Calculadora de retención en la fuente por salarios (Procedimiento 1) 2026 🇨🇴
Calculá la retención en la fuente del Procedimiento 1 en Colombia 2026 con deducciones por vivienda, dependientes, prepagada y aportes voluntarios. Tabla del art. 383 ET. Sin registro.
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🇨🇴Calculadora específica para Colombia. Las leyes, escalas y valores son los vigentes en Colombia.
El Procedimiento 1 es el método más usado para calcular la retención en la fuente por salarios en Colombia: el empleador depura el sueldo de cada mes y le aplica la tabla del artículo 383 del Estatuto Tributario. Esta calculadora replica esa depuración con los valores 2026 (UVT $52.374): resta los aportes obligatorios (8% + FSP), las deducciones por intereses de vivienda (tope 100 UVT/mes), dependientes (10% del ingreso, tope 32 UVT/mes) y medicina prepagada (tope 16 UVT/mes), los aportes voluntarios a pensión o AFC, y la renta exenta del 25% (tope 790 UVT/año). Todo ello sujeto al límite global del 40% de los ingresos (art. 336 ET). La retención solo aparece cuando la base gravable supera 95 UVT.
Cuándo usar esta calculadora
Empleado estima cuánto le retendrán según sus deducciones
Trabajador decide si conviene declarar dependientes ante su empleador
Persona evalúa cuánto baja su retención con un aporte voluntario a pensión
Contador valida la retención mensual de un empleado de nómina
Empleado compara su retención antes y después de comprar vivienda
Topes de deducciones y beneficios (Procedimiento 1, 2026)
Beneficio
Tope legal
Tope mensual 2026
Artículo ET
Intereses de vivienda
100 UVT/mes
≈ $436.450
Art. 387
Medicina prepagada
16 UVT/mes
≈ $69.832
Art. 387
Dependientes
10% ingreso / 32 UVT
≈ $139.664 máx.
Art. 387
Renta exenta laboral 25%
790 UVT/año
≈ $3.447.955/mes
Art. 206-10
Límite global de beneficios
40% / 1.340 UVT año
≈ $5.848.430/mes
Art. 336
UVT 2026 = $52.374. La retención solo aplica cuando la base gravable depurada supera 95 UVT (≈ $4.975.530).
Cómo funciona
Cómo funciona el Procedimiento 1 de retención
El Procedimiento 1 recalcula la retención mes a mes sobre la depuración del salario de ese mes. El Procedimiento 2, en cambio, aplica un porcentaje fijo calculado cada semestre. Esta calculadora usa el Procedimiento 1, el más común.
Paso a paso de la depuración
1. Ingreso neto = salario bruto − aportes obligatorios (8% salud + pensión, más 1% de FSP si supera 4 SMMLV). 2. Deducciones (art. 387 ET): - Intereses de vivienda: tope 100 UVT/mes. - Medicina prepagada: tope 16 UVT/mes. - Dependientes: 10% del ingreso, tope 32 UVT/mes. 3. Aportes voluntarios a pensión o cuentas AFC. 4. Renta exenta del 25% del ingreso neto (art. 206-10 ET), tope 790 UVT/año. 5. Límite global del 40% (art. 336 ET): la suma de beneficios (deducciones + exenta + voluntarios) no puede superar el 40% del ingreso neto, ni 1.340 UVT/año. 6. Base gravable = ingreso neto − beneficios limitados → se divide por la UVT y se aplica la tabla del art. 383.
Tabla del art. 383 ET (rangos mensuales en UVT)
Base en UVT
Tarifa marginal
Impuesto en UVT
0 a 95
0%
0
> 95 a 150
19%
(UVT − 95) × 19%
> 150 a 360
28%
(UVT − 150) × 28% + 10
> 360 a 640
33%
(UVT − 360) × 33% + 69
> 640 a 945
35%
(UVT − 640) × 35% + 162
> 945 a 2.300
37%
(UVT − 945) × 37% + 268
> 2.300
39%
(UVT − 2.300) × 39% + 770
Ejemplo práctico
Salario de $8.000.000 con dependientes, sin vivienda ni prepagada:
Retención de ≈ $65.500 al mes (tarifa efectiva ≈ 0,82%) para un salario de $8.000.000 con dependientes y sin otras deducciones.
Disclaimer: Los resultados son orientativos y no constituyen asesoramiento tributario. Antes de tomar decisiones con impacto, consultá con un contador público matriculado o asesor fiscal.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es la diferencia entre Procedimiento 1 y Procedimiento 2?
El Procedimiento 1 depura y aplica la tabla cada mes sobre el salario de ese mes. El Procedimiento 2 calcula un porcentaje fijo cada semestre (con base en el promedio de los 12 meses anteriores) y lo aplica de forma constante. El empleador elige el método; una vez elegido para un trabajador, debe mantenerlo todo el año.
¿A partir de qué base me empiezan a retener?
Cuando la base gravable supera 95 UVT mensuales, es decir ≈ $4.975.530 en 2026. Como esa base ya está depurada (después de aportes, deducciones y renta exenta), el salario bruto al que empieza la retención suele ser bastante mayor que esa cifra.
¿Qué deducciones puedo usar para bajar la retención?
Intereses de vivienda (tope 100 UVT/mes), medicina prepagada (tope 16 UVT/mes), dependientes (10% del ingreso, tope 32 UVT/mes) y aportes voluntarios a pensión o AFC. Todas suman dentro del límite global del 40% de tus ingresos.
¿Qué es el límite del 40%?
El artículo 336 del Estatuto Tributario establece que el total de rentas exentas y deducciones no puede superar el 40% del ingreso neto (ni 1.340 UVT al año). Aunque tengas muchas deducciones, la base gravable no baja más allá de ese tope.
¿Cuántos dependientes puedo declarar?
La deducción por dependientes es un único beneficio del 10% del ingreso (tope 32 UVT/mes), sin importar cuántos dependientes tengas. Desde la Ley 2277 de 2022 también existe una deducción adicional por dependientes que se aplica en la declaración anual, no en la retención mensual.
¿Los aportes voluntarios siempre bajan la retención?
Bajan la base gravable siempre que, sumados a las demás rentas exentas y deducciones, no superen el límite del 40%. Si ya alcanzaste ese tope con otras deducciones, un aporte voluntario adicional no reducirá más la retención de ese mes.
¿Esta calculadora sirve para independientes?
No directamente. El Procedimiento 1 es para rentas laborales de asalariados. Los independientes con contrato de prestación de servicios tienen retención por honorarios o servicios, con bases y tarifas distintas. Para su base de cotización usá la calculadora de IBC de independientes.
¿La retención es un impuesto definitivo?
No. La retención es un anticipo del impuesto de renta. Al presentar tu declaración anual, las retenciones que te hicieron se descuentan del impuesto final; si retuvieron de más, te devuelven o queda como saldo a favor.
¿Por qué mi retención cambia algunos meses?
Porque en el Procedimiento 1 cada mes se recalcula sobre el ingreso de ese mes. Si recibís prima, bonificaciones o comisiones, la base sube y la retención también. En meses sin pagos extra vuelve a bajar.
Calculadora de impuestos revisada por el equipo editorial de Hacé Cuentas, contrastada con Estatuto Tributario - Art. 383 (tabla de retención), según nuestra política editorial y metodología.
Actualización
Última revisión: 29 de junio de 2026. Los parámetros se verifican periódicamente con las fuentes citadas.
Privacidad
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Limitaciones
Resultados orientativos. Para decisiones críticas, consultá con un profesional.
📌 Cómo citar esta calculadora
Rodríguez, M. (2026). Calculadora de retención en la fuente por salarios (Procedimiento 1) 2026. Hacé Cuentas. https://hacecuentas.com/calculadora-retencion-salarios-procedimiento-1-colombia-2026
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