Impuestos

ISR por venta de terreno o local comercial en México 2026

Calculá el ISR por vender un terreno o local comercial en México 2026. Sin exención (no es casa habitación), con pago provisional del 5% y ISR anual por años de posesión. Resultado al instante, sin registro.

🗓️ Actualizado junio de 2026 Revisado por
Calculadora Gratis · Privada
Datos actualizados: · Fuente: SAT — Anexo 8 RMF 2026 (tarifa ISR anual) + LISR
Revisado por: (política editorial ) · Última revisión:
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Calculadora específica para México. Las leyes, escalas y valores son los vigentes en México.

Vender un terreno o local comercial como persona física genera ISR sobre la ganancia (precio de venta menos costo de adquisición y gastos notariales). A diferencia de la casa habitación, no hay exención: la ganancia es gravable desde el primer peso (LISR Arts. 120, 126, 127, 152). Al firmar la escritura, el notario calcula y entera un pago provisional del 5% de la ganancia a la entidad federativa, que es a cuenta del ISR. El ISR definitivo se determina en tu declaración anual: la ganancia se acumula dividiéndola entre los años de posesión, se aplica la tarifa anual del Art. 152 y se reescala, lo que reduce la tasa efectiva mientras más tiempo tuviste el inmueble. Esta calculadora es un estimador y no incluye la actualización por INPC del costo, que reduce la ganancia real.

Cuándo usar esta calculadora

  • Persona física que vende un terreno con plusvalía
  • Propietario de local comercial que calcula su ISR antes de escriturar
  • Vendedor que estima el pago provisional del 5% del notario
  • Inversor inmobiliario que compara ISR según años de posesión
  • Contribuyente que prepara su declaración anual por enajenación

ISR por venta de inmueble: comercial vs casa habitación 2026

Tipo de inmuebleExenciónPago provisionalISR sobre ganancia
Terreno baldíoNinguna5% ante notarioTarifa Art. 152, acumulada por años
Local comercial / oficina / bodegaNinguna5% ante notarioTarifa Art. 152, acumulada por años
Casa habitación (referencia)Hasta 700,000 UDISSolo sobre el excedenteTarifa Art. 152 sobre lo gravable

Fuente: LISR Arts. 93-XIX, 120, 127, 152. El pago provisional del 5% (Art. 127) lo entera el notario a la entidad federativa, a cuenta del ISR anual. Estimación sin INPC.

Cómo funciona

Cómo se calcula el ISR por vender un terreno o local comercial

La venta de un inmueble por una persona física es una enajenación de bienes (LISR Título IV, Capítulo IV). Como no es casa habitación, no hay exención: la ganancia paga ISR desde el primer peso.

Ganancia = Precio de venta − (Costo de adquisición + Gastos notariales)

El pago provisional del 5%

Al firmar la escritura, el notario calcula y entera un pago provisional del 5% sobre la ganancia, que se paga a la entidad federativa donde está el inmueble (Art. 127 LISR). Este 5% no es el impuesto final: es un anticipo que acreditás contra el ISR de tu declaración anual.

El ISR anual

El ISR definitivo se determina así (Art. 120 LISR):

1. La ganancia se divide entre los años de posesión (ganancia acumulable).
2. A esa porción anual se le aplica la tarifa del Art. 152 (la misma tabla anual del ISR).
3. El resultado se multiplica por los años para reconstruir el ISR total.

Este mecanismo evita que una ganancia acumulada en muchos años te dispare a la tasa máxima: mientras más años tuviste el inmueble, menor la tasa efectiva.

Ejemplo práctico

  • Vendés un local en $3,000,000, lo compraste en $1,200,000, con $80,000 de gastos notariales, lo tuviste 10 años.

  • Costo = 1,200,000 + 80,000 = $1,280,000.

  • Ganancia = 3,000,000 − 1,280,000 = $1,720,000.

  • Pago provisional 5% = $86,000 (lo entera el notario).

  • ISR anual estimado (ganancia ÷ 10, tarifa, × 10) ≈ $154,719; tasa efectiva ≈ 9%.
  • Limitaciones

    Es un estimador. No incluye la actualización por INPC del costo de adquisición ni de las inversiones en construcciones (que reduce la ganancia real), ni la deducción de la depreciación de construcciones. El ISR definitivo depende de tu declaración anual; para operaciones grandes, consultá a un contador o al notario.

    Si en cambio vendés tu casa habitación, sí hay una exención importante (hasta 700,000 UDIS). Y si vendés un auto usado, el cálculo es distinto y tiene exención de 3 UMA: usá la calculadora de ISR por venta de auto usado.

    Ejemplo: local comercial vendido tras 10 años

    Costo: $1,200,000 + $80,000 de gastos notariales = $1,280,000.
    Ganancia: $3,000,000 − $1,280,000 = $1,720,000 (sin exención por ser comercial).
    Pago provisional 5%: $1,720,000 × 5% = $86,000, que el notario entera a la entidad federativa.
    ISR anual estimado: acumulando la ganancia entre 10 años y aplicando la tarifa del Art. 152 → ≈ $154,719 (tasa efectiva ≈ 9%).
    Ganancia $1,720,000; pago provisional 5% = $86,000; ISR anual estimado ≈ $154,719 (efectiva ≈ 9%). El 5% se acredita contra el ISR anual.
    Disclaimer: Los resultados son orientativos y no constituyen asesoramiento tributario. Antes de tomar decisiones con impacto, consultá con un contador público matriculado o asesor fiscal.

    Preguntas frecuentes

    ¿Pago ISR al vender un terreno en México?
    Sí, sobre la ganancia (precio de venta menos costo de adquisición y gastos). A diferencia de la casa habitación, el terreno o local comercial no tiene exención: la ganancia es gravable desde el primer peso.
    ¿Qué es el pago provisional del 5%?
    Es un anticipo del ISR que el notario calcula sobre la ganancia y entera a la entidad federativa al escriturar (Art. 127 LISR). No es el impuesto final: lo acreditás en tu declaración anual.
    ¿Por qué no hay exención como en la casa habitación?
    Porque la exención del Art. 93-XIX-a aplica solo a la casa habitación del contribuyente. Terrenos baldíos, locales comerciales, oficinas y bodegas no califican, así que su ganancia es 100% gravable.
    ¿Cómo afectan los años de posesión al ISR?
    La ganancia se divide entre los años que tuviste el inmueble, se aplica la tarifa a esa porción y se reescala (Art. 120). Mientras más años, menor la tasa efectiva, porque se evita el salto a tasas altas.
    ¿Qué gastos puedo restar de la ganancia?
    El costo de adquisición (lo que pagaste), los gastos notariales y de escrituración de la compra, el ISAI/traslado de dominio, y las inversiones en construcciones. La ley además permite actualizarlos por INPC.
    ¿Esta calculadora aplica la actualización por INPC?
    No. Es una estimación conservadora que no actualiza el costo por inflación. Como el INPC aumenta el costo deducible, tu ganancia real y tu ISR suelen ser menores a lo que muestra el estimador.
    ¿El 5% provisional puede ser mayor que mi ISR anual?
    Sí, especialmente si tuviste el inmueble muchos años (baja tasa efectiva). En ese caso te queda saldo a favor que recuperás en la declaración anual.
    ¿Quién retiene y paga el ISR de la operación?
    El notario es responsable de calcular, retener y enterar el pago provisional al escriturar. El ISR definitivo lo declarás vos como vendedor en tu declaración anual, acreditando lo ya pagado.

    Metodología y confianza

    Editorial

    Calculadora de impuestos revisada por el equipo editorial de Hacé Cuentas, contrastada con LISR Art. 126 y 127 (enajenación de inmuebles, pago provisional) — Cámara de Diputados, según nuestra política editorial y metodología.

    Actualización

    Última revisión: 29 de junio de 2026. Los parámetros se verifican periódicamente con las fuentes citadas.

    Privacidad

    Los cálculos corren 100% en tu navegador. No guardamos ni transmitimos tus datos.

    Limitaciones

    Resultados orientativos. Para decisiones críticas, consultá con un profesional.

    📌 Cómo citar esta calculadora

    Rodríguez, M. (2026). ISR por venta de terreno o local comercial en México 2026. Hacé Cuentas. https://hacecuentas.com/calculadora-isr-venta-terreno-inmueble-comercial-mexico

    Contenido bajo licencia CC-BY 4.0 — reutilizable citando la fuente con enlace a Hacé Cuentas.

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