
  • Un comerciante del Régimen Simple calcula los intereses de mora del anticipo bimestral SIMPLE pagado fuera de plazo.
  • Un empleador que pagó tarde la retención en la fuente practicada a sus trabajadores liquida los intereses moratorios del periodo.
  • Un contador documenta, para un acuerdo de pago, cuántos intereses se acumulan por mes mientras el cliente reúne el dinero.

Ejemplo: impuesto de $10.000.000 con 90 días de mora (junio 2026)

  1. Tasa de usura junio 2026: 28,79% E.A. → tasa de mora DIAN = 28,79% − 2 = 26,79% E.A.
  2. Tasa diaria (división simple, base 365): 26,79% ÷ 365 = 0,073397% por día.
  3. Intereses: $10.000.000 × 0,073397% × 90 días = $660.575.
  4. Total a pagar: $10.000.000 + $660.575 = $10.660.575.
  5. Cada día adicional de mora suma $7.340 (y esto va aparte de la sanción por extemporaneidad).
Resultado: Te corren $660.575 de intereses; total a pagar $10.660.575

Cómo funciona

6 min read

Cómo se calculan los intereses de mora ante la DIAN

Cuando una obligación tributaria (renta, IVA, retención en la fuente, anticipo, SIMPLE) se paga después del vencimiento, el artículo 635 del Estatuto Tributario ordena liquidar intereses de mora día por día sobre el capital del impuesto adeudado. La fórmula es:

Tasa de mora (E.A.) = Tasa de usura vigente (consumo y ordinario) − 2 puntos
Tasa diaria          = Tasa de mora E.A. ÷ 365   (÷ 366 si el año es bisiesto)
Intereses de mora    = Capital × Tasa diaria × Días de mora
Total a pagar        = Capital + Intereses de mora

Ojo con la conversión a tasa diaria: la DIAN divide la tasa anual entre 365 (o 366 en año bisiesto), es interés simple, no compone. Es la fórmula IM = K × T × t del parágrafo del art. 590 y del art. 635 del E.T., vigente desde la Ley 1819 de 2016 (la conversión efectiva (1 + E.A.)^(1/365) − 1 era el método anterior, derogado). Como 2026 no es bisiesto, la base es 365.

La tasa de usura la certifica mensualmente la Superintendencia Financiera y equivale a 1,5 veces el interés bancario corriente de la modalidad de consumo y ordinario. Para junio de 2026, el interés bancario corriente de esa modalidad es 19,19% E.A., la usura es 28,79% E.A. (19,19% × 1,5) y, restando los 2 puntos del art. 635, la tasa de mora tributaria queda en 26,79% E.A. (tasa diaria 26,79% ÷ 365 = 0,073397%).

A diferencia de un crédito común, acá la tasa no se congela el día que te atrasás: se aplica la tasa vigente de cada día de mora. Cuando la usura del mes siguiente cambia, los intereses de esos días se calculan con la nueva tasa. Esta calculadora usa la tasa de junio de 2026 por defecto; si necesitás otro mes, ingresá la usura correspondiente en el campo opcional.

Intereses de mora vs. sanción por extemporaneidad: NO es lo mismo

Es la confusión más común y la que más plata cuesta cuando se omite. Son dos cobros distintos que se suman:

ConceptoQué castigaCómo se calculaNorma
Intereses de moraPagar el impuesto tardeCapital × tasa diaria (usura − 2) × díasArt. 635 ET
Sanción por extemporaneidadDeclarar tarde5% del impuesto por mes o fracción (tope 100%); 10% tras emplazamiento (tope 200%)Arts. 641 y 642 ET

Podés deber los dos a la vez: si presentaste la declaración tarde y pagaste tarde, sumás la sanción por extemporaneidad más los intereses de mora. La sanción por extemporaneidad la podés calcular en la calculadora de sanción por extemporaneidad DIAN; esta calculadora cubre solo los intereses.

Cuánto cuesta cada mes de mora sobre $10.000.000 (junio 2026)

A la tasa de mora de 26,79% E.A. (tasa diaria 0,073397%), un impuesto de $10.000.000 acumula:

Días de moraInteresesTotal a pagar% sobre el capital
30 días$220.192$10.220.1922,20%
60 días$440.384$10.440.3844,40%
90 días$660.575$10.660.5756,61%
180 días$1.321.151$11.321.15113,21%
365 días$2.679.000$12.679.00026,79%

Deber un impuesto durante un año largo se siente como tomar un crédito caro y sin negociación: a la tasa de junio, 365 días de mora sobre $10.000.000 suman $2.679.000. Fijate que 365 días dan justo el 26,79% del capital: como la tasa diaria es la anual dividida en 365 (interés simple, sin capitalizar intereses sobre intereses), un año completo de mora equivale exactamente a la tasa anual.

Cómo varían los intereses según el capital (90 días de mora, junio 2026)

Impuesto adeudadoIntereses (90 días)Total a pagarCosto por día
$1.000.000$66.058$1.066.058$734
$5.000.000$330.288$5.330.288$3.670
$10.000.000$660.575$10.660.575$7.340
$20.000.000$1.321.151$21.321.151$14.679
$50.000.000$3.302.877$53.302.877$36.699

El interés es proporcional al capital: por cada $10.000.000 que debas, cada día de mora cuesta $7.340 a la tasa de junio de 2026. Es un cronómetro: mientras no pagues, la cuenta sigue corriendo todos los días, incluidos sábados, domingos y festivos.

¿Desde qué día corren los intereses?

Los intereses empiezan a correr el día siguiente al vencimiento del plazo para declarar y pagar, y se acumulan hasta el día en que efectivamente pagás (inclusive). Por eso el número de días lo definís vos según las fechas: contá los días calendario entre el día posterior al vencimiento y la fecha de pago. Una fracción de día no aplica como la fracción de mes de la sanción: acá se cuenta por días enteros.

Ejemplo: si el vencimiento fue el 15 de mayo y pagás el 13 de agosto, son 90 días de mora (16-may a 13-ago). Sobre $10.000.000 eso da los $660.575 del ejemplo principal.

La tasa cambia todos los meses

La usura —y por lo tanto la tasa de mora— se recertifica mes a mes. Durante 2026 ha rondado el rango de 22%–30% E.A. según el mes. Si tu mora abarca varios meses, técnicamente cada tramo de días se liquida a la tasa vigente de ese periodo; el liquidador oficial de la DIAN hace ese cálculo por tramos. Esta herramienta usa una sola tasa (la de junio de 2026, o la que ingreses) para darte una estimación rápida y cercana. Para liquidaciones oficiales con varios meses de tasas distintas, usá el liquidador de intereses moratorios de la DIAN.

Otro ejemplo completo: impuesto chico, pocos días

Un independiente debe $3.500.000 de impuesto a cargo y va a pagar con 30 días de mora en junio de 2026:

1. Tasa de mora: 28,79% − 2 = 26,79% E.A. → tasa diaria 0,073397% (26,79% ÷ 365).
2. Intereses: $3.500.000 × 0,073397% × 30 = $77.067.
3. Total a pagar: $3.500.000 + $77.067 = $3.577.067.
4. Cada día extra le cuesta $2.569.

Si además presentó la declaración tarde, a esto se le suma la sanción por extemporaneidad (mínimo 10 UVT = $523.740 en 2026), que se calcula por separado.

Cómo pagar menos intereses

  • Pagá lo antes posible: como corren por día, cada día que adelantás el pago te ahorra el interés de ese día. No esperés a "juntar todo".

  • Pago parcial / abono a capital: si abonás al capital, los intereses siguientes se calculan sobre el saldo menor. La DIAN imputa primero a sanciones e intereses y luego a capital (art. 804 ET), así que confirmá la imputación.

  • Beneficios temporales: algunos años hay decretos con tasas reducidas transitorias para quien se ponga al día antes de cierta fecha (por ejemplo, el Decreto 240 de 2026 ofreció una tasa reducida para deudas a 31-dic-2025 pagadas antes del 30-abr-2026). Revisá si hay alguno vigente.

  • Acuerdo de pago (facilidad de pago): la DIAN puede otorgar facilidades, pero los intereses se siguen causando sobre el saldo hasta cancelarlo.
  • Errores comunes

  • Confundir intereses con la sanción por extemporaneidad: son dos cobros y se suman. Liquidar solo uno deja la obligación incompleta.

  • Usar la tasa de usura sin restar los 2 puntos: la tasa de mora tributaria es usura menos 2, no la usura plena.

  • Convertir la tasa de forma compuesta (1 + E.A.)^(1/365) − 1: ese era el método anterior a la Ley 1819 de 2016, hoy derogado. La DIAN usa interés simple: divide la tasa anual entre 365 (o 366 en bisiesto) y la multiplica por el capital y los días. Componer la tasa subestima los intereses (da ~11% menos).

  • Olvidar que la tasa cambia cada mes: si tu mora cruza varios meses, cada tramo va a su tasa.

  • Contar mal los días: corren desde el día siguiente al vencimiento hasta el día de pago, días calendario (no hábiles).
  • Datos clave 2026

    ConceptoValor (junio 2026)
    Interés bancario corriente (consumo y ordinario)19,19% E.A.
    Tasa de usura (× 1,5 del IBC)28,79% E.A. (Res. 0823/2026)
    Tasa de mora DIAN (usura − 2 pts, art. 635 ET)26,79% E.A.
    Tasa diaria (26,79% ÷ 365, interés simple)0,073397%
    Costo por día por cada $10.000.000$7.340
    Base de liquidaciónCapital del impuesto, día por día
    Sanción por extemporaneidad (aparte)5% mensual, tope 100% (art. 641 ET)

    Disclaimer

    Cálculo orientativo según el art. 635 del Estatuto Tributario y la tasa de usura certificada por la Superintendencia Financiera para junio de 2026. La tasa cambia mensualmente y, si la mora abarca varios meses, la liquidación oficial se hace por tramos a la tasa vigente de cada periodo. No incluye la sanción por extemporaneidad ni otras sanciones, que se calculan por separado. Para liquidaciones oficiales y acuerdos de pago consultá el liquidador de la DIAN o a un contador.

    Preguntas frecuentes

    ¿Cuál es la tasa de interés de mora de la DIAN en junio de 2026?

    26,79% efectivo anual. Sale de la tasa de usura vigente para consumo y ordinario (28,79% E.A., Resolución 0823 de 2026) menos 2 puntos, tal como ordena el art. 635 del Estatuto Tributario. En tasa diaria equivale a 0,073397% (26,79% ÷ 365).

    ¿Cómo se calculan los intereses de mora por impuestos?

    Se liquidan día por día con la fórmula oficial IM = K × T × t: intereses = capital × tasa diaria × días de mora. La tasa diaria es la tasa de mora anual (usura − 2) dividida entre 365 (o 366 en bisiesto) — interés simple, sin componer. Por ejemplo, $10.000.000 con 90 días de mora dan $660.575.

    ¿Los intereses de mora son lo mismo que la sanción por extemporaneidad?

    No, son dos cobros distintos que se suman. La sanción por extemporaneidad (5% mensual, art. 641 ET) castiga declarar tarde; los intereses de mora (art. 635 ET) castigan pagar tarde. Si hiciste las dos cosas tarde, pagás ambos.

    ¿Por qué a la usura se le restan 2 puntos?

    Porque así lo establece expresamente el artículo 635 del Estatuto Tributario: la tasa de mora para obligaciones tributarias es la tasa de usura vigente para la modalidad de consumo y ordinario menos 2 puntos porcentuales. En junio de 2026: 28,79% − 2 = 26,79% E.A.

    ¿Desde qué día empiezan a correr los intereses?

    Desde el día siguiente al vencimiento del plazo para declarar y pagar, y se acumulan hasta el día en que pagás (inclusive). Se cuentan días calendario, incluidos sábados, domingos y festivos.

    ¿La tasa de mora es fija todo el año?

    No. Cambia cada mes junto con la tasa de usura que certifica la Superfinanciera. Durante 2026 ha rondado entre el 22% y el 30% E.A. Si tu mora abarca varios meses, cada tramo se liquida a la tasa vigente de ese periodo.

    ¿Cuánto me cuesta cada día adicional de mora?

    A la tasa de junio de 2026, cada día suma $7.340 por cada $10.000.000 de impuesto adeudado. Es proporcional al capital: por $5.000.000 son ~$3.670 al día. Por eso conviene pagar lo antes posible.

    ¿Sobre qué se calculan los intereses, sobre el impuesto o sobre el total con sanción?

    Sobre el capital del impuesto a cargo. Las sanciones tienen su propio régimen. Si hacés abonos, la DIAN imputa el pago primero a sanciones e intereses y luego a capital (art. 804 ET), así que el saldo de capital baja al final.

    ¿Cómo cuento los días de mora?

    Son los días calendario entre el día posterior al vencimiento y la fecha de pago. Ejemplo: vencimiento 15 de mayo, pago 13 de agosto = 90 días. Acá se cuenta por días enteros, no por fracción de mes como en la sanción por extemporaneidad.

    ¿Puedo pagar una tasa de mora más baja?

    A veces sí: hay decretos con tasas reducidas transitorias para quien se ponga al día antes de una fecha (por ejemplo, el Decreto 240 de 2026 para deudas a 31-dic-2025 pagadas antes del 30-abr-2026). Fuera de esos beneficios, aplica la tasa plena del art. 635 ET.

    ¿Qué pasa si pago el impuesto pero no los intereses?

    La obligación sigue incompleta y la DIAN puede continuar el cobro. Además, al imputar el pago primero a intereses y sanciones, parte de lo que creías abonar a capital puede quedar cubriendo intereses, dejando saldo de impuesto que sigue generando mora.

    Fuentes y referencias

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