Calculadora de Recargos y Actualización SAT — México 2026
Ver cálculo paso a paso
Si dejaste pasar la fecha límite para pagar un impuesto —ISR, IVA, retenciones, una diferencia de tu declaración anual— el SAT no te cobra solo el monto original. Te cobra dos conceptos adicionales que se calculan en un orden específico y que mucha gente confunde con una multa: la actualización y los recargos. La actualización (Art. 17-A del Código Fiscal de la Federación) ajusta tu impuesto por la inflación transcurrida desde que debiste pagarlo. No es un castigo: es traer el adeudo a valor presente. Se calcula con un factor de actualización = INPC del mes anterior al más reciente ÷ INPC del mes anterior al más antiguo (el del vencimiento). Si ese factor sale menor a 1, se aplica 1 (nunca te baja el adeudo). Los recargos (Art. 21 del CFF) sí son la indemnización al fisco por el atraso, y aquí está la clave: se calculan sobre el impuesto YA ACTUALIZADO, no sobre el original. La tasa de recargos por mora para 2026 es del 2.07% mensual (Art. 11, fracción I, de la Ley de Ingresos de la Federación 2026, publicada en el DOF el 7 de noviembre de 2025), un 40% más que el 1.47% que rigió en 2025. Los recargos corren por cada mes (o fracción) de atraso, hasta un máximo de 5 años (60 meses). Esta calculadora aplica el procedimiento oficial con la tasa 2026: ingresa el impuesto original, los meses de atraso y el factor de actualización (o los dos valores de INPC) y obtén la actualización, los recargos y el total real a pagar, con el desglose completo.
Cuando pagas un impuesto fuera del plazo, el SAT te cobra dos cosas: (1) la ACTUALIZACIÓN por inflación (Art. 17-A CFF) = impuesto × factor (INPC del mes anterior al más reciente ÷ INPC del mes anterior al de pago), y (2) los RECARGOS por mora (Art. 21 CFF) = impuesto YA ACTUALIZADO × 2.07% mensual × meses de atraso. La tasa de recargos por mora 2026 es 2.07% mensual (Art. 11 LIF 2026), 40% más alta que el 1.47% de 2025. Ejemplo: un ISR de $100,000 pagado 6 meses tarde, sin inflación relevante (factor 1.0), genera $12,420 de recargos (100,000 × 2.07% × 6) → total $112,420. Los recargos topan a 5 años (60 meses); la actualización no tiene tope.
Cuándo usar esta calculadora
- Un contribuyente que olvidó pagar su ISR mensual de $30,000 calcula que, 4 meses tarde, debe $30,000 actualizado más unos $2,484 de recargos al 2.07% mensual.
- Una persona física con una diferencia de $100,000 en su declaración anual estima que, pagada 6 meses después, sube a $112,420 por los recargos por mora.
- Un patrón que enteró tarde las retenciones de IVA de sus proveedores calcula la actualización por inflación más los recargos antes de presentar el pago en línea.
- Quien recibió una carta invitación del SAT verifica si el monto que le exigen (impuesto + actualización + recargos) coincide con el cálculo legal antes de pagar.
- Un negocio compara pagar hoy versus dentro de tres meses y ve cuánto crece el adeudo por cada mes extra de mora (2.07% sobre el actualizado).
- Alguien que arrastra un adeudo de hace casi seis años comprueba que los recargos topan en 60 meses, pero que la actualización por inflación sigue corriendo.
- Un contador estima la actualización con los dos valores del INPC (el del mes anterior al pago y el del mes anterior al vencimiento) para presentar la cifra exacta a su cliente.
- Una empresa evalúa solicitar pago en parcialidades y compara la tasa de mora (2.07%) contra la tasa de prórroga 2026 (1.38% mensual).
- Un freelancer del RESICO que se atrasó un mes confirma cuánto suman los recargos sobre su cuota para regularizarse sin sorpresas.
- Quien va a corregir una declaración con impuesto omitido calcula primero el recargo y la actualización para saber si le conviene autocorregirse antes de un requerimiento (donde además entraría una multa).
Ejemplo: ISR de $100,000 pagado 6 meses tarde (sin inflación relevante, factor 1.0)
- Actualización (Art. 17-A): factor 1.0 (plazo corto, inflación no relevante) → impuesto actualizado = $100,000 × 1.0 = $100,000 (sin cargo por actualización).
- Recargos por mora (Art. 21): tasa 2026 = 2.07% mensual × 6 meses = 12.42% sobre el impuesto actualizado.
- Recargos = $100,000 × 12.42% = $12,420.
- Total a pagar = $100,000 + $12,420 = $112,420 (cada mes extra suma $2,070).
Cómo funciona
6 min readQué te cobra el SAT cuando pagas tarde
Cuando un impuesto no se paga en la fecha o dentro del plazo que marca la ley, el adeudo deja de ser solo el monto original. El Código Fiscal de la Federación (CFF) obliga a sumar dos conceptos —que son distintos de las multas— y a calcularlos en este orden:
Total a pagar = (Impuesto × Factor de actualización) + Recargos
└──────── Art. 17-A CFF ────────┘ └─ Art. 21 CFF ─┘1. Actualización (Art. 17-A): trae el impuesto a valor presente por la inflación transcurrida. No es una sanción; es reconocer que el peso de hace meses no vale lo mismo hoy.
2. Recargos (Art. 21): son la indemnización al fisco por el financiamiento forzoso que significó tu atraso. Se calculan sobre el impuesto ya actualizado.
Es un error frecuente aplicar los recargos sobre el monto histórico: la ley es explícita en que se calculan sobre las contribuciones actualizadas. Por eso primero se actualiza y después se aplican los recargos.
1. La actualización (Art. 17-A CFF)
La actualización se obtiene multiplicando el impuesto por un factor de actualización:
Factor = INPC del mes anterior al más reciente ÷ INPC del mes anterior al más antiguoDos reglas importantes del Art. 17-A:
Ejemplo: si el INPC del mes anterior al pago es 140.000 y el del mes anterior al vencimiento es 133.000, el factor es 140.000 ÷ 133.000 = 1.0526. Un impuesto de $50,000 se actualiza a $50,000 × 1.0526 = $52,630; la actualización es de $2,630.
Para atrasos de pocos días o un mes, donde la inflación acumulada es mínima, el factor suele ser muy cercano a 1, y la actualización es prácticamente cero. El peso del cargo lo llevan los recargos.
2. Los recargos por mora (Art. 21 CFF)
Una vez actualizado el impuesto, se aplican los recargos:
Recargos = Impuesto actualizado × Tasa mensual de recargos × Número de meses de atrasoLa tasa la fija cada año el Congreso en la Ley de Ingresos de la Federación (LIF). El Art. 21 del CFF ordena que la tasa de mora sea la que resulte de incrementar en 50% la tasa de prórroga aprobada por el Congreso.
Tasas de recargos 2026 (LIF, DOF 07-nov-2025)
| Concepto | Tasa mensual 2026 | Tasa mensual 2025 |
|---|---|---|
| Mora / pago extemporáneo (Art. 21 CFF) | 2.07% | 1.47% |
| Prórroga (plazo autorizado) | 1.38% | 0.98% |
| Parcialidades hasta 12 meses | 1.42% | 1.26% |
| Parcialidades de 13 a 24 meses | 1.63% | 1.53% |
| Parcialidades > 24 meses o pago diferido | 1.97% | 1.82% |
La tasa de mora subió de 1.47% a 2.07% mensual para 2026 —un aumento del 40%— lo que encarece de forma notable cualquier atraso. La calculadora usa 2.07% por defecto (mora); si tu adeudo está bajo un plazo autorizado, elige prórroga (1.38%).
Reglas de los recargos
Ejemplo completo paso a paso
Tomemos un ISR de $100,000 que se paga 6 meses tarde, en un periodo de inflación baja (factor 1.0):
| Paso | Operación | Resultado |
|---|---|---|
| 1. Actualización | $100,000 × 1.0 (factor) | $100,000 |
| 2. Tasa de recargos acumulada | 2.07% × 6 meses | 12.42% |
| 3. Recargos | $100,000 × 12.42% | $12,420 |
| 4. Total a pagar | $100,000 + $12,420 | $112,420 |
Cada mes adicional de atraso suma $2,070 (2.07% de $100,000). Si además hubiera inflación —digamos un factor de 1.03—, el impuesto actualizado sería $103,000 y los recargos se calcularían sobre esa cifra: $103,000 × 12.42% = $12,792.60, para un total de $115,792.60.
Recargos y actualización NO son la multa
Este es el punto que más confusión genera. Si te autocorriges de forma espontánea (pagas antes de que el SAT te requiera), normalmente solo pagas impuesto actualizado + recargos, sin multa. La multa aparece cuando es la autoridad la que detecta la omisión mediante un requerimiento o una revisión: ahí se suma una sanción que suele ir del 55% al 75% de la contribución omitida (Art. 76 CFF), además de la actualización y los recargos. Por eso conviene regularizarse cuanto antes y por cuenta propia.
No confundas esta calculadora con la de multas por contabilidad electrónica, que estima una sanción fija por no enviar la contabilidad; aquí calculamos el costo financiero (actualización + recargos) de un impuesto pagado tarde.
Cómo reducir lo que pagas de más
Errores comunes
Cuánto crece el adeudo mes a mes (solo recargos)
Para dimensionar el costo de dejar correr la mora, esta tabla muestra los recargos acumulados sobre un impuesto de $100,000 a la tasa 2026 (2.07% mensual), sin considerar la actualización por inflación, que se sumaría aparte:
| Meses de atraso | Recargos acumulados | % del impuesto | Total a pagar |
|---|---|---|---|
| 1 mes | $2,070 | 2.07% | $102,070 |
| 3 meses | $6,210 | 6.21% | $106,210 |
| 6 meses | $12,420 | 12.42% | $112,420 |
| 12 meses | $24,840 | 24.84% | $124,840 |
| 24 meses | $49,680 | 49.68% | $149,680 |
| 60 meses (tope) | $124,200 | 124.20% | $224,200 |
En el tope de 60 meses, los recargos por mora pueden superar el monto original del impuesto: $124,200 sobre $100,000. A partir de ahí ya no crecen los recargos, pero la actualización por inflación —que en 5 años puede ser considerable— sigue inflando el adeudo. La lectura práctica es clara: el costo de no pagar se acelera y, mientras antes regularices, menos pagas.
Cuándo aplica y excepciones
Esta calculadora estima el costo de pagar tarde una contribución federal (ISR, IVA, IEPS, retenciones) bajo las tasas 2026. No calcula multas formales, gastos de ejecución, ni los recargos de adeudos garantizados con embargo, que tienen reglas adicionales. Tampoco sustituye la línea de captura del SAT: el monto oficial lo determina la autoridad con el INPC publicado y la fecha exacta de pago. Antes de pagar, genera tu línea de captura en el portal del SAT y compara.
Disclaimer
Cálculo orientativo con la tasa de recargos por mora 2026 (2.07% mensual, Art. 11 LIF 2026) y el procedimiento de los Arts. 17-A y 21 del CFF. El factor de actualización depende del INPC oficial del INEGI a la fecha real de pago, y el monto definitivo lo determina el SAT en tu línea de captura. Esta herramienta no constituye asesoría fiscal; ante adeudos relevantes, consulta a un contador o a la autoridad.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es la tasa de recargos por mora del SAT en 2026?
2.07% mensual para pago extemporáneo (mora), según el Art. 11, fracción I, de la Ley de Ingresos de la Federación 2026 (DOF 07-nov-2025) y la regla 2.1.20 de la RMF. Subió desde el 1.47% de 2025, un aumento del 40%. La tasa de prórroga (plazo autorizado) es de 1.38% mensual.
¿Los recargos se calculan sobre el impuesto original o sobre el actualizado?
Sobre el impuesto actualizado. El Art. 21 del CFF es explícito: primero se actualiza la contribución por inflación (Art. 17-A) y los recargos se aplican sobre ese monto ya actualizado, por cada mes de atraso. Calcularlos sobre el histórico subestima el adeudo.
¿Cómo se calcula el factor de actualización (Art. 17-A)?
Factor = INPC del mes anterior al más reciente ÷ INPC del mes anterior al más antiguo (el del vencimiento). El INPC lo publica el INEGI. No se consideran fracciones de mes y, si el factor resulta menor a 1, se aplica 1 (la actualización nunca reduce el adeudo).
¿Hay un tope de tiempo para los recargos?
Sí. Los recargos se causan hasta por 5 años (60 meses) según el Art. 21 del CFF. Después de ese plazo dejan de generarse recargos, pero la actualización por inflación sigue corriendo hasta que pagues, sin límite de tiempo.
¿La actualización y los recargos son lo mismo que una multa?
No. La actualización trae el impuesto a valor presente y los recargos indemnizan al fisco por el atraso; ambos se causan automáticamente. La multa es una sanción aparte (Art. 76 CFF, del 55% al 75% de la contribución omitida) que aplica cuando es el SAT quien detecta la omisión mediante requerimiento o revisión.
¿Cuánto pagaría por un impuesto de $100,000 con 6 meses de atraso?
Con factor de actualización 1.0 (inflación no relevante en el periodo), los recargos son $100,000 × 2.07% × 6 = $12,420, para un total de $112,420. Cada mes extra de atraso suma $2,070. Si hubiera inflación, primero se actualiza el impuesto y los recargos se calculan sobre el monto actualizado.
¿Cómo se cuentan los meses de atraso?
Por mes o fracción de mes: cualquier día dentro de un nuevo mes cuenta como mes completo. Un atraso de un mes y tres días genera dos meses de recargos. Por eso esta calculadora redondea los meses hacia arriba.
¿Me conviene pagar en parcialidades o de contado?
Depende. La tasa de mora (2.07%) es la más alta; si solicitas prórroga (1.38%) o parcialidades (1.42% hasta 12 meses, 1.63% de 13 a 24, 1.97% a más de 24 meses), la tasa baja, pero pagas durante más tiempo. El SAT autoriza hasta 36 meses. Compara el costo total con la calculadora antes de decidir.
¿Puedo evitar la multa si pago tarde?
Generalmente sí, si te autocorriges de forma espontánea (pagas antes de que el SAT te notifique un requerimiento o inicie facultades de comprobación). En ese caso solo pagas impuesto actualizado más recargos. Si es la autoridad la que detecta la omisión, se suma la multa del Art. 76 además de la actualización y los recargos.
¿De dónde saco el INPC para calcular la actualización?
Del INEGI, que publica el Índice Nacional de Precios al Consumidor cada mes. Necesitas el INPC del mes anterior al de pago (numerador) y el del mes anterior al vencimiento (denominador). El propio portal del SAT y su sistema de líneas de captura ya aplican el INPC vigente al generar el adeudo.
Fuentes y referencias
- Ley de Ingresos de la Federación 2026 (Art. 11 — tasas de recargos) — Cámara de Diputados
- Código Fiscal de la Federación — Arts. 17-A (actualización) y 21 (recargos) — Cámara de Diputados
- SAT — Recargos y actualización por pago extemporáneo (Art. 21 CFF)
- INEGI — Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC)
- Infobae — Recargos por mora del SAT subieron 40% en 2026 (1.47% → 2.07%)