laboral

Finiquito vs liquidación 2026: cuánto cobras según cómo termines

Comparador 2026: cuánto cobrás de finiquito si renunciás vs de liquidación si te despiden injustificadamente en México. Calcula aguinaldo proporcional, indemnización de 3 meses, 20 días por año y prima de antigüedad (LFT). Sin registro.

🗓️ Actualizado junio de 2026 Revisado por
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Calculadora específica para México. Las leyes, escalas y valores son los vigentes en México.

No es lo mismo renunciar que ser despedido de forma injustificada: lo que cobrás cambia muchísimo. El finiquito sólo te paga las partes proporcionales devengadas (aguinaldo proporcional, vacaciones pendientes y su prima vacacional). La liquidación incluye todo eso más la indemnización por despido injustificado: 3 meses de salario (Art. 48 LFT), 20 días de salario por año trabajado (Art. 50-II) y la prima de antigüedad de 12 días por año, con el salario base topado a 2 salarios mínimos (Arts. 162 y 486).

Este comparador te muestra ambos escenarios lado a lado para que veas la diferencia exacta según tu salario diario y tu antigüedad.

Cuándo usar esta calculadora

  • Saber cuánto cobrás si renunciás vs si te despiden injustificadamente
  • Estimar tu liquidación antes de negociar una salida con la empresa
  • Verificar si la propuesta de la empresa incluye todos los conceptos de ley
  • Calcular el costo de un despido injustificado para el patrón
  • Entender el impacto de la antigüedad y la prima de antigüedad en el monto

Finiquito vs liquidación según salario diario (5 años de antigüedad, sin vacaciones pendientes)

Salario diarioFiniquito (renuncia)Liquidación (despido injustificado)Diferencia
$300$4.500$79.500$75.000
$500$7.500$132.500$125.000
$800$12.000$201.805$189.805
$1.200$18.000$283.805$265.805

Supuestos: 5 años de antigüedad, año completo trabajado, 0 días de vacaciones pendientes. Prima de antigüedad con salario base topado a 2 salarios mínimos ($630,08/día). Montos brutos, antes de ISR. Fuente: LFT Arts. 48, 50, 80, 87, 162, 486.

Cómo funciona

Finiquito vs liquidación: qué incluye cada uno

La Ley Federal del Trabajo (LFT) distingue claramente entre lo que te pagan al renunciar (finiquito) y lo que te corresponde si te despiden sin causa justificada (liquidación).

Finiquito (renuncia o terminación sin despido injustificado)

Sólo cubre lo que ya devengaste hasta el último día:

  • Aguinaldo proporcional — 15 días al año × la fracción del año trabajada (Art. 87 LFT).

  • Vacaciones pendientes — los días no gozados, pagados a salario diario (Art. 76).

  • Prima vacacional — 25% sobre esos días de vacaciones (Art. 80).
  • Finiquito = aguinaldo prop. + vacaciones pendientes + prima vacacional (25%)

    Liquidación (despido injustificado)

    Incluye todo el finiquito y además la indemnización por despido injustificado:

  • 3 meses de salario (indemnización constitucional, Art. 48 LFT) ≈ 90 días.

  • 20 días de salario por cada año trabajado (Art. 50-II).

  • Prima de antigüedad — 12 días por año, con el salario base topado a 2 salarios mínimos ($315,04 × 2 = $630,08/día en 2026) (Arts. 162 y 486).
  • Liquidación = Finiquito + 3 meses + (20 días × años) + prima de antigüedad
    Prima antigüedad = mín(salario diario, 2 × salario mínimo) × 12 × años

    Ejemplo

    Salario diario $500, 5 años de antigüedad, 10 días de vacaciones pendientes, año completo trabajado:

  • Aguinaldo prop. = $500 × 15 × (365/365) = $7.500

  • Vacaciones pendientes = $500 × 10 = $5.000

  • Prima vacacional = $500 × 10 × 25% = $1.250

  • Finiquito = $13.750

  • Indemnización 3 meses = $500 × 90 = $45.000

  • 20 días/año = $500 × 20 × 5 = $50.000

  • Prima de antigüedad = mín($500, $630,08) × 12 × 5 = $500 × 60 = $30.000

  • Liquidación = $138.750

  • Diferencia = $125.000
  • Notas importantes

  • El salario diario integrado (que suma proporción de aguinaldo, prima vacacional, etc.) suele usarse para la indemnización; acá usamos el salario diario que ingresás como aproximación.

  • La prima de antigüedad tiene su salario base topado a 2 salarios mínimos: si ganás más de $630,08/día, ese concepto se calcula sobre $630,08.

  • En una renuncia no te corresponden los 3 meses, los 20 días por año ni (salvo 15+ años de antigüedad o causas específicas) la prima de antigüedad.
  • Para el detalle del costo de un despido del lado del patrón, mirá la calculadora de costo de despido y liquidación para el patrón. Si querés el ISR sobre tu finiquito o liquidación, usá la calculadora de ISR de finiquito y liquidación México 2026. Y para el salario diario integrado, la calculadora de factor de integración salarial IMSS.

    Ejemplo: salario diario $500, 5 años, 10 días de vacaciones pendientes

    Finiquito (renuncia): aguinaldo prop. $500×15 = $7.500 + vacaciones $500×10 = $5.000 + prima vacacional 25% = $1.250 → $13.750.
    Conceptos extra de la liquidación: indemnización 3 meses $500×90 = $45.000 + 20 días/año $500×20×5 = $50.000 + prima de antigüedad mín($500;$630,08)×12×5 = $30.000.
    Liquidación = $13.750 + $45.000 + $50.000 + $30.000 = $138.750. Diferencia = $138.750 − $13.750 = $125.000.
    Finiquito $13.750 si renunciás vs liquidación $138.750 si te despiden injustificadamente: una diferencia de $125.000 (montos brutos, antes de ISR).

    Preguntas frecuentes

    ¿Cuál es la diferencia entre finiquito y liquidación?
    El finiquito es lo que cobrás cuando renunciás o terminás sin despido injustificado: sólo las partes proporcionales devengadas (aguinaldo proporcional, vacaciones pendientes y prima vacacional). La liquidación aplica cuando te despiden sin causa justificada e incluye todo el finiquito más 3 meses de indemnización, 20 días por año y la prima de antigüedad.
    Si renuncio, ¿me corresponden los 3 meses de indemnización?
    No. Los 3 meses de salario (Art. 48 LFT) y los 20 días por año (Art. 50) son indemnizaciones por despido injustificado. Si vos renunciás voluntariamente, sólo te corresponde el finiquito (las partes proporcionales). Por eso conviene entender bien la diferencia antes de firmar una renuncia.
    ¿Qué incluye exactamente el finiquito?
    El aguinaldo proporcional (15 días al año por la fracción trabajada, Art. 87), las vacaciones pendientes no gozadas (Art. 76) y la prima vacacional del 25% sobre esos días (Art. 80). Si te deben salarios o comisiones devengadas, también se suman. No incluye indemnizaciones por despido.
    ¿Cómo se calcula la prima de antigüedad?
    Son 12 días de salario por cada año trabajado (Art. 162 LFT), pero el salario base está topado a 2 salarios mínimos ($315,04 × 2 = $630,08/día en 2026, Art. 486). Si ganás más, ese concepto se calcula sobre el tope. En finiquito sólo aplica con 15+ años de antigüedad o causas específicas; en despido injustificado siempre.
    ¿El salario que uso es el diario o el mensual?
    El comparador trabaja con salario diario. Si cobrás mensual, dividí entre 30 para obtener el diario. Idealmente debería usarse el salario diario integrado (que suma la proporción de aguinaldo y prima vacacional), que es algo mayor; podés calcularlo aparte y usar ese valor para un resultado más preciso.
    ¿Por qué la diferencia entre finiquito y liquidación crece tanto con los años?
    Porque los conceptos de la liquidación que dependen de la antigüedad (20 días por año y prima de antigüedad de 12 días por año) se acumulan año tras año. Los 3 meses de indemnización son fijos, pero los otros dos crecen linealmente con tu antigüedad, así que cuanta más antigüedad, mayor es la brecha frente al finiquito.
    ¿La liquidación paga ISR?
    Sí, pero con exenciones: la LISR exenta 90 UMA por año de servicio (Art. 93-XIII) sobre los conceptos de separación. El aguinaldo proporcional tiene su propia exención (30 UMA). Este comparador calcula los montos brutos; para el impuesto, usá una calculadora de ISR de finiquito/liquidación específica.
    ¿Qué pasa si el despido sí estaba justificado?
    Si el patrón acredita una causa justificada (Art. 47 LFT), no procede la indemnización por despido injustificado: cobrás sólo el finiquito (partes proporcionales) y, si aplica, la prima de antigüedad. La carga de probar la causa justa recae en el patrón.
    ¿Puedo negociar un monto distinto al de ley?
    Sí. Los montos de ley son el mínimo; muchas salidas se negocian (por ejemplo, para evitar un juicio). Conocer tu liquidación de ley te da el piso desde el cual negociar. Si la propuesta de la empresa está muy por debajo de lo que arroja este comparador, conviene asesorarte.

    Datos completos y verificables

    Tabla de referencia oficial, citable y actualizada (CC-BY): 📊 Salario mínimo México 2026.

    Metodología y confianza

    Editorial

    Calculadora de laboral revisada por el equipo editorial de Hacé Cuentas, contrastada con Ley Federal del Trabajo — Art. 48 (indemnización 3 meses), según nuestra política editorial y metodología.

    Actualización

    Última revisión: 29 de junio de 2026. Los parámetros se verifican periódicamente con las fuentes citadas.

    Privacidad

    Los cálculos corren 100% en tu navegador. No guardamos ni transmitimos tus datos.

    Limitaciones

    Resultados orientativos. Para decisiones críticas, consultá con un profesional.

    📌 Cómo citar esta calculadora

    Rodríguez, M. (2026). Finiquito vs liquidación 2026: cuánto cobras según cómo termines. Hacé Cuentas. https://hacecuentas.com/calculadora-finiquito-vs-liquidacion-comparador-mexico

    Contenido bajo licencia CC-BY 4.0 — reutilizable citando la fuente con enlace a Hacé Cuentas.

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