Calculadora del Régimen Especial de Renta (RER, Perú)
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El Régimen Especial de Renta (RER) es uno de los cuatro regímenes tributarios de SUNAT para negocios que generan rentas de tercera categoría (comercio, industria y servicios). Su gran atractivo es la simplicidad: pagás una cuota fija de 1,5% sobre tus ingresos netos del mes como Impuesto a la Renta, sin tener que calcular utilidad ni presentar declaración anual. Esa cuota de renta se declara y paga mes a mes junto con el IGV (18%) a través del Formulario 621. A diferencia del Nuevo RUS, en el RER sí emitís facturas con IGV (das crédito fiscal a tus clientes) y llevás dos registros: el de compras y el de ventas. Esto lo hace ideal para una pyme que ya factura a empresas pero todavía es chica. Para acogerte o seguir en el RER tenés que cumplir los topes de SUNAT: ingresos y compras de hasta S/ 525.000 al año, un máximo de 10 trabajadores por turno y activos fijos de hasta S/ 126.000 (sin contar predios ni vehículos). Si superás cualquiera de esos límites, te toca pasar al Régimen MYPE Tributario o al General. Esta calculadora te dice cuánto pagás este mes y si tu negocio todavía entra en el RER.
| Concepto | Detalle / Límite |
|---|---|
| Tasa Impuesto a la Renta mensual | 1,5% sobre ingresos netos del mes (sin IGV) |
| Tasa IGV | 18% sobre ventas − IGV de compras (crédito fiscal) |
| Formulario de declaración y pago | Formulario 621 (declaración mensual) |
| Declaración anual de renta | No aplica — pago mensual es definitivo |
| Tope de ingresos netos anuales | Hasta S/ 525.000 |
| Tope de compras (adquisiciones) anuales | Hasta S/ 525.000 |
| Máximo de trabajadores | 10 por turno |
| Valor máximo de activos fijos | Hasta S/ 126.000 (excluye predios y vehículos) |
| Registro contable obligatorio | Registro de compras y Registro de ventas |
| Emisión de facturas con IGV | Sí (da crédito fiscal al comprador) |
Fuente: SUNAT — Régimen Especial de Renta (gob.pe/6989 y emprender.sunat.gob.pe), normativa vigente 2026
En el RER pagás 1,5% de tus ingresos netos mensuales como Impuesto a la Renta, más el IGV (18%) de tus operaciones, todo en la declaración mensual (Formulario 621). Para estar en el RER tus ingresos y compras no pueden superar S/ 525.000 al año, podés tener como máximo 10 trabajadores por turno y tus activos fijos no deben pasar de S/ 126.000 (sin contar predios ni vehículos). Ejemplo: con ventas netas de S/ 20.000 en el mes, la cuota de renta es S/ 300; si además sumás el IGV, el total a pagar sube según tu crédito fiscal por compras.
Cuándo usar esta calculadora
- Un comerciante con ventas netas de S/ 20.000 en el mes calcula que su cuota de renta del RER es S/ 300 (1,5%).
- Una pyme de servicios verifica si su facturación proyectada del año (S/ 480.000) sigue por debajo del tope de S/ 525.000 del RER.
- Un emprendedor que abre su RUC compara cuánto pagaría en el RER frente al Nuevo RUS antes de elegir régimen.
- Un dueño de bodega suma el IGV de sus compras (crédito fiscal) para saber el IGV neto a pagar además de la cuota de renta.
- Un negocio que contrató a su trabajador número 11 descubre que ya no cumple el tope de 10 trabajadores y debe cambiar de régimen.
- Una tienda con ventas de S/ 50.000 mensuales comprueba que su proyección anual (S/ 600.000) supera el tope y le corresponde el Régimen MYPE Tributario.
- Un contador estima el total a pagar en el Formulario 621 del cliente sumando renta (1,5%) más IGV del mes.
- Un freelancer que pasó de honorarios a tener una EIRL evalúa si el RER le conviene según sus ingresos mensuales.
- Un negocio estacional calcula su cuota de renta solo en los meses con ventas, ya que en el RER se paga sobre el ingreso real de cada mes.
- Una empresa nueva verifica que el valor de sus activos fijos (sin predios ni vehículos) no supere los S/ 126.000 antes de acogerse al RER.
Ejemplo: ventas netas de S/ 20.000 con IGV de compras de S/ 1.500
- Cuota de Impuesto a la Renta: 1,5% de S/ 20.000 = S/ 300.
- IGV de ventas (débito fiscal): 18% de S/ 20.000 = S/ 3.600.
- IGV neto a pagar: S/ 3.600 − S/ 1.500 de crédito fiscal = S/ 2.100.
- Total en el Formulario 621: S/ 300 + S/ 2.100 = S/ 2.400.
- Proyección anual: S/ 20.000 × 12 = S/ 240.000, por debajo del tope de S/ 525.000 → cumple el RER.
Cómo funciona
3 min readCómo se calcula lo que pagás en el RER
En el Régimen Especial de Renta pagás dos tributos cada mes, juntos en el Formulario 621:
Impuesto a la Renta = 1,5% × ingresos netos del mes
IGV a pagar = 18% × ventas − IGV de compras (crédito fiscal)
Total mensual = Impuesto a la Renta + IGVLa cuota de renta del 1,5% se calcula sobre los ingresos netos (sin IGV), no sobre la utilidad. Es un pago definitivo: en el RER no hay declaración anual ni regularización de renta.
Requisitos y topes para estar en el RER (2026)
| Requisito | Límite |
|---|---|
| Ingresos netos anuales | Hasta S/ 525.000 |
| Compras (adquisiciones) anuales | Hasta S/ 525.000 |
| Trabajadores | Máximo 10 por turno |
| Valor de activos fijos | Hasta S/ 126.000 (excluye predios y vehículos) |
Si superás cualquiera de estos límites en el transcurso del año, quedás obligado a pasar al Régimen MYPE Tributario (RMT) o al Régimen General a partir del mes siguiente.
Cuánto pagás de renta según tus ingresos
| Ingresos netos del mes | Cuota de renta (1,5%) | Proyección anual |
|---|---|---|
| S/ 5.000 | S/ 75 | S/ 60.000 |
| S/ 10.000 | S/ 150 | S/ 120.000 |
| S/ 20.000 | S/ 300 | S/ 240.000 |
| S/ 35.000 | S/ 525 | S/ 420.000 |
| S/ 43.750 | S/ 656 | S/ 525.000 (tope) |
Actividades que NO pueden estar en el RER
Aunque cumplas los topes, hay rubros excluidos del RER por norma de SUNAT:
Muchas de estas actividades (servicios profesionales por cuenta propia) corresponden a renta de cuarta categoría o al Régimen General.
RER frente a otros regímenes
Si tus márgenes son bajos, el 1,5% sobre ingresos del RER puede salir más caro que pagar sobre la utilidad en el RMT. Conviene comparar antes de elegir.
IGV y crédito fiscal
En el RER cobrás IGV (18%) en tus ventas y podés usar como crédito fiscal el IGV de tus compras. Solo pagás la diferencia. Si tus compras tienen mucho IGV, tu IGV neto a pagar baja, aunque la cuota de renta del 1,5% no cambia. Algunas operaciones también están sujetas a detracciones.
Errores comunes
Disclaimer
Cálculo orientativo según la normativa del RER vigente en 2026 (SUNAT). El IGV neto depende del crédito fiscal real de tus comprobantes y de eventuales detracciones/percepciones. Verificá tu caso en SUNAT o con un contador antes de declarar.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto se paga de Impuesto a la Renta en el RER?
El 1,5% de tus ingresos netos mensuales (sin IGV). Es un pago definitivo: por ejemplo, con ventas netas de S/ 20.000 en el mes, la cuota de renta es S/ 300. No hay declaración anual ni regularización.
¿Cuál es el tope de ingresos para estar en el RER en 2026?
Tus ingresos netos y tus compras anuales no pueden superar S/ 525.000 cada uno. Si proyectás superar ese monto durante el año, tenés que pasar al Régimen MYPE Tributario o al General.
¿Cuántos trabajadores puedo tener en el RER?
Como máximo 10 trabajadores por turno. Si contratás más, dejás de cumplir los requisitos del RER y debés cambiar de régimen el mes siguiente.
¿El IGV se paga aparte de la cuota del 1,5%?
Sí. El 1,5% es solo el Impuesto a la Renta. Además pagás el IGV (18%) de tus ventas, descontando el crédito fiscal de tus compras. Ambos se declaran juntos en el Formulario 621.
¿El RER tiene declaración anual?
No. En el RER solo presentás declaraciones mensuales (Formulario 621). No hay declaración jurada anual de renta, a diferencia del Régimen MYPE Tributario y el General.
¿Qué actividades no pueden estar en el RER?
Entre otras: construcción, transporte de carga de 2 toneladas o más y de pasajeros, espectáculos públicos, notarios y martilleros, médicos y odontólogos, abogados, contadores/auditores, asesores tributarios y venta de combustibles.
¿Cuánto valen los activos fijos máximos en el RER?
El valor de los activos fijos afectados a la actividad no puede superar S/ 126.000, sin contar predios ni vehículos. Es uno de los requisitos junto con el tope de ingresos y de trabajadores.
¿Qué pasa si supero el tope de S/ 525.000?
Quedás obligado a ingresar al Régimen MYPE Tributario o al Régimen General desde el mes en que superás el límite. En esos regímenes el impuesto se calcula sobre la utilidad, no sobre los ingresos.
¿Conviene el RER o el Nuevo RUS?
El Nuevo RUS es más simple (cuota fija) pero no permite emitir facturas con IGV y su tope es mucho menor (S/ 96.000 al año). El RER conviene si necesitás facturar con IGV a empresas y vendés más que ese límite.
¿El 1,5% se calcula sobre el monto con o sin IGV?
Sobre el ingreso neto, sin IGV. Si facturás S/ 23.600 con IGV incluido, el ingreso neto es S/ 20.000 y la cuota de renta es 1,5% de S/ 20.000 = S/ 300.