Sueldo Empleados de Comercio 2026 (CCT 130/75)🇦🇷
Actualizado junio de 2026Si trabajás en un local, supermercado, farmacia, concesionaria, distribuidora o cualquier establecimiento comercial de Argentina, tu salario se rige por el Convenio Colectivo de Trabajo 130/75, negociado entre la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS) y las cámaras empleadoras CAC, CAME y UDECA. Este convenio es uno de los más masivos del país: abarca a más de un millón doscientos mil trabajadores en todo el territorio nacional. Entender tu recibo de sueldo no es tarea sencilla. El básico de convenio varía según tu categoría —que se determina por la función que efectivamente desempeñás y no por el título del cargo que figure en tu contrato—, al que se le suman el adicional por antigüedad (1% del básico por cada año cumplido en la empresa), el presentismo, las asignaciones familiares que gestiona ANSES según la Ley 24.714, y otros conceptos como horas extras, feriados y el sueldo anual complementario (SAC), regulado por la Ley de Contrato de Trabajo 20.744. Las paritarias del sector Comercio se negocian periódicamente —en 2026 se acordó un incremento escalonado del 5% entre abril y junio, con sumas fijas no remunerativas adicionales— y los valores de los básicos se actualizan mediante acuerdos homologados por el Ministerio de Capital Humano. Esto significa que el básico de convenio de enero puede ser diferente al de abril o agosto del mismo año, lo que genera confusión a la hora de verificar si lo que te están pagando es correcto. Esta calculadora te permite ingresar tu antigüedad en la empresa para obtener una estimación rápida de tu remuneración bruta de referencia conforme al CCT 130/75, junto con los descuentos de aportes personales y el SAC mensualizado. Así podés comparar con tu recibo actual, prepararte para una negociación salarial, o simplemente sacarte la duda sin tener que buscar las tablas salariales del gremio Mercantil en documentos oficiales dispersos. Nota importante: el básico que usa esta herramienta es de referencia orientativa. Las paritarias 2026 ya acordaron básicos superiores para todas las categorías (desde ~$1.195.000 para Maestranza A hasta ~$1.262.000 para Vendedor D en mayo 2026). Para verificar el valor exacto vigente de tu categoría específica, consultá las escalas oficiales publicadas por FAECYS.
Cuándo usar esta calculadora
- Cajero con 3 años de antigüedad verificando su recibo — Lucía trabaja como cajera en un supermercado de Rosario y quiere saber si su básico es correcto. Ingresa 3 años de antigüedad y la calculadora le muestra el básico de referencia más el 3% de antigüedad, el neto estimado después de aportes, y el SAC mensualizado. Compara con su recibo y detecta que le liquidan menos del adicional por antigüedad que corresponde.
- Vendedor con 10 años preparando pedido de recategorización — Martín lleva una década en una concesionaria de autos en Córdoba. Al ingresar 10 años de antigüedad, obtiene el básico de referencia con el 10% de antigüedad incorporado. Compara el neto estimado con lo que cobra y verifica si la diferencia justifica iniciar un reclamo de recategorización ante su delegado gremial de FAECYS.
- Empleadora de pyme estimando costo laboral — Una empresa familiar de distribución en Mendoza va a incorporar a su primera empleada administrativa. La dueña usa la calculadora con 0 años de antigüedad para estimar el costo laboral mínimo de referencia antes de publicar el aviso de búsqueda y presupuestar entre básico, aportes patronales y obra social OSECAC.
- Liquidador de sueldos chequeando SAC de diciembre — Paula trabaja en RRHH de una cadena de ropa y necesita verificar rápidamente si el SAC de diciembre de un empleado con 2 años de antigüedad está bien calculado. La calculadora le muestra el SAC mensualizado (básico+antigüedad ÷ 12), que es la doceava parte del bruto mensual de referencia conforme a la LCT Art. 122.
Cajero con 3 años de antigüedad
- Categoría: Cajero — Antigüedad: 3 años
- Básico de referencia: $950.000
- Adicional antigüedad: $950.000 × 1% × 3 = $28.500
- Bruto total: $950.000 + $28.500 = $978.500
- Jubilación SIPA (11%): − $107.635
- Obra social (3%): − $29.355
- PAMI (3%): − $29.355
- Ganancias: $0 (bruto < $1.800.000)
- Neto estimado: $812.155
- SAC mensualizado: $978.500 ÷ 12 = $81.542
Cómo funciona
2 min de lecturaCómo se calcula el sueldo según CCT 130/75
El convenio establece un básico de categoría al que se le suman adicionales remunerativos. Esta calculadora aplica la estructura del CCT 130/75 con un básico de referencia y el adicional por antigüedad:
Paso 1 — Básico de referencia
El básico de convenio se fija por paritaria y varía por categoría. Esta herramienta usa un básico de referencia orientativo; para el valor exacto de tu categoría consultá las escalas vigentes de FAECYS. En el acuerdo de mayo 2026, los básicos reales oscilan entre $1.196.262 (Maestranza A) y $1.262.890 (Vendedor D).
Paso 2 — Adicional por antigüedad
Cada año cumplido en la misma empresa suma 1% del básico de convenio:
Adicional antigüedad = Básico × 0,01 × Años de antigüedadEjemplo: con básico $950.000 y 5 años → $950.000 × 0,05 = $47.500 adicionales.
Paso 3 — Sueldo bruto
Bruto = Básico + Adicional por antigüedadPaso 4 — Descuentos (aportes personales)
| Concepto | Porcentaje | Base |
|---|---|---|
| Jubilación SIPA | 11% | Bruto |
| Obra social (OSECAC) | 3% | Bruto |
| PAMI | 3% | Bruto |
| Ganancias 4a cat. (simplificada) | 5% del excedente | Solo si bruto > $1.800.000 |
Nota: el cálculo de Ganancias aquí es simplificado. El impuesto real se calcula sobre ingresos acumulados del año y puede variar significativamente según deducciones personales. Para una liquidación exacta, usá una calculadora de Ganancias 4a categoría dedicada.
Paso 5 — Neto y SAC
Neto = Bruto − Jubilación − Obra social − PAMI − Ganancias
SAC mensualizado = Bruto ÷ 12El SAC (aguinaldo) se paga en dos cuotas semestrales (antes del 30/6 y del 31/12), equivalente cada una al 50% del mayor bruto mensual del semestre (LCT Art. 122).
Conceptos NO incluidos en esta calculadora
Aviso importante
Este cálculo es orientativo. Los básicos reales de 2026 superan el valor de referencia usado aquí — verificá siempre contra las escalas oficiales de FAECYS. Para liquidaciones con consecuencias legales, consultá con un contador público o abogado laboral.
Preguntas frecuentes
¿Qué es el CCT 130/75 y a quiénes alcanza exactamente?
El Convenio Colectivo de Trabajo 130/75 regula las condiciones de trabajo y los salarios de más de 1,2 millones de empleados de comercio en Argentina. Fue celebrado entre FAECYS (Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios) y las cámaras empresariales CAC, CAME y UDECA, y es homologado por el Ministerio de Capital Humano. Alcanza a trabajadores en negocios de venta al público, supermercados, farmacias, concesionarias, distribuidoras, agencias de viaje, inmobiliarias y cualquier actividad comercial. No aplica a trabajadores industriales (UOM), gastronómicos (CCT 389/04) ni a la administración pública.
¿Cómo funciona el adicional por antigüedad en el CCT 130/75?
El adicional por antigüedad equivale al 1% del sueldo básico de convenio vigente por cada año de servicio cumplido en la misma empresa. Se calcula sobre el básico de categoría del mes de pago, lo que significa que cada paritaria que sube el básico también aumenta automáticamente el monto del adicional por antigüedad. Por ejemplo, con básico de $1.200.000 y 8 años de antigüedad, el adicional es $96.000 (8%). Este concepto integra la base de cálculo del SAC, vacaciones e indemnizaciones.
¿Cuáles son los descuentos del sueldo bruto de un Empleado de Comercio?
Del sueldo bruto se retienen los aportes personales obligatorios: 11% al SIPA (jubilación ANSES), 3% a la obra social OSECAC, 3% al PAMI, y 2% de cuota sindical FAECYS para afiliados. Si el salario acumulado supera el mínimo no imponible de Ganancias 4a categoría (Ley 27.743 de Alivio Fiscal), también corresponde retención del impuesto. En muchos casos, los empleados de comercio no alcanzan el MNI y no pagan Ganancias. El resultado de restar todos estos descuentos al bruto da el sueldo neto o de bolsillo.
¿Cuánto son los básicos reales del CCT 130/75 en mayo 2026?
Según las escalas vigentes acordadas en la paritaria de marzo 2026, los básicos de mayo 2026 oscilan entre $1.196.262 para Maestranza A y $1.262.890 para Vendedor D. Algunos valores de referencia: Administrativo A $1.210.613, Cajero A $1.214.566, Vendedor A $1.214.566, Vendedor B $1.237.530. Estos valores incluyen la segunda cuota del incremento escalonado del 5% y la incorporación de las sumas fijas al básico remunerativo. Para junio 2026 se aplica la tercera cuota (+1,5% adicional). Siempre verificá con las escalas oficiales de FAECYS o la seccional de tu zona.
¿Cómo funcionan las paritarias del sector Comercio en 2026?
En marzo de 2026, FAECYS y las cámaras CAC, CAME y UDECA firmaron un acuerdo con vigencia hasta marzo de 2031. El acuerdo estableció un incremento del 5% sobre los básicos de marzo 2026, aplicado en tres cuotas: 2% en abril, 1,5% en mayo y 1,5% en junio. También incluyeron sumas fijas no remunerativas de $120.000 mensuales para el trimestre y una contribución extraordinaria de $28.000 a OSECAC. Las partes acordaron reunirse en junio 2026 para revisar los valores según la evolución de los indicadores económicos.
¿Qué es el presentismo y cómo se cobra en el CCT 130/75?
El presentismo es un adicional remunerativo de hasta el 8,33% del básico de convenio que se paga al empleado que durante el mes no registra ausencias injustificadas ni llegadas tarde fuera de los límites del convenio. Una sola falta injustificada hace perder el adicional completo. Las ausencias justificadas —por enfermedad con certificado, licencias por maternidad, paternidad, duelo u otras contempladas en la LCT y el CCT— no hacen perder el presentismo. Este adicional integra la base de cálculo del SAC y las vacaciones.
¿Las asignaciones familiares van en el recibo de sueldo?
No. Desde la implementación del sistema SUAF (Sistema Único de Asignaciones Familiares), ANSES paga directamente al trabajador las asignaciones —por hijo, por hijo con discapacidad, por cónyuge, por escolaridad— mediante transferencia bancaria. No figuran en el recibo emitido por el empleador, sino como acreditación separada de ANSES. Para acceder, el trabajador debe mantener actualizada su información en Mi ANSES con los datos del empleador, hijos y grupo familiar. El monto varía según zona geográfica e ingresos del grupo familiar (Ley 24.714).
¿Cómo se calcula el SAC (aguinaldo) en Empleados de Comercio?
El SAC se rige por la Ley de Contrato de Trabajo 20.744 (Arts. 121-123). Se paga en dos cuotas semestrales: la primera antes del 30 de junio y la segunda antes del 31 de diciembre. Cada cuota equivale al 50% de la mayor remuneración mensual, normal y habitual percibida durante el semestre. Esa remuneración incluye básico, antigüedad y presentismo, pero no horas extras ocasionales ni viáticos no remunerativos. Si el trabajador no completó el semestre —por ingreso tardío o egreso— tiene derecho al SAC proporcional. La calculadora muestra el SAC mensualizado (bruto ÷ 12) como referencia del cargo mensual que representa el aguinaldo.
¿Qué pasa si mi empleador me paga menos que el básico del CCT 130/75?
Es una violación del convenio colectivo homologado, lo que es ilegal. Las opciones de reclamo son: presentarse ante el delegado gremial de la empresa o ante la seccional local de FAECYS; denunciar ante el Ministerio de Trabajo de la provincia o la Secretaría de Trabajo de la Nación; o consultar a un abogado laboral para iniciar un reclamo judicial por diferencias salariales. Los créditos laborales prescriben a los dos años (LCT Art. 256), por lo que conviene actuar sin demora. Conservar los recibos de sueldo firmados es esencial, ya que constituyen la prueba de lo cobrado versus lo que correspondía.
¿Cómo se calcula la indemnización por despido sin causa de un empleado de comercio?
La indemnización por despido sin causa se rige por el artículo 245 de la LCT: un mes de la mejor remuneración mensual, normal y habitual por cada año de antigüedad o fracción mayor a tres meses, con un tope de tres veces el promedio de los salarios del CCT 130/75. Además del pago principal, corresponde integración del mes de despido, indemnización sustitutiva de preaviso (uno o dos meses según la antigüedad) y SAC proporcional. Si el empleador no depositó correctamente las cargas sociales durante la relación laboral, pueden aplicarse multas adicionales conforme a la Ley 24.013.
¿Los empleados de comercio tienen obra social obligatoria? ¿Cuál es?
Sí. Los empleados de comercio del CCT 130/75 tienen cobertura obligatoria en OSECAC (Obra Social de Empleados de Comercio y Actividades Civiles). El aporte proviene tanto del trabajador (3% del bruto) como del empleador, y cubre al titular y grupo familiar. El trabajador puede cambiar de obra social a través del sistema de Opción de Cambio regulado por la Ley 23.660 y la Superintendencia de Servicios de Salud, cumpliendo plazos y condiciones. La cuota de OSECAC aparece discriminada en el recibo de sueldo como descuento obligatorio.
¿Cuál es la diferencia entre el básico de convenio y el salario mínimo vital y móvil?
Son dos pisos salariales distintos y siempre corresponde aplicar el más alto. El SMVM lo fija el Consejo Nacional del Empleo como piso para todos los trabajadores del país. Los básicos del CCT 130/75 son específicos por categoría y, en la práctica, superan al SMVM en todos los escalafones. Si en algún período el básico de una categoría quedara por debajo del SMVM —algo inusual pero posible en momentos de rezago paritario— el empleador está obligado a pagar al menos el SMVM. En 2026, los básicos del CCT 130/75 superan ampliamente al SMVM general.
Fuentes y referencias
- FAECYS — Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (escalas oficiales CCT 130/75)
- FAECYS — Acuerdo Paritario CCT 130/75 Abril–Junio 2026
- Ministerio de Capital Humano — Homologación convenios colectivos
- ANSES — Sistema Único de Asignaciones Familiares (SUAF)
- ARCA (ex AFIP) — Ganancias 4a categoría empleados en relación de dependencia
Metodología y confianza
Contenido revisado por el equipo editorial de Hacé Cuentas, con apego a nuestra política editorial y metodología de cálculo.
Última revisión: 03 de junio de 2026. Los parámetros fiscales, legales y datos se verifican periódicamente con las fuentes citadas.
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