Finanzas

Horas extras en República Dominicana 2026: ¿cuánto te corresponde cobrar?

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¿Cuánto te tienen que pagar por una hora extra en República Dominicana? El Código de Trabajo fija recargos del 35% (horas 44 a 68 por semana), 100% (más de 68 h) y 15% por trabajo nocturno, todo sobre la hora ordinaria (salario mensual ÷ 191). Cargá tu sueldo y las horas y mirá el total.

Recargos sobre la hora ordinaria (Art. 203)
Tipo de horaRecargoFactor
Ordinaria× 1,00
Extra 44 a 68 h/semana+35%× 1,35
Extra más de 68 h/semana+100%× 2,00
Nocturna (9pm–7am)+15%× 1,15
Extra nocturna 44–68 h+15% y +35%× 1,55
Feriado o día de descanso trabajado+100%× 2,00

Hora ordinaria = salario mensual ÷ 191. El recargo nocturno se acumula con el de hora extra. Tope legal: 80 horas extra por trimestre.

Última revisión: 21 de junio de 2026 Verificado por Fuente: Código de Trabajo de la República Dominicana (Ley 16-92), Art. 203, Ministerio de Trabajo — Jornada y horas extraordinarias 100% privado

En República Dominicana la hora extra se paga con recargo: +35% para las horas entre 44 y 68 por semana, +100% para las que pasan de 68, y +15% por trabajo nocturno. La hora ordinaria es el salario mensual dividido entre 191.

Cuándo usar esta calculadora

  • Saber cuánto cobrás por las horas extra de la semana o la quincena.
  • Distinguir el recargo del 35% (jornada extendida) del 100% (más de 68 horas).
  • Calcular el plus por trabajo nocturno entre las 9 de la noche y las 7 de la mañana.
  • Verificar que tu empleador te pague el recargo correcto en el recibo.
  • Estimar el costo de pedir horas extra a tu personal si tenés un negocio.
  • Controlar que no superes el tope legal de 80 horas extra por trimestre.

Ejemplo: 10 horas extra al 35%, salario RD$30.000

  1. Hora ordinaria = 30.000 ÷ 191 = RD$157,07.
  2. Recargo del 35% (horas 44 a 68) → factor 1,35.
  3. Hora con recargo = 157,07 × 1,35 = RD$212,04.
  4. Total = 212,04 × 10 horas = RD$2.120,42.
Resultado: 10 horas extra al 35% con un salario de RD$30.000 suman RD$2.120,42.

Cómo funciona

1 min read

Cómo se calcula

La hora extra en República Dominicana se paga aplicando un recargo sobre el valor de la hora ordinaria:

valor hora ordinaria = salario mensual ÷ 191
total = valor hora × (1 + recargo) × cantidad de horas

Las 191 horas mensuales corresponden a la jornada legal de 44 horas semanales prorrateada al mes (es el mismo origen del divisor 23,83 de la nómina). Reglamento 258-93.

Recargos legales (Art. 203)

  • +35% para las horas trabajadas entre la 44 y la 68 por semana. Es la jornada extraordinaria normal.

  • +100% para cada hora que exceda las 68 por semana.

  • +15% por trabajo nocturno, definido como el realizado entre las 9 de la noche y las 7 de la mañana.

  • +100% por trabajar en día feriado o en el día de descanso semanal.
  • El recargo nocturno se acumula

    Cuando una hora es a la vez extra y nocturna, los recargos se multiplican, no se suman simplemente. Primero se aplica el 15% nocturno sobre la hora ordinaria y sobre ese resultado el recargo extra:

  • Extra 44–68 h nocturna: hora × 1,15 × 1,35 = hora × 1,55.

  • Extra sobre 68 h nocturna: hora × 1,15 × 2,00 = hora × 2,30.
  • Tope de horas extra

    El Código de Trabajo limita las horas extraordinarias a 80 por trimestre. Si tu cálculo supera ese número, la calculadora te lo advierte: el exceso no debería ser una práctica habitual.

    Qué NO incluye este cálculo

    Esta calculadora resuelve el pago de las horas extra aisladas. No calcula tu salario neto del mes (que descuenta AFP, SFS e ISR), ni incorpora las horas extra a la base de la regalía pascual: la regalía se calcula solo sobre el salario ordinario, sin horas extra ni nocturnidad. Para tu liquidación completa usá la calculadora de salario neto o la de liquidación.

    Preguntas frecuentes

    ¿Cuánto se paga la hora extra en República Dominicana?

    Con recargo: +35% para las horas entre 44 y 68 por semana, +100% para las que pasan de 68, y +15% por trabajo nocturno. El recargo se aplica sobre la hora ordinaria, que es el salario mensual dividido entre 191.

    ¿Cómo se calcula el valor de la hora ordinaria?

    Se divide el salario mensual entre 191. Por ejemplo, RD$30.000 ÷ 191 = RD$157,07 por hora. Las 191 horas corresponden a la jornada legal de 44 horas semanales prorrateada al mes.

    ¿Qué es el recargo nocturno y cuándo aplica?

    Es un plus del 15% por el trabajo realizado entre las 9 de la noche y las 7 de la mañana. Si además la hora es extra, el 15% nocturno se acumula con el recargo de hora extra (se multiplican los factores).

    ¿Cuándo se paga el recargo del 100%?

    Para las horas que exceden las 68 por semana, y también para el trabajo en día feriado o en el día de descanso semanal. En esos casos cada hora se paga al doble.

    ¿Cuántas horas extra puedo hacer como máximo?

    El Código de Trabajo fija un tope de 80 horas extra por trimestre (Art. 203). El trabajo extraordinario debe ser excepcional, no una práctica permanente.

    ¿Las horas extra entran en el cálculo de la regalía pascual?

    No. La regalía pascual se calcula sobre el salario ordinario devengado en el año; las horas extra y la nocturnidad quedan fuera de su base.

    ¿Las horas extra pagan ISR y TSS?

    Sí. Las horas extra son salario y forman parte de la base de cotización de la TSS y de la retención de ISR del mes en que se pagan.

    ¿El recargo del 35% es sobre el total de la hora o solo sobre el extra?

    El factor 1,35 se aplica al valor completo de la hora ordinaria. Es decir, cobrás el 100% de la hora más un 35% adicional, lo que da 1,35 veces el valor normal.

    ¿Cómo se pagan las horas en domingo o feriado?

    El trabajo en el día de descanso semanal o en feriado declarado se paga con un recargo del 100% (al doble). Si además es nocturno, se acumula el 15%.

    Fuentes y referencias