Impuestos

Calculadora de impuesto de renta por renta líquida (cédula general) 2026

Calculá tu impuesto de renta 2026 con la tabla del art. 241 ET. Ingresá tu renta líquida gravable anual y obtené el impuesto, la tarifa marginal y la efectiva. UVT 2026 = $52.374.

🗓️ Actualizado junio de 2026 Revisado por
Calculadora Gratis · Privada
Datos actualizados: · Fuente: DIAN - Resolución 000238 de 2025 (UVT 2026)
Revisado por: (política editorial ) · Última revisión:
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Calculadora específica para Colombia. Las leyes, escalas y valores son los vigentes en Colombia.

El impuesto de renta de personas naturales en Colombia se liquida con la tabla progresiva del artículo 241 del Estatuto Tributario sobre la renta líquida gravable de la cédula general. La tabla está expresada en UVT (Unidad de Valor Tributario), que en 2026 vale $52.374 (Resolución DIAN 000238 de 2025). Las primeras 1.090 UVT de renta líquida ($57.087.660) están exentas de impuesto; a partir de ahí se aplican tarifas marginales del 19% hasta el 39%, pero —y esto es clave— solo el excedente de cada tramo paga la tarifa más alta. Por eso la tarifa efectiva (el impuesto dividido por la renta total) siempre es menor que la tarifa marginal del tramo en que caés.

Cuándo usar esta calculadora

  • Asalariado estima su impuesto de renta antes de declarar
  • Independiente proyecta cuánto pagará por su cédula general
  • Contador valida la liquidación del formulario 210
  • Persona evalúa el impacto de un ingreso extra en su impuesto
  • Contribuyente entiende por qué su tarifa efectiva es menor que la marginal

Tabla del art. 241 ET — impuesto de renta personas naturales 2026 (UVT = $52.374)

Renta líquida (UVT)Equivalente en pesosTarifa marginalImpuesto
0 a 1.090$0 – $57.087.6600%$0
>1.090 a 1.700$57.087.660 – $89.035.80019%(UVT − 1.090) × 19%
>1.700 a 4.100$89.035.800 – $214.733.40028%(UVT − 1.700) × 28% + 116 UVT
>4.100 a 8.670$214.733.400 – $454.082.58033%(UVT − 4.100) × 33% + 788 UVT
>8.670 a 18.970$454.082.580 – $993.535.38035%(UVT − 8.670) × 35% + 2.296 UVT
>18.970 a 31.000$993.535.380 – $1.623.594.00037%(UVT − 18.970) × 37% + 5.901 UVT
>31.000Más de $1.623.594.00039%(UVT − 31.000) × 39% + 10.352 UVT

Fuente: art. 241 del Estatuto Tributario. UVT 2026 = $52.374 (Resolución DIAN 000238 de 2025). La adición fija de cada tramo ya incorpora el impuesto de los tramos inferiores, por eso la tarifa efectiva siempre es menor que la marginal.

Cómo funciona

Cómo funciona la tabla del art. 241 ET

El impuesto de renta de personas naturales en Colombia es progresivo por tramos. Esto significa que tu renta líquida gravable se divide en porciones y cada porción paga una tarifa distinta. No es que toda tu renta pague la tarifa más alta: solo el excedente que cae en cada tramo se grava a la tasa de ese tramo.

Fórmula del impuesto

1. Convertí tu renta líquida gravable anual a UVT: renta en UVT = renta líquida ÷ $52.374.

2. Buscá el tramo donde cae esa cifra en la tabla del art. 241.

3. Aplicá la fórmula del tramo: impuesto en UVT = (renta en UVT − piso del tramo) × tarifa marginal + adición fija del tramo.

4. Convertí de vuelta a pesos: impuesto = impuesto en UVT × $52.374.

Tabla del art. 241 ET (UVT anuales)

Renta líquida (UVT)Tarifa marginalImpuesto
0 a 1.0900%$0
>1.090 a 1.70019%(renta UVT − 1.090) × 19%
>1.700 a 4.10028%(renta UVT − 1.700) × 28% + 116 UVT
>4.100 a 8.67033%(renta UVT − 4.100) × 33% + 788 UVT
>8.670 a 18.97035%(renta UVT − 8.670) × 35% + 2.296 UVT
>18.970 a 31.00037%(renta UVT − 18.970) × 37% + 5.901 UVT
>31.00039%(renta UVT − 31.000) × 39% + 10.352 UVT

Ejemplo práctico

Datos: renta líquida gravable anual = $80.000.000.

  • En UVT: $80.000.000 ÷ $52.374 = 1.527,48 UVT.

  • Tramo: cae entre 1.090 y 1.700 UVT → tarifa marginal 19%, adición 0.

  • Impuesto en UVT: (1.527,48 − 1.090) × 0,19 = 83,12 UVT.

  • Impuesto en pesos: 83,12 × $52.374 = $4.353.345.

  • Tarifa efectiva: $4.353.345 ÷ $80.000.000 = 5,44% (muy por debajo del 19% marginal).
  • Por qué la tarifa efectiva es menor que la marginal

    Un error común es pensar que si caés en el tramo del 28% pagás el 28% de todo. No es así. El 28% solo se aplica a la parte de tu renta que supera el piso de ese tramo. Toda la renta por debajo paga las tarifas más bajas (0%, 19%) o nada. El resultado: tu tarifa efectiva —lo que realmente pagás sobre el total— es siempre menor que la marginal.

    Qué NO incluye este cálculo

  • Esta calculadora liquida solo el impuesto de la cédula general sobre la renta líquida que ya conocés.

  • No calcula la renta líquida en sí (eso requiere depurar ingresos, deducciones, rentas exentas y el límite del 40%).

  • No incluye descuentos tributarios (donaciones, dependientes a partir de 2023, etc.) que se restan después del impuesto.

  • La ganancia ocasional (herencias, venta de activos) tiene tarifa propia (15%) y no entra en esta tabla.
  • Si sos asalariado y querés ver la depuración mensual, la calculadora de retención por salarios Procedimiento 1 muestra cómo se llega a la base gravable. Para saber si estás obligado a declarar, revisá la calculadora de declaración de renta Colombia. Y si te interesa el sueldo neto mes a mes, está la calculadora de salario neto Colombia 2026.

    Ejemplo: renta líquida gravable de $80.000.000

    En UVT: $80.000.000 ÷ $52.374 = 1.527,48 UVT, que cae en el tramo de >1.090 a 1.700 UVT (tarifa marginal 19%, adición 0).
    Impuesto en UVT: (1.527,48 − 1.090) × 19% = 83,12 UVT.
    Impuesto en pesos: 83,12 × $52.374 = $4.353.345, con una tarifa efectiva de 5,44% sobre el total.
    Impuesto de renta de $4.353.345 (tarifa marginal 19%, tarifa efectiva 5,44%) sobre una renta líquida de $80.000.000.
    Disclaimer: Los resultados son orientativos y no constituyen asesoramiento tributario. Antes de tomar decisiones con impacto, consultá con un contador público matriculado o asesor fiscal.

    Preguntas frecuentes

    ¿Qué es la renta líquida gravable?
    Es la base sobre la que se liquida el impuesto. Se obtiene depurando tus ingresos: se restan los ingresos no constitutivos de renta, los costos y gastos, las deducciones (salud, dependientes, vivienda) y las rentas exentas, con el límite del 40% (tope 1.340 UVT). No es tu ingreso bruto: suele ser bastante menor.
    ¿A partir de cuánto se paga impuesto de renta en 2026?
    El impuesto empieza a causarse cuando la renta líquida gravable supera 1.090 UVT, es decir $57.087.660 en 2026 (1.090 × $52.374). Por debajo de ese monto la tarifa es 0% y el impuesto es $0, aunque podés estar obligado a declarar igual.
    ¿Cuál es la diferencia entre tarifa marginal y tarifa efectiva?
    La marginal es la tarifa del tramo más alto que alcanzás (19%, 28%, 33%…) y solo aplica al excedente de ese tramo. La efectiva es el impuesto total dividido por tu renta líquida: refleja lo que realmente pagás. La efectiva siempre es menor que la marginal por el efecto de la progresividad.
    ¿La tabla del art. 241 aplica a todos los ingresos?
    Aplica a la cédula general (rentas de trabajo, honorarios, rentas de capital y no laborales). Los dividendos y la ganancia ocasional tienen tablas y tarifas separadas. Esta calculadora cubre la cédula general, que es la más común para asalariados e independientes.
    ¿La UVT cambia cada año?
    Sí. La DIAN fija la UVT cada diciembre según el IPC. Para 2026 es $52.374 (Resolución DIAN 000238 de 2025). Como la tabla del art. 241 está en UVT, los rangos en pesos suben automáticamente cada año sin necesidad de reformar la ley.
    ¿El impuesto que arroja esta calculadora es lo que pago al final?
    Es el impuesto a cargo antes de descuentos tributarios y de restar la retención en la fuente que ya te practicaron. Si te retuvieron durante el año, ese valor se descuenta y podés terminar con saldo a pagar o a favor. Los descuentos (donaciones, etc.) también reducen el valor final.
    ¿Cómo se calcula el impuesto si caigo en el tramo del 28%?
    Solo la parte de tu renta que supera 1.700 UVT paga 28%, y se le suma la adición fija de 116 UVT (que ya incorpora lo que pagaste en el tramo del 19%). La fórmula es: (renta en UVT − 1.700) × 28% + 116, todo multiplicado por la UVT. Así nunca pagás 28% sobre el total.
    ¿Los independientes usan esta misma tabla?
    Sí. Los independientes (honorarios, servicios, comercio) también tributan por la cédula general con la tabla del art. 241. La diferencia está en la depuración previa: pueden imputar costos y gastos para llegar a su renta líquida gravable antes de aplicar la tabla.
    ¿Dónde declaro y pago el impuesto de renta?
    En el portal de la DIAN (dian.gov.co) con el formulario 210 para personas naturales. La declaración del año gravable 2025 se presenta en 2026 según el calendario por últimos dígitos del NIT/cédula. El pago puede hacerse en línea o en bancos autorizados.

    Metodología y confianza

    Editorial

    Calculadora de impuestos revisada por el equipo editorial de Hacé Cuentas, contrastada con Estatuto Tributario - Artículo 241 (tarifa personas naturales), según nuestra política editorial y metodología.

    Actualización

    Última revisión: 29 de junio de 2026. Los parámetros se verifican periódicamente con las fuentes citadas.

    Privacidad

    Los cálculos corren 100% en tu navegador. No guardamos ni transmitimos tus datos.

    Limitaciones

    Resultados orientativos. Para decisiones críticas, consultá con un profesional.

    📌 Cómo citar esta calculadora

    Rodríguez, M. (2026). Calculadora de impuesto de renta por renta líquida (cédula general) 2026. Hacé Cuentas. https://hacecuentas.com/calculadora-tabla-impuesto-renta-personas-naturales-colombia-2026

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