Familia

Retiro CTS por desempleo Perú 2026: ¿cuánto podés retirar?

Calculadora Gratis · Privada
Datos actualizados: · Fuente: Ley 32322 / EY Perú / MTPE
Revisado por: (política editorial ) · Última revisión:
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La CTS (Compensación por Tiempo de Servicios) es un beneficio social que funciona como un seguro de desempleo: tu empleador deposita dinero dos veces al año (mayo y noviembre) en una cuenta a tu nombre, para que tengas un colchón cuando dejes de trabajar. Por eso, en condiciones normales, la ley protege ese fondo y limita cuánto podés sacar mientras seguís empleado. En 2026 rige una excepción importante: la Ley 32322 autorizó —por única vez y hasta el 31 de diciembre de 2026— la libre disponibilidad del 100% de la CTS. Es decir, durante este año podés retirar todo tu saldo, sin el tope de las 4 remuneraciones que aplica el régimen normal. Desde el 1 de enero de 2027, salvo nueva ley, se vuelve al esquema habitual. El régimen normal (el que aplica cuando no hay ley extraordinaria) establece que las primeras 4 remuneraciones brutas son intangibles: quedan reservadas como protección ante el desempleo y solo podés retirar el excedente sobre ese monto. Esta calculadora te dice, según el régimen que elijas, cuánto de tu CTS podés disponer hoy. Ingresá tu saldo acumulado y tu sueldo bruto mensual.

Regímenes de retiro CTS: disponible según saldo y sueldo bruto
Saldo CTS (S/)Sueldo bruto mensual (S/)Intangible normal (4 sueldos)Disponible régimen normalDisponible Ley 32322 (2026)
8.0003.00012.00008.000
15.0003.00012.0003.00015.000
20.0003.00012.0008.00020.000
30.0004.00016.00014.00030.000

Fuente: TUO de la Ley de CTS (D.S. 001-97-TR) y Ley 32322 — libre disponibilidad 100% vigente hasta el 31-dic-2026. Todos los valores en soles (S/).

Última revisión: 21 de junio de 2026 Verificado por Fuente: LP Derecho — Ley 32322: retiro del 100% de la CTS hasta diciembre de 2026, EY Perú — Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) 2026, Infobae — Retiro CTS 2026: hasta cuándo se puede sacar el 100% 100% privado

En 2026, gracias a la Ley 32322, podés retirar el 100% de tu CTS hasta el 31 de diciembre de 2026 (autorización por única vez). Si esa ley no estuviera vigente, regiría el régimen normal: la CTS es intangible y solo podés disponer del saldo que exceda 4 remuneraciones brutas; el resto queda como seguro de desempleo. Ejemplo: con un saldo de S/ 8.000 podés retirar los S/ 8.000 completos en 2026; en régimen normal, con un sueldo de S/ 3.000 (4 sueldos = S/ 12.000 intangibles) ese saldo de S/ 8.000 no tendría excedente disponible. Ingresá tu saldo de CTS y tu sueldo para el cálculo exacto.

Cuándo usar esta calculadora

  • Un trabajador con S/ 8.000 de CTS quiere saber si en 2026 puede retirar todo el saldo (sí: 100% por Ley 32322).
  • Alguien que dejó su empleo calcula cuánto puede retirar de su cuenta CTS para cubrir gastos mientras busca trabajo.
  • Un empleado en régimen normal con sueldo de S/ 3.000 verifica que sus primeras 4 remuneraciones (S/ 12.000) son intangibles.
  • Una persona compara cuánto podría retirar este año (100%) frente a lo que podría sacar desde 2027 (solo el excedente de 4 sueldos).
  • Un trabajador con S/ 15.000 de saldo y sueldo de S/ 3.000 calcula que en régimen normal solo dispone del excedente: S/ 3.000.
  • Alguien planifica un retiro parcial: quiere sacar S/ 5.000 de un saldo de S/ 8.000 y ver cuánto le queda en la cuenta.
  • Un empleado con asignación familiar suma los S/ 113 a su remuneración de referencia para calcular el tope intangible exacto.
  • Una persona evalúa si le conviene retirar su CTS en 2026 antes de que vuelva el régimen restringido en 2027.
  • Un trabajador con saldo bajo (menor a 4 sueldos) confirma que, fuera de la ley de libre disponibilidad, no tendría excedente para retirar.
  • Alguien quiere entender por qué el banco le dice que parte de su CTS está 'bloqueada' y cuánto es realmente disponible.

Ejemplo: saldo S/ 15.000, sueldo S/ 3.000, régimen normal

  1. Remuneración de referencia: S/ 3.000 (sin asignación familiar).
  2. Saldo intangible (4 remuneraciones): S/ 3.000 × 4 = S/ 12.000.
  3. Excedente disponible: S/ 15.000 − S/ 12.000 = S/ 3.000.
  4. En cambio, en 2026 con la Ley 32322 podrías retirar los S/ 15.000 completos.
Resultado: Disponible en régimen normal: S/ 3.000 (vs. S/ 15.000 con libre disponibilidad 2026)

Cómo funciona

2 min read

Cómo funciona el retiro de CTS

La CTS es un fondo de protección frente al desempleo. Cuánto podés retirar depende del régimen vigente:

Libre disponibilidad 2026 (Ley 32322):  Disponible = 100% del saldo
Régimen normal:                          Disponible = máx(0, saldo − 4 remuneraciones brutas)

Régimen 2026: libre disponibilidad 100% (Ley 32322)

La Ley 32322 autorizó, por única vez y hasta el 31 de diciembre de 2026, retirar el 100% del saldo de tu CTS. No aplica el tope de las 4 remuneraciones: podés disponer de todo lo acumulado. Es una medida extraordinaria para dar liquidez a los hogares.

Régimen normal: el saldo intangible de 4 sueldos

Fuera de las leyes extraordinarias, la CTS es intangible: las primeras 4 remuneraciones brutas quedan reservadas como seguro de desempleo y solo podés retirar el excedente sobre ese monto mientras seguís trabajando. Si te quedás sin empleo, sí podés disponer del total acumulado al momento del cese.

Saldo CTSSueldo brutoIntangible (4 sueldos)Disponible (normal)
S/ 8.000S/ 3.000S/ 12.000S/ 0
S/ 15.000S/ 3.000S/ 12.000S/ 3.000
S/ 20.000S/ 3.000S/ 12.000S/ 8.000
S/ 30.000S/ 4.000S/ 16.000S/ 14.000

Qué pasa a partir de 2027

La libre disponibilidad del 100% vence el 31 de diciembre de 2026. Desde el 1 de enero de 2027, salvo que se apruebe una nueva ley, vuelve el régimen normal con el saldo intangible de 4 remuneraciones. Por eso muchos trabajadores evalúan retirar (o no) su CTS durante 2026.

Cómo se calcula tu CTS (de dónde sale el saldo)

El depósito semestral de CTS se calcula así:

CTS = (remuneración computable / 12) × meses + (remuneración computable / 360) × días
remuneración computable = sueldo bruto + 1/6 de la última gratificación + asignación familiar

Los depósitos se hacen hasta el 15 de mayo (período noviembre–abril) y hasta el 15 de noviembre (período mayo–octubre). Para estimar el depósito semestral exacto usá la calculadora de CTS (depósito semestral). Y si querés calcular tu sueldo neto o tus gratificaciones, mirá la calculadora de sueldo neto Perú y la calculadora de gratificación.

Cuándo la CTS deja de ser intangible

  • Cese laboral: al terminar el vínculo podés retirar el total acumulado.

  • Leyes extraordinarias: como la Ley 32322, que habilita el 100% en 2026.

  • Deuda alimentaria: puede embargarse hasta el 50% del saldo por orden judicial.
  • Errores comunes

  • Creer que siempre podés sacar todo: solo en 2026 (Ley 32322); en el régimen normal hay un piso intangible.

  • Confundir 4 sueldos con 4 meses de aporte: el intangible son 4 remuneraciones brutas, no 4 depósitos.

  • Olvidar la asignación familiar: si la cobrás, sube tu remuneración de referencia y, por ende, el tope intangible.

  • Pensar que la CTS paga impuesto a la renta: la CTS está inafecta a renta de 5ta y a aportes de AFP/ONP.
  • Disclaimer

    Cálculo orientativo. La libre disponibilidad del 100% rige por la Ley 32322 hasta el 31-dic-2026; verificá la vigencia y las condiciones con tu banco y la normativa actualizada. El régimen intangible de 4 remuneraciones se basa en el TUO de la Ley de CTS (D.S. 001-97-TR). Consultá a un especialista para tu caso particular.

    Preguntas frecuentes

    ¿Cuánto de mi CTS puedo retirar en 2026?

    En 2026, por la Ley 32322, podés retirar el 100% de tu saldo de CTS hasta el 31 de diciembre de 2026 (autorización por única vez). Si tenés S/ 8.000 acumulados, podés disponer de los S/ 8.000 completos.

    ¿Qué es el saldo intangible de la CTS?

    Es la parte que no podés retirar mientras seguís trabajando, en el régimen normal: las primeras 4 remuneraciones brutas. Funciona como seguro de desempleo. Con un sueldo de S/ 3.000, el intangible es S/ 12.000; solo el excedente sobre eso es disponible.

    ¿Hasta cuándo puedo retirar el 100% de mi CTS?

    Hasta el 31 de diciembre de 2026, según la Ley 32322. Desde el 1 de enero de 2027, salvo nueva ley, vuelve el régimen normal con el saldo intangible de 4 remuneraciones.

    ¿Qué pasa con mi CTS a partir de 2027?

    Salvo que se apruebe una nueva ley, vuelve el régimen normal: solo podrás retirar el excedente sobre 4 remuneraciones brutas, y el resto quedará intangible como protección ante el desempleo.

    ¿Cómo se calcula cuánto puedo retirar en el régimen normal?

    Disponible = saldo − (4 × tu remuneración bruta). Por ejemplo, con un saldo de S/ 15.000 y un sueldo de S/ 3.000, el intangible es S/ 12.000 y el disponible es S/ 3.000. Si tu saldo no supera 4 sueldos, no hay excedente disponible.

    ¿Puedo retirar mi CTS si me quedo sin trabajo?

    Sí. Al cesar el vínculo laboral, la CTS deja de ser intangible y podés retirar el total acumulado al momento del cese, sin importar el límite de las 4 remuneraciones. Por eso se la conoce como seguro de desempleo.

    ¿La CTS paga impuestos o descuentos?

    No. La CTS está inafecta al Impuesto a la Renta de 5ta categoría y no paga aportes de AFP ni ONP. Lo que retirás de tu cuenta CTS no tiene descuentos de ley.

    ¿La asignación familiar afecta cuánto puedo retirar?

    En el régimen normal, sí. La asignación familiar (S/ 113) se suma a tu remuneración de referencia, así que sube el tope intangible (4 × remuneración). En 2026, con libre disponibilidad del 100%, no afecta porque podés retirar todo.

    ¿Pueden embargar mi CTS?

    Por regla general la CTS es intangible, pero hay una excepción: por deuda alimentaria, una orden judicial puede embargar hasta el 50% del saldo acumulado en tu cuenta CTS.

    ¿Cuándo me depositan la CTS?

    Dos veces al año: hasta el 15 de mayo (por el período noviembre–abril) y hasta el 15 de noviembre (por el período mayo–octubre). El monto sale de tu remuneración computable: sueldo bruto + 1/6 de la última gratificación + asignación familiar.

    Fuentes y referencias

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